MC Mehta contra Unión de la India, WP 4677/1985 (08.07.1996) (Caso de uso de la tierra de Delhi: industrias peligrosas)

MC Mehta

contra

Unión de la India y otros

Petición de Auto (Civil) No. 4677 de 1985

(Kuldip Singh, Faizanuddin JJ)

08.07.1996

ORDEN

1.El Plan Maestro para Delhi de 1962 (MPD-62) fue preparado y aplicado en virtud de la Ley de Desarrollo de Delhi de 1957 (la Ley). En ese momento se comprendió que la solución a los problemas inminentes de la Capital Nacional sólo podía encontrarse en el contexto regional y, como tal, el MPD-62 recomendó que se estableciera una Junta de Planificación de la Región de la Capital Nacional estatutaria para garantizar un equilibrio y desarrollo armonizado de la región. La Ley de la Junta de Planificación de la Región de la Capital Nacional de 1985 (Ley de la Región Capital) entró en vigor el 11 de febrero de 1985. El Plan de la Región de la Capital Nacional – 2001 (el Plan Regional) se publicó como documento estatutario. En palabras del entonces presidente de la Junta de Planificación de la Región de la Capital Nacional, el propósito que se buscaba lograr con el Plan Regional era el siguiente:
“Los dos objetivos importantes que debe lograr el Plan Regional son una región equilibrada y armoniosamente desarrollada, que conduzca a la dispersión de las actividades económicas y de los inmigrantes a Delhi, lo que conducirá a una Delhi manejable. Esto se logrará mediante la desconcentración progresiva de la población y las actividades económicas en la Región y su dispersión judicial a varias ciudades prioritarias identificadas en el plan. El plan es un marco de políticas relacionadas con la distribución de la población, el sistema de asentamiento, el transporte y las comunicaciones, la infraestructura física y social, el uso regional de la tierra, el medio ambiente y el desarrollo ecológico, la estructura de gestión para la implementación del plan y las áreas contra-imán para el desarrollo. El objetivo del plan es Delhi, cuyo extraordinario crecimiento ha ejercido una gran presión sobre sus servicios esenciales e instalaciones cívicas. Se espera que una implementación vigorosa de las políticas contenidas en el plan ayude a mantener la calidad de vida de nuestra Capital Nacional”.
La Región de la Capital Nacional constituida en virtud de la Ley de la Región de la Capital incluye el territorio de la unión de Delhi y partes de los estados de Haryana, Rajasthan y Uttar Pradesh. En el marco del Plan Regional, se han identificado tres zonas de políticas. Aparte del territorio de la unión, Delhi (Delhi), las “ciudades circulares”, a saber, Faridabad, Ballabgarh, Gurgaon, Bahadurgarh y Ghaziabad, pasaron a ser conocidas como Área Metropolitana de Delhi (DMA), con Delhi como núcleo. Delhi y DMA se identifican como dos zonas distintas. El área más allá de la DMA hasta el límite de la Región de la Capital Nacional (NCR), que es predominantemente rural, se destaca como la tercera zona claramente diferente de las otras dos. Sería útil citar la parte pertinente del párrafo 2.1 del Plan Regional:
“El principal objetivo del Plan Regional es contener el tamaño de la población de Delhi dentro de límites manejables al menos para el cambio de siglo. Como estrategia, después de evaluar varios escenarios alternativos de desarrollo, se ha comprendido y reconocido que, para evitar la explosión demográfica de Delhi, es necesario moderar el crecimiento en las áreas circundantes... Los estudios preliminares concluyeron claramente que las actividades económicas Las empresas con potencial para empleo a gran escala deben necesariamente estar ubicadas fuera de la DMA, preferiblemente a una distancia que desaliente la interacción diaria con Delhi. Así, sobre la base de estos criterios, las zonas que resultaron claramente diferenciadas son Delhi UT, la DMA excluyendo Delhi UT y el área más allá de DMA dentro de NCR, para la aplicación efectiva de las políticas y la implementación de propuestas con miras a lograr un nivel manejable. Delhi y una Región armoniosamente desarrollada”.
Delhi está registrando un fuerte crecimiento demográfico desde 1951. A medida que la ciudad crece, sus problemas de tierra, vivienda, transporte y gestión de infraestructura esencial como el suministro de agua y alcantarillado se han agudizado. Delhi es una de las ciudades más pobladas del mundo. La calidad del aire ambiente es tan peligrosa que las enfermedades pulmonares y respiratorias van en aumento. La ciudad se ha convertido en un vasto e inmanejable conglomerado de colonias comerciales, industriales, de reasentamiento no autorizado y de viviendas no planificadas. Hay total falta de espacios abiertos y zonas verdes. Delhi, una vez hermosa ciudad, ahora presenta un panorama caótico. La única manera de aliviar a la capital de la enorme carga y presión adicional es desconcentrar la población, las industrias y las actividades económicas en la ciudad y reubicarlas en varias ciudades prioritarias de la NCR.

