India — Residentes afectados por el humo contra Corporación Municipal WP 1762/1999 (10.04.2002) (Contaminación vehicular: Eliminación gradual de todos los vehículos que no sean GNC/GLP)

Foro de residentes afectados por el humo

v.

Corporación Municipal del Gran Mumbai y otros

Petición de Auto No. 1762 de 1999

04-10-2002 dd.

CK Thakker, CJ. Y S. RADHAKRISHNAN, J.

Juicio:

1. En todas las Notificaciones de Moción anteriores, excepto la Notificación de Moción No.128 de 2002 y la Petición de Auto No.838 de 2002, la impugnación básica es la orden dictada por este Tribunal el 17 de octubre de 2001 en la Petición de Auto No.1762 de 1999 en la que existe una directiva que establece que a partir del 1 de marzo de 2002 todos los taxis mayores de 15 años serán eliminados progresivamente a menos que se conviertan para funcionar con GNC/GLP para esa fecha. En dicha orden también se dispone que todos los taxis del modelo Premier 137-D también quedarán eliminados para esta fecha, es decir, el 1 de marzo de 2002, a menos que se conviertan para funcionar con GNC/GLP.

2. La Notificación de la Moción No. 128 de 2002 presentada en nombre de Maharashtra Rickshaw Chalak Sena impugna la orden antes mencionada del 17 de octubre de 2001 con respecto a las instrucciones de que a partir del 1 de marzo de 2002 todos los vehículos de tres ruedas mayores de 10 años se eliminarán gradualmente a menos que se conviertan a funcionar con GNC/GLP para esa fecha. Una impugnación similar se plantea con respecto a los vehículos de tres ruedas en la Petición de Auto No. 832 de 2002.

3. Hemos escuchado detalladamente a los letrados de todas las partes afectadas, así como a los peticionarios y otras ONG que los apoyan, al letrado del Gobierno y también a los abogados de y en nombre de varias compañías petroleras con respecto a las instrucciones antes mencionadas emitidas el día 17. octubre de 2001, por este Tribunal.

4. Un breve antecedente del asunto es que este Tribunal, mediante orden de fecha 15 de diciembre de 1999 en la Petición de Auto No. 1762 de 1999 antes mencionada, después de registrar el hecho de la alta contaminación vehicular causada en la ciudad de Mumbai, había emitido ciertas instrucciones por a modo de medidas reparadoras en la citada orden. Mediante dicha orden, este Tribunal también había nombrado un Comité integrado por el entonces Comisionado de Transporte, Sr. VMLal, representante de la Junta de Control de la Contaminación de Maharashtra, representante del Grupo de Acción Ambiental de Bombay, Dr. PSPasricha, ex Comisionado Conjunto de la Policía (Mumbai), representante del Ministerio de Medio Ambiente y Bosques del Gobierno de la India, no inferior al rango de secretario adjunto y representante de CLEAN AIR, Sra. Khajotia. Dicho Comité recibió instrucciones de examinar y recomendar medidas para reducir la contaminación vehicular en el Gran Mumbai y, como tal, se formularon varias cuestiones remitidas a dicho Comité. Dicho Comité, después de una serie de sesiones y audiencias, finalmente preparó un informe en abril de 2000. En lo que respecta a las presentes Notificaciones de Moción y a la Petición de Auto No. 832 de 2000 antes mencionada, las cuestiones relevantes que fueron remitidas a dicho Comité son los siguientes:

“(b) Uso de combustibles alternativos como GN/gasolina reformulada, tc. Medidas administrativas y regulatorias que serían necesarias para instalar bombas adicionales para dispensar GNC.

(c) Conveniencia y viabilidad de convertir los autobuses/taxis existentes a GNC.

(f) Conveniencia y viabilidad de la eliminación gradual de vehículos (automóviles privados, camiones, autobuses, taxis, rickshaws y vehículos de dos ruedas) que superen un determinado límite de edad”.
5. Este Tribunal, mediante orden de 17 de octubre de 2001, después de una extensa audiencia de todas las partes sobre las tres cuestiones antes mencionadas y después de considerar el informe de dicho Comité Lal presentado en abril de 2000, dio las instrucciones anteriores que son impugnadas por estas Notificaciones de Movimiento. Como se señaló anteriormente, existen tres desafíos, a saber.

