Centro de Información Ambiental de Montana contra el Departamento de Calidad Ambiental de Montana

Energía Centrales eléctricas de carbón y gas.

En Montana Environmental, Bull Mountain Development Company propuso construir una central eléctrica alimentada con carbón cerca de un área de Clase I, que incluía parques, áreas silvestres y una reserva india. Identificación. en 512. El Departamento de Calidad Ambiental de Montana (MDEQ) y el administrador de tierras federal (FLM), que es directamente responsable de administrar un área de Clase I, determinaron que la planta a carbón propuesta impactaría negativamente la visibilidad de un área de Clase I. .

El estatuto de Montana que implementa la CAA permite a una compañía eléctrica demostrar que las emisiones de la fuente propuesta no tendrían ningún impacto adverso en la calidad del aire del área de Clase I. Identificación. en 512. Si el FLM está de acuerdo con la demostración, el MDEQ puede emitir un permiso, siempre que se cumplan los requisitos aplicables. Identificación. En este caso, la compañía eléctrica realizó su propio análisis y afirmó que en la mayoría de los días la planta impactaría negativamente el área Clase I cuando las condiciones climáticas como lluvia, nieve o niebla afectarían naturalmente la visibilidad. Id. en 513. Por lo tanto, no importaría si las emisiones afectaran la visibilidad porque la visibilidad ya estaría afectada por las condiciones naturales. Identificación.

El FLM estuvo de acuerdo y retiró su determinación de que la central eléctrica alimentada por carbón afectaría negativamente el área Clase I. Identificación. El MDEQ cedió a la opinión de FLM y otorgó el permiso. Identificación. El Centro de Información Ambiental de Montana (MEIC) presentó una demanda, alegando que el MDEQ “se remitió indebidamente a la opinión [del FLM] con respecto a los impactos de visibilidad en lugar de llegar a su propia evaluación independiente sobre si el proyecto propuesto resultaría en impactos de visibilidad. " Identificación. en 514. El tribunal estuvo de acuerdo. Identificación. Aunque la opinión del FLM tiene peso en la determinación general de si se debe otorgar un permiso, las propias regulaciones del MDEQ le exigen realizar una investigación independiente en lugar de simplemente ceder ante las conclusiones del FLM. Identificación. en 514-515. Por lo tanto, el permiso no podría otorgarse a menos que se determinara que las emisiones del proyecto propuesto no afectarían negativamente el área Clase I. Identificación. en 515.