2. El Plan Maestro para la perspectiva de Delhi 2001 (el Plan Maestro), aprobado por el Gobierno Central en virtud del artículo 11A(21) de la Ley, se publicó en la Gaceta de la India el 1 de agosto de 1990. La cuestión a considerar que tenemos ante nosotros ¿La pregunta es si las industrias peligrosas/nocivas/pesadas/grandes que operan en Delhi corren el riesgo de ser trasladadas/reubicadas a otras ciudades de la NCR?

3. La parte relevante del Plan Maestro es la siguiente: -
“Industrias Peligrosas y Nocivas.
Consulte el Anexo III H(a).
(a) No se permiten unidades industriales peligrosas y nocivas en Delhi.
b) Las unidades industriales existentes de este tipo serán trasladadas prioritariamente en un plazo máximo de tres años. El informe del proyecto para efectuar el traslado será elaborado por las unidades interesadas y presentado a la autoridad en el plazo máximo de un año.
(C) ………….
(d) La administración de Delhi deberá tomar medidas para preparar una lista de unidades industriales nocivas y peligrosas individuales que se trasladarán y, dependiendo de la contaminación/peligro, la administración podrá obligar a estas unidades industriales a trasladarse dentro de un período máximo prescrito de tres años.
Industrias Pesadas y Grandes.
Consulte el Anexo III H(b)
(a) No se permitirán nuevas unidades industriales grandes y pesadas en Delhi.
(b) Las unidades industriales pesadas y de gran escala existentes se trasladarán al área metropolitana de Delhi y a la región de la capital nacional teniendo en cuenta el plan de la región de la capital nacional y la política industrial nacional del gobierno. de la India…………..
(C)…………
d) Se permitirá la modernización de unidades industriales pesadas y de gran escala con sujeción a las siguientes condiciones:
(i) Reducirá la contaminación y la congestión del tráfico.
(ii) Cuando se solicite a la unidad un cambio de acuerdo con las políticas del plan, no se pagará ninguna compensación por los activos obtenidos debido a la modernización”.
4. Por tanto, es obvio que, según las disposiciones obligatorias del Plan Maestro, las unidades industriales peligrosas y nocivas (industrias H(a)) no pueden operar en Delhi. En lo que respecta a las industrias H(a) existentes, debían trasladarse en un plazo máximo prescrito de tres años. El Plan Maestro entró en vigor en agosto de 1990; las industrias H(a) deberían haberse trasladado a finales de 1993. Es lamentable que las autoridades interesadas no hayan tomado ninguna medida a este respecto. Se requirió que las industrias prepararan y presentaran los informes del proyecto para efectuar el cambio. Esto debía hacerse dentro del año siguiente a la entrada en vigor del Plan Maestro. Ninguna de las industrias H(a) presentó los informes de proyecto requeridos dentro del plazo legal de un año. No dudamos en sostener que las industrias H(a) están operando en Delhi ilegalmente y en total violación de las disposiciones obligatorias del Plan Maestro. La administración de Delhi tenía la obligación legal de preparar una lista de industrias H(a). No se elaboró ninguna lista de ese tipo en el plazo legal de tres años. Sólo bajo las instrucciones de este Tribunal se prepararon las listas necesarias.