(a) eliminación gradual de todos los taxis de más de 15 años a menos que se conviertan a GNC/GLP antes del 1 de marzo de 2002,

(b) Se ordenó que todos los taxis del modelo Premier 137 D fueran eliminados gradualmente antes del 1 de marzo de 2002, a menos que se conviertan para funcionar con GNC/GLP y

(c) todos los vehículos descritos como “vehículos de tres ruedas” que tengan más de 10 años también fueron ordenados para ser eliminados gradualmente a menos que se conviertan para funcionar con GNC/GLP antes del 1 de marzo de 2002. Sr. Cama, el letrado abogado que aparece en nombre 46 de 2002, al principio sostuvo que, en lo que respecta a los taxis que tienen más de 15 años, afirmó que casi todos los taxis ya han sido convertidos a GNC o de otro modo han sido convertidos a GNC. ya había sido desechado, por lo que el desafío no subsistió. Su principal argumento se refería a la eliminación gradual de los taxis modelo Premier 137-D mediante la orden antes mencionada antes del 1 de marzo de 2002, que según el Sr. Cama era totalmente irrazonable y dura. Suplicó que en lo que respecta a los taxis del modelo Premier 137-D que tienen más de 8 años, se les debe dar tiempo hasta el 31 de diciembre de 2002 para convertirlos en combustible más limpio y en lo que respecta a los taxis que tienen menos de 8 años. en dicha categoría de 137-D, no hay ninguna necesidad de convertirlos a GNC y se les debería permitir circular sujetos a las normas de contaminación establecidas por las autoridades de transporte. Según el Sr. Cama, hay alrededor de 14717 taxis modelo Premier 137-D circulando en la ciudad de Mumbai y se fabricaron inicialmente en el año 1989 y la fabricación continuó hasta 1999. También se ha referido a un cuadro adjunto a la declaración jurada en apoyo de dicha Notificación de Moción indicaba varios taxis modelo 137-D que fueron suministrados durante los años 1989 a 1999. El Sr. Cama sostuvo que si todos esos taxis fueran eliminados por completo, un gran número de familias quedarían arruinadas. También afirmó que convertir dichos taxis diésel a GNC/GLP sería muy costoso ya que primero hay que convertirlos en un motor de gasolina y luego convertirlos en un motor de GNC. También afirmó que bastantes propietarios han pedido dinero prestado a bancos nacionalizados y que no podrían reembolsarlo si dichos taxis fueran totalmente desguazados según la orden anterior. El argumento principal del Sr. Camas es que la orden anterior fue totalmente irrazonable, injusta y dura ya que no existe tal restricción con respecto a los taxis de gasolina que tienen menos de 8 años, mientras que con respecto a los taxis modelo 137-D, sí tienen ha sido totalmente eliminado y desechado a menos que se convierta a un combustible más limpio. El Sr. Cama también sostuvo que esas instrucciones son contrarias a las disposiciones de la Ley de vehículos de motor y las normas formuladas en virtud de la misma.

6. El Sr. Chaudhary, que comparece en nombre de la Asociación de Propietarios de Taxis en el Aviso de Moción No.51 de 2002, también adoptó los mismos argumentos del Sr. Cama y destacó que un gran número de propietarios de taxis provienen de un sector muy pobre de la sociedad. y si se implementara la dura orden antes mencionada, perderían su medio de vida. También sostuvo que bajo el concepto mejorado de libertad personal bajo el artículo 21 de la Constitución de la India incluso se incluye el derecho a los medios de vida y que dichos propietarios de taxis perderían su derecho a los medios de vida si se implementara la dura orden. El Sr. Chaudhary también sostuvo que no podría haber una eliminación gradual de los taxis 137-D que tienen menos de 8 años de antigüedad, y también que, en lo que respecta a dicha clase de taxis de más de 8 años, se debería dar un período de tiempo. para que los propietarios lo conviertan en combustible más limpio.

7. El Sr. Hegde, que compareció en nombre de otra asociación de propietarios de taxis, también adoptó los mismos argumentos.