5. No hay duda de que las industrias H(a) han estado operando ilegalmente en Delhi durante los últimos tres años. Deben dejar de operar en Delhi y trasladarse a algún otro polígono industrial de la NCR. Además, opinamos que los funcionarios interesados de la Administración de Delhi son igualmente responsables del continuo funcionamiento ilegal de las industrias H(a) en la ciudad de Delhi. El Secretario Jefe de la Administración de Delhi llevará a cabo una investigación y determinará la responsabilidad de los funcionarios/funcionarios que hayan sido totalmente negligentes en el desempeño de las funciones estatutarias que se les han confiado en virtud del Plan Maestro.

6. El Plan Maestro establece que “no se permitirán nuevas unidades industriales grandes y pesadas en Delhi”. Las industrias pesadas y de gran tamaño han sido clasificadas como H(b) en el Plan Maestro. Se dispone además que las industrias H(b) existentes se trasladarán a DMA y NCR teniendo en cuenta el Plan Regional y la Política Industrial Nacional del Gobierno de la India. Aunque no se ha fijado ningún período para el traslado de estas industrias, a falta de tal disposición el traslado debe realizarse dentro de un plazo razonable, un período de seis años a partir de agosto de 1990, cuando entró en vigor el Plan Maestro, es más que razonable. período para que estas industrias se trasladen desde Delhi. Algunas de estas industrias, durante el curso de los debates, han ofrecido la modernización y también la conversión de industrias contaminantes a no contaminantes. Las ofertas son sencillas ipse-dixit y sin material. No nos impresionan las ofertas hechas por estas industrias en esta última etapa. Debieron modernizar o cambiar el proceso de fabricación durante los seis años que llevan funcionando violando el Plan Maestro. Por lo tanto, rechazamos estas ofertas.

7. Cabe mencionar que los tipos de industrias H(a) y H(b) se han indicado en el Anexo III del Plan Maestro.

8. Este Tribunal ha estado siguiendo este asunto desde enero de 1995. El 24 de marzo de 1995, este Tribunal tomó nota de la creciente contaminación en Delhi en las siguientes palabras:
“Un panorama muy sombrío surge con respecto al aumento de la contaminación en la ciudad de Delhi a partir de las dos declaraciones juradas presentadas por el Sr. DS Negi, Secretario (Medio Ambiente) del Gobierno. de Delhi. Ha señalado que la población de Delhi, que era de unos 17 lakhs en 1951, ha aumentado a más de 95 lakhs según el censo de 1991. De hecho, cada año se añaden más de 4 lakh de personas a la población de Delhi, de los cuales alrededor de 3 lakh son inmigrantes. Delhi ha sido clasificada como la cuarta ciudad más contaminada del mundo con respecto a la concentración de partículas suspendidas (SPM) en la atmósfera ambiental según el Informe de la Organización Mundial de la Salud de 1989. Del informe anual de Neeri (1991) es obvio que La principal contribución, en lo que respecta a la contaminación del aire, es el tráfico de vehículos, pero las industrias de la ciudad también contribuyen con alrededor de 30% de la contaminación del aire. En lo que respecta a la descarga de efluentes en Yamuna, las industrias son los principales contribuyentes, aparte de MCD y NDMC, que también descargan aguas residuales directamente en el río Yamuna”.
El mismo día, este Tribunal ordenó a la Junta Central de Control de la Contaminación que emitiera avisos a las industrias con las siguientes palabras:
“Ordenamos a la Junta Central de Control de la Contaminación (en lo sucesivo denominada `la Junta`) a través de su Secretario Miembro que emita avisos individuales a todas estas 8378 industrias indicando en ellos el hecho de que son industrias contaminantes y están operando en áreas no conformes en violación del Plan Maestro de Delhi formulado bajo la Ley de la Autoridad de Desarrollo de Delhi de 1957, la Ley de Corporaciones Municipales de Delhi de 1957 y la Ley de Fábricas de 1948. El primer Plan Maestro para Delhi se formuló en 1962 y el segundo Plan Maestro llamado MPD de 2001 entró en vigor. el 1 de agosto de 1990. No hace falta decir que el Plan Maestro prevé el establecimiento de industrias sólo en áreas conformes, es decir, las áreas industriales destinadas a ese fin. Los avisos individuales también indicarán que estas industrias deben dejar de funcionar en la ciudad de Delhi y reubicarse en otro lugar. También se puede indicar en los avisos que si para fines de reubicación las industrias necesitan ayuda de cualquier departamento/agencia gubernamental, pueden presentar sus objeciones a ese respecto ante el Secretario de Medio Ambiente de la Administración de Delhi.
La Junta emitirá los avisos individuales a todas estas industrias antes del 30 de abril de 1995. Además de los avisos individuales, en la tercera semana de abril de 1995 también se publicará un aviso público a este respecto en dos diarios en inglés y dos diarios vernáculos. Además, ordenamos a Doordarshan y All India Radio que hagan anuncios a este respecto durante tres días consecutivos en la última semana de abril de 1995. El Sr. Altaf Ahmad, según supo el Procurador General Adicional, ha aceptado dar el texto del aviso que se enviará anunciado por Doordarshan y All India Radio.
El Anexo R-2 de la declaración jurada adicional contiene una lista de 256 unidades peligrosas y nocivas que están operando en áreas conformes. De manera similar, las industrias enumeradas en los Anexos R-3 y R-4 también son industrias contaminantes del aire y del agua. De acuerdo con el Plan Maestro y las disposiciones legales antes mencionadas, estas industrias también deben ser reubicadas. Indicamos al Secretario Miembro, la Junta Central de Control de la Contaminación y otras autoridades que traten estas unidades de manera similar a las unidades 8378 que deben tratarse y de manera similar también se emitirán avisos a estas unidades.
Las industrias interesadas, dentro de los 15 días siguientes a la recepción de las notificaciones, presentarán sus objeciones, si las hubiera, ante el Secretario de Medio Ambiente de la Administración de Delhi. Además, damos libertad a las industrias interesadas para acudir a este Tribunal, si lo consideran necesario para recibir asistencia con fines de reubicación”.