8. El Sr. LHPatil que aparece en la Notificación de la Moción No. 33 de 2002 también adoptó los argumentos anteriores del Sr. Cama, el Sr. Hegde y sostuvo que la orden anterior perjudicaría gravemente el derecho al sustento de un gran número de taxistas, propietarios y sus familias. También sostuvo que la eliminación total de la Premier 137-D era una orden totalmente dura y que este Tribunal debería permitir que dicha clase de taxis de menos de 8 años circulen sin convertirlos a GNC/GLP, pero los taxis que tienen más de 8 años Se debería permitir que los combustibles de varios años de antigüedad se conviertan en combustible más limpio en un plazo determinado.

9. El Sr. Aspi Chinoy, el letrado abogado que apoyó dicha orden del 17 de octubre de 2001, afirmó que este Tribunal, después de una audiencia detallada de todas las partes y después de considerar dicho informe del “Comité Lal” de abril de 2000, aprobó la orden. el 17 de octubre de 2001 y que este Tribunal no debe revisar la misma por cuanto la referida orden no adolece de error palpable alguno. También señaló que en Mumbai el nivel de contaminación vehicular es tan alto que en la mayoría de las áreas el nivel de contaminación excede casi cuatro o cinco veces los límites de seguridad prescritos. También nos informó que debido a la alta contaminación antes mencionada, casi 40% de los habitantes de Mumbai padecen una serie de enfermedades respiratorias, incluidas asma y bronquitis, incluidos 70% de conductores de taxis y auto-rikshaw. También enfatizó que los niños son los más vulnerables y se refirió a un informe de la encuesta realizada por el Dr. Kamat en el que se encontró que la mayoría de los niños en Mumbai tenían un retraso en el crecimiento de los pulmones debido al alto nivel de contaminación, en comparación con los niños. de Madrás. También se refirió a varias directivas emitidas por el Tribunal Supremo al abordar el mismo problema en la Región de la Capital Nacional de Nueva Delhi y, a la luz del mandato constitucional de los artículos 21, 47 y 48A, enfatizó que ya es hora de que el se ponga fin a la grave degradación ecológica o al menos se reduzca. Finalmente, también afirmó que se puede proporcionar cierta asistencia financiera y que también se puede pedir al gobierno estatal que renuncie al impuesto sobre las ventas y reduzca la tasa de interés del préstamo que se otorgará a los propietarios de taxis y vehículos de tres ruedas para permitirles comprar un nuevo. vehículo.

10. El Sr. Rustomji, que comparece en nombre del BEAG, también reiteró y sostuvo que la orden dictada el 17 de octubre de 2001 por este Tribunal fue después de audiencias exhaustivas y, como tal, este Tribunal no debería interferir con la misma y que no hay No hay error de patente por interferencia. Señaló también que en lo que respecta a la primera orden de 15 de diciembre de 1999 por la que este Tribunal designó el citado Comité Lal, dicha orden fue confirmada por el Tribunal Supremo. También nos hizo saber que de la declaración jurada presentada en nombre del Ministerio de Petróleo se desprende que hay suficiente disponibilidad de GNC y lo que se requiere es sólo una asignación adecuada. En ese contexto, se refirió a las instrucciones del Tribunal Supremo sobre una situación similar en Nueva Delhi, en la que el Tribunal Supremo ha observado lo siguiente en su orden de fecha 18 de octubre de 2001 en el caso MC.Mehta contra la Unión de la India y otros. bajo:” Según la declaración jurada presentada por la Unión de la India e Indraprastha Gas Limited, se desprende que no hay escasez de GNC per se. La dificultad parece estar en la manera de asignar suficiente gas para satisfacer las necesidades de transporte de Delhi de forma prioritaria. Corresponde al Gobierno del NCT de Delhi y al Gobierno de la Unión sentarse juntos y resolver la dificultad para que las órdenes de este Tribunal se implementen en letra y espíritu. El esfuerzo de los dos gobiernos debería ser velar por que las órdenes de este Tribunal, que han sido dictadas en interés de la salud pública, se implementen y no descarrilar esas órdenes inventando nuevos bogies y cuellos de botella en nombre de la demanda y la oferta de GNC. .”

11. Sin embargo, el Sr. Rustomji declaró que, en lo que respecta a los taxis Premier 137-D que tienen menos de 8 años, consideraba que se les podía dar cierto tiempo para permitirles convertirse pero no circular hasta entonces. También afirmó que en lo que respecta a los vehículos de tres ruedas que tengan más de 10 años, a aquellos que ya hayan solicitado la conversión hasta el 31 de marzo de 2002 se les puede permitir convertirlos en un período determinado. De lo contrario, sostuvo, este Tribunal no debería interferir con la orden dictada por este Tribunal el 17 de octubre de 2001.