9. Por lo tanto, es obvio que ya en marzo/abril de 1995 se contactó a las industrias contaminantes en Delhi a través de avisos individuales, avisos públicos en los periódicos, a través de Doordarshan y All India Radio y se les pidió que se reubicaran. Este Tribunal ofreció toda la asistencia a las industrias en el proceso de reubicación. No hubo respuesta alguna por parte de las industrias.
10. Este Tribunal el 8 de mayo de 1995 dio más plazo a aquellas industrias que no habían presentado objeciones hasta esa fecha. El 10 de mayo de 1995, este Tribunal ordenó al Secretario del Departamento de Desarrollo Urbano del Gobierno de la India que indicara, mediante una declaración jurada, cuáles de los polígonos industriales de NCR estaban disponibles para su reubicación. Este Tribunal dictó la siguiente orden: -
"Señor. MC Mehta, el peticionario afirma que, en virtud de la Ley de la Región de la Capital Nacional de 1985, se ha constituido una junta denominada Junta de Planificación de la Región de la Capital Nacional. El Ministro de Desarrollo Urbano de la Unión es el presidente de la junta. Se afirma además que, en virtud del Plan Maestro Regional de 2001 preparado en virtud de la Ley de la Junta de Planificación de la Región de la Capital Nacional de 1985, se han asignado zonas industriales en varias regiones. Estamos en el proceso de ocuparnos de 9.000 industrias extrañas que operan en las zonas no conformes de Delhi. Puede ser que algunas de las industrias tengan que ser reubicadas. Solicitamos a Smt. Sheela Kaul, Ministra de Desarrollo Urbano de la Unión, presente una declaración jurada ante este Tribunal a través del Secretario del Departamento indicando cuáles son las áreas industriales disponibles para reubicar las industrias desde Delhi. Esto podrá hacerse dentro de las seis semanas siguientes a la recepción del pedido. Se ordena al registro que envíe copia de esta orden al Ministerio de Desarrollo Urbano así como a la Secretaría del Ministerio”.
De conformidad con la orden de fecha 10 de mayo de 1995 (citada anteriormente), el Secretario del Departamento de Desarrollo Urbano del Gobierno de la India presentó ante este Tribunal detalles de las áreas industriales desocupadas en los polígonos industriales de Ghaziabad, Noida, New Noida, Bullandshahr, Meerut, Rajasthan. y subdivisional y Haryana. Este Tribunal, mediante orden de 3 de agosto de 1995, ordenó a la Administración de Delhi y a la Junta Central de Control de la Contaminación que exhibieran los detalles de los polígonos industriales donde había terrenos industriales disponibles para reubicación en sus respectivas oficinas. Se ordenó a la Junta Central de Control de la Contaminación que publicara un aviso en dos diarios informando a las industrias de que había terrenos industriales disponibles para reubicación en varios polígonos industriales. También se ordenó que se brinde la asistencia necesaria a todas aquellas industrias que deseen reubicarse. Es lamentable que, a pesar de varias notificaciones de este Tribunal, sólo tres industrias ofrecieran reubicarse. Este Tribunal el 25 de agosto de 1995 ordenó que las industrias de categoría H fueran tratadas inmediatamente con fines de reubicación. Este Tribunal dictó una detallada Resolución en los siguientes términos:
“De conformidad con las resoluciones de este Tribunal de 24 de marzo de 1995, 8 de mayo de 1995, 10 de mayo de 1995 y 3 de agosto de 1995, se han presentado declaraciones juradas, según lo indicado por nosotros en estas resoluciones, señor DS Negi, Comisionado de Fomento- El Secretario General (Envt) del Gobierno de la India presentó una declaración jurada de fecha 23 de agosto de 1995. En la declaración jurada se afirma que de 9164 industrias, 2224 han presentado objeciones. 1557 industrias están operando en zonas de uso no conforme. Se afirma además que, de ellas, 170 industrias clasificadas en la categoría "H" (altamente contaminantes) deben reubicarse fuera del Territorio de la Capital Nacional de Delhi, de conformidad con las disposiciones del Plan Maestro de 2001. Se afirma además que 1.387 industrias que pertenecen a los Grupos F, G, D, C, E y B también requieren reubicación dentro del Territorio de la Capital Nacional de Delhi en zonas de uso conformes de manera gradual, según lo estipulado en el Plan Maestro de 2001.
El Sr. Negi también ha llamado nuestra atención sobre el hecho de que algunas de las federaciones que representan a las industrias que no presentaron objeciones se han dirigido al Ministro Principal de Delhi, pidiéndole que solicite a este Tribunal que dé una oportunidad más a estas industrias de presentar sus objeciones. objeciones a las notificaciones que fueron emitidas y entregadas a estas industrias de conformidad con la orden de este Tribunal. Como sugirió el Sr. Altaf Ahmed, Procurador General Adicional, ordenamos que las industrias que no han presentado objeciones hasta la fecha puedan hacerlo dentro de 3 semanas a partir de hoy... Sr. Negi también ha afirmado en la declaración jurada que durante las últimas dos décadas la ciudad de Delhi ha sido testigo de enormes cambios en el perfil industrial y, como resultado, al igual que en la actualidad, se estima que hay 93.000 industrias que operan en Delhi y la mayoría de estas industrias se encuentran en zonas de uso no conformes. Las copias de los volúmenes que contienen objeciones de diversas industrias han sido entregadas al Sr. Mehta y al Sr. Ranjit Kumar, abogados expertos que comparecen en estos asuntos.
El Dr. SP Chakrabarti, Secretario Miembro de la Junta Central de Control de la Contaminación, también presentó una declaración jurada de fecha 25 de agosto de 1995. Se afirma que la Junta ha publicado un aviso público invitando a todas las industrias que operan en zonas de uso no conforme en el territorio de Delhi, para dar sus opciones para trasladarse a las parcelas industriales disponibles en los polígonos industriales de Ghaziabad, Bulandshahar, Meerut, la subdivisión de Rajasthan y Haryana. Se adjuntan copias del aviso público junto con la declaración jurada. Cabe mencionar que antes del aviso, se emitieron y entregaron avisos individuales a todas las industrias. El Sr. Panjwani, abogado letrado que representa a la Junta Central de Control de la Contaminación, nos ha informado que hay muy poca respuesta al aviso público en el sentido de que sólo tres industriales de los 9164 se han presentado para buscar ayuda con el fin de reubicarse. .
El Sr. Altaf Ahmed, Procurador General Adicional, el Sr. MC Mehta y el Sr. Ranjit Kumar, abogados expertos, afirman que examinarán el material incluido en el expediente por la Administración de Delhi hoy y luego presentarán sugerencias positivas sobre cómo abordar este problema. ser abordado. Esto se puede hacer dentro de dos semanas. Inscripción el 14 de septiembre de 1995, a las 14.00 horas.
Sin embargo, opinamos que las industrias que pertenecen a la categoría "H" deben ser tratadas inmediatamente. Según Negi, los detalles de dichas industrias se muestran en el informe que consta de cuatro volúmenes, presentado por el Comité de Control de la Contaminación de Delhi. Ordenamos al Comité de Control de la Contaminación de Delhi que entregue avisos a las industrias (industrias de categoría "H"), dentro de las dos semanas a partir de hoy, indicando que estas industrias deberán ser reubicadas. “Se les indicará en el aviso que presenten al Comité sus requisitos con respecto al área de la parcela, etc. Las industrias podrán además indicar cualquier otra asistencia que requieran de cualquiera de las autoridades con fines de reubicación. Las industrias darán su respuesta al aviso dentro de las dos semanas siguientes a la recepción del mismo. Posteriormente, el Comité examinará las necesidades de cada una de las industrias y presentará un informe a este Tribunal cuatro semanas después. Dejamos claro que en lo que respecta a las industrias de categoría "H", no hay otra alternativa que reubicarlas fuera de Delhi. Reiteramos que todas estas industrias recibirán la asistencia adecuada por parte de la Administración de Delhi y todos los demás gobiernos/autoridades gubernamentales en el proceso de reubicación. En lo que respecta a las industrias de categoría "H", el asunto se planteará el 3 de noviembre de 1995. Se escuchará a dichas industrias y se aprobará la orden final".

11. Mediante varias órdenes dictadas y avisos emitidos periódicamente por este Tribunal, a la categoría "H" y a las industrias contaminantes de Delhi se les dijo en términos claros que no podían operar en la ciudad y que debían trasladarse a otros polígonos industriales de la NCR. . A estas industrias se les ofreció repetidamente toda la ayuda e incentivos en el proceso de reubicación. Nuevamente el 22 de septiembre de 1995 este Tribunal dictó la siguiente orden:
“Somos de la opinión de que controlar la contaminación en la ciudad de Delhi es responsabilidad exclusiva del Comité de Control de la Contaminación de Delhi. Ya es hora de que el Comité asuma su responsabilidad. Todos estamos ayudando al Comité a desempeñar el trabajo que le ha sido encomendado por la ley. El Comité podrá adoptar cualquier método para completar el estudio necesario y presentar ante este Tribunal una lista completa de industrias peligrosas dentro de seis semanas a partir de hoy. Mientras tanto, el Comité de Control de la Contaminación de Delhi ha presentado ante este Tribunal una lista adicional de 341 industrias que, según el Comité, pueden clasificarse como industrias "H". Ordenamos al Comité que emita avisos individuales a todas estas industrias en términos similares a los ordenados por este Tribunal en la orden del 25 de agosto de 1995. Esto se hará dentro de los 10 días siguientes a hoy.
El asunto se planteará el 3 de noviembre de 1995 para recibir más indicaciones. Dejamos en claro que todas las industrias de categoría `H` a quienes se les han emitido notificaciones tendrán la libertad de dirigirse a este Tribunal el 3 de noviembre de 1995”.