12. El Sr. Sawant, el experto defensor del gobierno que compareció en nombre del estado de Maharashtra, afirmó que el gobierno del estado ha puesto a disposición un plan de asistencia financiera para permitir a las personas afectadas comprar nuevos taxis y rickshaws según lo establecido en la declaración jurada de fecha 27 de marzo de 2002 presentada. por el Subsecretario del Gobierno de Maharashtra, Departamento del Interior (Transporte), que dice lo siguiente:

“…….los incentivos financieros que el Gobierno del Estado pone a disposición de los taxis y autorickshaws:

(i) El impuesto sobre las ventas se redujo de 13% a 14% en los kits de GNC.

(ii) En el marco del Plan de capital inicial, que es un plan disponible para desempleados con estudios, según figura en la Resolución del Gobierno del Departamento de Industrias, Energía y Trabajo con el número EPP2001/CR/7742/Industrias 18, de 25 de enero de 2002, los beneficios se puesto a disposición de los taxis y auto rickshaws para su conversión a GNC/GLP o la compra de vehículos nuevos.
Según dicho plan, el Gobierno del Estado aportaría 15% del monto, por lo que el beneficiario tendría que pagar intereses de 10%, que serían pagaderos después de 6 meses de la sanción. El resto del monto el beneficiario obtendría del aprobado el interés determinado por dichos bancos. Para hacer uso de dicho préstamo del banco, el beneficiario tendría que pagar 10% del monto”.

13. Habiendo considerado todos los hechos y circunstancias y después de considerarlos profundamente, no encontramos que haya nada injusto, injusto y severo en hacer la clasificación con respecto a los taxis modelo Premier 137-D y eliminarlos progresivamente por completo. . En ese contexto, sería relevante señalar que el Comité mencionado por este Tribunal conocido como “Comité Lal” en su informe en el párrafo 5.24 ha mencionado muy categóricamente “Dado que el motor diesel 137-D instalado en los taxis durante los últimos 7 años es Estos taxis son de muy mala calidad y también hay que reformarlos”. Este Tribunal también en su orden del 17 de octubre de 2001, después de un análisis detallado, ha ordenado específicamente que todos los taxis del modelo Premier 137-D también se eliminarán gradualmente antes del 1 de marzo de 2002, a menos que se conviertan para funcionar con GNC/GLP. La razón principal es que el modelo 137-D antes mencionado parece emitir un nivel muy alto de humo y contaminantes y, de hecho, más tarde incluso el estado de Maharashtra prohibió instalar el modelo 137D en los taxis. En vista de las elevadas emisiones de humo y contaminantes procedentes de dicho motor, el citado comité de expertos había recomendado categóricamente su eliminación progresiva. Este Tribunal, después de una audiencia detallada con todas las partes, estuvo de acuerdo y ordenó que esos taxis 137-D deberían eliminarse gradualmente antes del 1 de marzo de 2002 o convertirse a GNC/GLP. Por lo tanto, no encontramos nada irrazonable, duro o erróneo en el orden anterior. La única cuestión es que hay un gran número de taxis con motores 137 D que pueden tener menos de ocho años y, por lo tanto, se solicitó que se les conceda un breve período para permitirles convertirse en un combustible más limpio.

14. En cuanto a la afirmación del letrado Sr. Cama, Sr. Mehta y Sr. Patil de que los vehículos en cuestión cumplen con los requisitos de control de la contaminación prescritos según las disposiciones de la Ley de Vehículos Motorizados y las normas enmarcadas en ella como tales, la Se debe permitir que los vehículos circulen y no eliminarse gradualmente y que las instrucciones de este Tribunal no pueden anular las disposiciones de la Ley de Vehículos Motorizados y las reglas enmarcadas en ella, sería relevante tener en cuenta las siguientes observaciones de la Honorable Corte Suprema en MC Mehta Vs. Unión de la India y Ors. en Petición escrita (civil) No.13029 de 1985 "En nombre de los operadores de transporte con permiso de transporte por etapas, el Sr. KK Venugopal, abogado principal, presentó que todos sus autobuses existentes cumplen con las normas de emisiones para vehículos diésel según lo prescrito en la Ley de vehículos motorizados. Ley y, por tanto, no se les puede negar su derecho a circular en sus autobuses incluso si no se ajustan a las instrucciones dictadas por este Tribunal el 28 de julio de 1998 ya que no fueron oídos antes de fijar el horario el 28 de julio de 1998 (como no fueron partes en la petición de escrito). En otras palabras, lo que se pretende impugnar en nombre de estos operadores es la exactitud de la orden dictada el 28 de julio de 1998 en esta etapa tardía. No es posible aceptar que durante todos estos años estos operadores privados “desconocieran” las instrucciones emitidas por este Tribunal el 28 de julio de 1998. No nos impresiona el argumento del Sr. Venugopal.