12. El 15 de noviembre de 1995, el Comité (Comité) de Control de la Contaminación de Delhi presentó una lista de las industrias que pertenecen a las categorías H(a) y H(b). Lejos de aceptar la reubicación, las industrias incluso cuestionaron la categorización realizada por el Comité. Querían más oportunidades en el asunto. Este Tribunal dictó la siguiente orden: -
"Señor. Altaf Ahmad, el Procurador General Adicional, ha llamado nuestra atención sobre las tres compilaciones presentadas por él en este asunto. Ha presentado una recopilación fechada el 3 de noviembre de 1995 que consta de 708 industrias peligrosas/nocivas/pesadas y grandes en la ciudad de Delhi. Aparte de eso, hay 341 industrias de categoría similar enumeradas en la compilación del 22 de septiembre de 1995. En la tercera compilación (color verde) del 23 de agosto de 1995, se enumeran 171 industrias de la misma categoría. Hay, por lo tanto, 1220 industrias peligrosas/nocivas/pesadas y grandes como se enumeran en esta compilación. El Sr. PN Lekhi, el Sr. HH Salve y varios otros abogados eruditos han planteado la objeción de que las industrias que representan no entran dentro de la categoría de industrias peligrosas/nocivas/pesadas y grandes. Por lo tanto, damos libertad a las industrias que deseen oponerse a su categorización tentativa de presentar objeciones ante la Junta Central de Control de la Contaminación (Junta) dentro de una semana a partir de hoy. La Junta indicará además cuáles de las industrias son categorías "H"(a) y "H"(b) tal como se definen en el Plan Maestro de 2001. El Sr. Lekhi ha sugerido que, dado que los conocimientos especializados para determinar si una industria es En un área conforme o no conforme es con la DDA, sería mejor que un funcionario de la DDA estuviera asociado con la Junta para este propósito. Estamos de acuerdo con la sugerencia y solicitamos al Sr. PC Jain, Comisionado Adicional de Planificación, DDA, que se asocie con la Junta Central de Control de la Contaminación como especialista para indicar si una industria se encuentra en el área conforme o no conforme. Se asociará con la Junta Central de Control de la Contaminación a partir del 17 de noviembre de 1995. Además, dejamos claro que, si es necesario, la Junta puede escuchar a la industria y, en caso de que sea necesario, un funcionario o funcionario de la Junta puede visitar la industria por verificación puntual. Dejamos claro que la categorización hecha por la Sala será definitiva sujeta a modificación por parte de este Tribunal.
Sr. FS Nariman, abogado senior que comparece en nombre de M/s. Birla Textiles y M/s. Shriram Industrial Enterprises Ltd. junto con el Sr. Ramji Srinivasan, abogado experto que comparece en nombre de M/s. Fábricas de seda DCM y M/s. Swatantra Bharat Mills afirma que las industrias están dispuestas a reubicarse. Hasta M/s. Birla Textiles está preocupada, se afirma que ya se ha identificado el terreno alternativo en el estado de Himachal Pradesh y que la industria está dispuesta a trasladarse en un tiempo razonable. Estas industrias podrán presentar sus planes de reubicación presentando una breve nota ante este Tribunal a más tardar el próximo martes. El plan presentado por estas industrias indicará la manera en que van a tratar a los trabajadores y sus consiguientes problemas. El Sr. Altaf Ahmad afirma que daría su respuesta a los planes de reubicación dentro de los tres días siguientes. Solicitamos al Sr. Altaf Ahmad que solicite instrucciones de la Administración de Delhi sobre la posibilidad de extender diversas concesiones a aquellas industrias que serán reubicadas”.
El 30 de noviembre de 1995, el Sr. Omesh Saigal, secretario miembro de la Junta de Planificación Regional de la Capital Nacional, estuvo presente en el tribunal. Dejó constancia de una nota relativa a la reubicación de industrias. Manifestó que la Junta tiene a su disposición 5000 acres de tierra en varias partes de la NCR. La Junta está en proceso de adquirir además trescientos mil acres de tierra. Según él, la Junta tiene suficientes terrenos industriales para ofrecer a las industrias que se trasladarán desde Delhi. Ofreció parcelas de hasta 100 acres o más para industrias grandes y pesadas.