Las instrucciones emitidas por nosotros no se encontraban en ningún litigio contradictorio. Además nuestra orden era, y fue concedida por el señor Venugopal, una orden in rem y no una orden in personam.

Todos los operadores privados que operan sus autobuses en Delhi están sujetos a estas órdenes, que se dictaron para salvaguardar la salud de los ciudadanos, son una faceta del Artículo 21 y se publicitaron de vez en cuando tanto en los medios electrónicos como impresos. . Aparte de eso, el Comité Bhure Lal se había creado en virtud de la Ley de Protección del Medio Ambiente y este Tribunal ordenó que el Comité pudiera dar instrucciones para la implementación efectiva de las salvaguardias de la Ley de Protección del Medio Ambiente, más particularmente en asuntos destinados a prevenir la contaminación del aire. .

Las instrucciones emitidas por el Comité Bhure Lal tienen, por lo tanto, sanciones legales y, cuando son aceptadas e incorporadas por este Tribunal, pasan a formar parte de su orden, vinculantes para todas las partes.

Además, las instrucciones dadas para salvaguardar la salud del pueblo, un derecho previsto y protegido por el artículo 21 de la Constitución, anularían las disposiciones de todas las leyes, incluida la Ley de vehículos motorizados, si van en contra del mandato constitucional del artículo 21. Sin embargo, debemos , me apresuro a agregar que las normas fijadas en la Ley de vehículos de motor son adicionales y no derogan los requisitos de la Ley de protección del medio ambiente.

Si los propietarios de los autobuses Stage Carriage decidieron ignorar las instrucciones emitidas por este Tribunal el 28 de julio de 1998, lo hicieron bajo su propia responsabilidad. Deseamos volver a enfatizar que aquellos operadores de autobuses privados que hayan optado por no cumplir con las órdenes del Tribunal y no hayan tomado ninguna medida para la conversión de los vehículos al modo GNC no tienen derecho a ninguna indulgencia por parte de este Tribunal. Deben agradecer la situación en la que se encuentran”.

15. Al igual que el Comité Bhure Lal ante el Tribunal Supremo, el Comité Lal ante este Tribunal ha hecho las recomendaciones necesarias. Como sostuvo el Tribunal Supremo en el caso mencionado, también en este caso se han dado instrucciones para salvaguardar la salud de la gente de la ciudad de Mumbai, un derecho previsto y protegido por el artículo 21 de la Constitución de la India, instrucciones que pueden incluso anular las disposiciones de la Ley de vehículos de motor, si van en contra del mandato constitucional previsto en el artículo 21. Cabe señalar también que las normas prescritas en la Ley de vehículos de motor son adicionales y no derogan la Ley de protección del medio ambiente. Por lo tanto, varias instrucciones emitidas por este Tribunal de vez en cuando con respecto a la eliminación gradual y/o conversión a GNC/GLP están claramente protegidas por el Artículo 21 de la Constitución de la India, y no pueden ser criticadas como lo sostiene el letrado.

16. En lo que respecta a la primera cuestión relativa a la eliminación gradual de todos los taxis con motores de gasolina de más de 15 años de antigüedad, a menos que se conviertan a GNC/GLP antes del 1 de marzo de 2002, no subsiste y la orden anterior de fecha 17 de octubre de 2001 permanecerá vigente.

17. Tampoco encontramos ningún fundamento en la impugnación de que sólo se han señalado y discriminado los taxis modelo 137-D. Como se señaló anteriormente, los taxis modelo 137-D mencionados forman una clase separada y tienen motores altamente contaminantes, dicha distinción tiene un nexo con el objetivo de prevenir daños graves al medio ambiente. Incluso el argumento de que tal eliminación gradual sería dura e irrazonable no puede sostenerse, ya que se ha hecho lo mismo para proteger el valioso medio ambiente y más aún el Estado de Maharashtra ya ha formulado un plan de asistencia financiera según una declaración jurada de fecha 27 de marzo. 2002. En vista de lo anterior, ni siquiera la impugnación prevista en el artículo 21 de la Constitución de la India, relativa al derecho a ganarse el sustento, sobreviviría.

18. Tampoco podemos perder de vista el conocido principio conocido como “Principio de Precaución” en materia de contaminación ambiental, ya que de no adoptarlo en el momento adecuado pondrá en peligro muy gravemente la salud de toda la población de la ciudad de Mumbai, por lo que , las instrucciones anteriores para la eliminación gradual y/o la conversión a combustible más limpio se volvieron absolutamente necesarias.

19. En este contexto, las siguientes observaciones de la Honorable Corte Suprema en su auto en MC Mehta Vs. Unión de la India y Ors. con fecha de
5 de abril de 2002, en un asunto similar de contaminación vehicular en Nueva Delhi sería muy relevante: -

“Los artículos 39(e), 47 y 48A, por sí solos y colectivamente, imponen al Estado el deber de garantizar la salud de las personas, mejorar la salud pública y proteger y mejorar el medio ambiente. Fue debido a la falta de esfuerzo por parte de los organismos encargados de hacer cumplir la ley, a pesar de que existen leyes adecuadas, que este Tribunal se ha preocupado por el estado de la contaminación del aire en la capital de este país. La falta de preocupación o esfuerzo por parte de diversos organismos gubernamentales había provocado un aumento vertiginoso de los niveles de contaminación. La calidad del aire empeoraba constantemente y la administración no tomaba medidas efectivas al respecto”.

“Uno de los principios que subyacen al derecho ambiental es el del desarrollo sustentable. Este principio exige que se produzca un desarrollo que sea ecológicamente sostenible. Las dos características esenciales del desarrollo sostenible son el principio de precaución y el principio de que quien contamina paga.

El “principio de precaución” fue aclarado así por este Tribunal en Vellore Citizens Welfare Forum vs. Unión de la India y otros, (1996) 5 SCC 647, entre otras cosas, como sigue: “El gobierno estatal y las autoridades estatutarias deben anticipar, prevenir y atacar las causas de necesidad conforme a los principios constitucionales, así como a la ley de deberes estatutarios primordiales. al Gobierno en virtud de la EPA. La “política automotriz” debe, por lo tanto, centrarse en medidas para “…anticipar, prevenir y atacar…” la causa de la degradación ambiental en este campo”.

“En ausencia de información adecuada, inclínese a favor de la protección del medio ambiente rechazando en lugar de permitiendo actividades que puedan ser perjudiciales. Adoptar el “principio de precaución” y garantizar así que, a menos que se demuestre que una actividad es ambientalmente benigna en términos reales y prácticos, se presumirá que es ambientalmente dañina. Hacer recomendaciones informadas que equilibren las necesidades de transporte con la necesidad de proteger el medio ambiente y revertir la degradación a gran escala que se ha producido a lo largo de los años, dando prioridad al medio ambiente sobre las cuestiones económicas”.

“Las normas sobre emisiones y sobre el combustible existen desde hace dos décadas, y el estado del medio ambiente es deprimente a pesar de la existencia de estas normas. Las normas de emisión estipuladas por el Gobierno no han logrado controlar la contaminación del aire, que ha aumentado a niveles peligrosos en todo el país.

Por lo tanto, recomendar que el papel del Gobierno se limite a especificar normas es una clara abdicación del deber constitucional y estatutario que recae sobre el Gobierno de proteger y preservar el medio ambiente, y va en contra del “principio de precaución”.

“El aumento de las enfermedades respiratorias, especialmente entre los niños, debería ser normalmente motivo de preocupación para cualquier gobierno responsable. El principio de precaución consagrado en el concepto de desarrollo sostenible habría esperado que el gobierno y las autoridades sanitarias tomaran las medidas adecuadas y detuvieran la contaminación del aire. Sin embargo, los niños no se agitan ni realizan manifestaciones y, por lo tanto, su sonido no se escucha y la única preocupación del Gobierno ahora parece ser proteger la salud financiera de los contaminadores, incluidas las compañías petroleras que, según los actuales estándares internacionales deseables, producen Gasolina y diésel de baja calidad a costa de la salud pública”.

“Las estadísticas muestran que la continua contaminación del aire está teniendo un efecto más devastador en la gente que el causado por la tragedia del gas de Bhopal. En ese caso, la nación, incluida la Unión de la India, se agitó con razón y buscó acciones y compensación por parte de la empresa multinacional, a quien se consideraba responsable de lo mismo. Aquí, en el caso del GNC, la situación está en el otro pie porque el gobierno no está facilitando medidas para un aire y agua limpios, incluido el suministro de GNC u otro combustible limpio y no adulterado. La gente sufre enfermedades respiratorias y de otro tipo debido a la falta de preocupación por parte de las autoridades gubernamentales. La tragedia del gas de Bhopal fue un acontecimiento único que, esperemos, no se repita, pero aquí, sin la suficiente preocupación o acción por parte de la Unión de la India, cada año se están produciendo tragedias mucho mayores en forma de degradación de la salud pública. día."

En estas circunstancias, es deber de este Tribunal ordenar que se tomen las medidas necesarias para limpiar el aire de modo que las generaciones futuras no sufran problemas de salud”.

20. Teniendo en cuenta todos los hechos y circunstancias del caso antes mencionados, ordenamos que todos los
Los taxis modelo 137-D Premier se eliminarán gradualmente, pero los propietarios podrán tener tiempo para convertir sus taxis modelo 137-D Premier, hasta el 31 de mayo de 2002.

En consecuencia, ordenamos que ningún taxi Premier modelo 137-D circule en la ciudad de Mumbai, a menos que se convierta en un combustible más limpio, GNC/GLP, y en el caso de que se descubra que iban a circular en la ciudad de Mumbai, serán serán confiscados inmediatamente y su registro será cancelado inmediatamente.

21. En lo que respecta a la tercera cuestión, los vehículos de tres ruedas que tienen más de 10 años, parece que unos 4.000 vehículos de tres ruedas ya se han convertido a GNC y otros 3.000 ya se han registrado para su conversión. Dejamos claro que todos los propietarios de vehículos de tres ruedas de más de 10 años que deseen convertirse a GNC/GLP deberán registrarse ante las Autoridades de Transporte para la conversión a combustible más limpio de GNC/GLP a más tardar el 30 de abril de 2002 en su defecto. que dichos vehículos de tres ruedas de más de 10 años serán desguazados y eliminados gradualmente y no se les permitirá circular en la ciudad de Mumbai. Todos aquellos vehículos de tres ruedas que ya hayan solicitado la conversión o aquellos que solicitarán la conversión a GNC/GLP el 30 de abril de 2002 o antes podrán viajar hasta el 30 de junio de 2002, momento en el cual deberán convertir sus vehículos en GNC/GLP. Si no logran la conversión antes de esa fecha, no circularán los vehículos por las carreteras de la ciudad de Mumbai después del 30 de junio de 2002 hasta que se conviertan y el límite exterior para dicha conversión es hasta el 31 de agosto de 2002. puede ingresar a la ciudad más allá de Sion y Mahim, solo con el fin de convertirlo en GNC/GLP y no con fines comerciales de transporte de pasajeros o mercancías. Todos los Avisos de Moción anteriores en la Petición de Auto No. 1762 de 1999 y la Petición de Auto No. 832 de 2002 quedan resueltos en los términos anteriores.

22. A petición del letrado abogado de la Asociación de Propietarios de Taxis, se permitirá circular a los taxis modelo 137-D Premier hasta el 30 de abril de 2002, pero no posteriormente. También se deja claro que no habrá más prórrogas en este sentido.

23. Las autoridades regionales de transporte aceptarán la declaración jurada del propietario del taxi con respecto a la compra del motor de gasolina antes de conceder el permiso de conversión.

24. El Comisionado de Transporte deberá presentar un informe de cumplimiento y progreso con respecto a la orden anterior a más tardar el 12 de junio de 2002. La Petición de Auto No. 1762 de 1999 se aplaza hasta el 12 de junio de 2002.

25. Asistente Personal para expedir copia ordinaria de la orden a las partes. Las partes actuarán sobre copia ordinaria de la orden debidamente autenticada por el Asociado de este Tribunal.

26. Se agiliza la expedición de copia certificada.