13. La nota de fecha 1 de diciembre de 1995 registrada por el Sr. Saigal indica las medidas políticas de la NCR con respecto a la dispersión de industrias y la posterior implementación de dicha política. Las características más destacadas de la nota son las siguientes: -
“Implementación de medidas de política de NCR con respecto a la dispersión de industrias:
Esto implica una serie de pasos:
I Poner a disposición de las industrias sitios alternativos para su reubicación.
Las recomendaciones de la junta del Comité de Planificación fueron las siguientes:
(a) Para ubicar las industrias en nuevos sitios:
(i) Si las industrias no fueran contaminantes, podrían ubicarse en las áreas/Estados/Zonas industriales planificadas regularmente ya desarrolladas o en desarrollo en la NCR por las autoridades competentes de los respectivos Estados.
(ii) En el caso de industrias actualmente catalogadas como contaminantes/peligrosas.
Cuando estas industrias se instalen en su nueva ubicación y mejoren su tecnología y si ya no siguen siendo contaminantes y peligrosas, podrán ubicarse en áreas industriales planificadas regularmente.
Si dichas industrias siguen siendo contaminantes, se podrían crear zonas industriales especiales para que no afecten negativamente al entorno de vida en las proximidades y dichas zonas industriales tendrían instalaciones de infraestructura especiales para cuidar de los contaminantes y proporcionar cinturones protectores a su alrededor para mitigar el efecto de efluentes contaminantes, humos, gases, ruidos, etc., y cualquier vertido accidental de los mismos.
(b) El terreno se asignará a las unidades cambiantes con prioridad y a tarifas predeterminadas, teniendo en cuenta sus necesidades futuras de expansión y modernización.
c) Para industrias pesadas que requieran grandes sitios, se podrán adquirir terrenos adicionales cuando sea necesario.
(d) Tras su reubicación, las unidades serán tratadas como unidades nuevas y se les proporcionarán todas las instalaciones según la política industrial del Estado.
(e) Cuando sea necesario, podrán proporcionarse instalaciones de respaldo adicionales, como viviendas para empleadores, etc.
(f) La Junta de Planificación de la NCR puede proporcionar asistencia crediticia al gobierno estatal o sus agencias para la creación y el desarrollo de dichas áreas industriales.
III. Las restricciones que puede imponer Delhi Finance Corporation a las unidades que les han prestado préstamos.
La Corporación Financiera Estatal donde se reubicarán las unidades asumirá la responsabilidad del préstamo de las unidades trasladadas financiadas por DFC, para lo cual se alcanzará un acuerdo/MOU entre Delhi y las Corporaciones Financieras Estatales con la concurrencia de la refinanciación adecuada. cuerpos apicales. Para financiar la creación de nuevos activos para las unidades trasladadas, la Corporación Financiera del Estado asumirá la responsabilidad según la práctica vigente.
IV Permiso requerido bajo la Ley de Conflictos Industriales del Gobierno Estatal, Departamento de Trabajo y Empleo.
El Departamento de Trabajo y Empleo GNCT-Delhi solucionará los problemas relacionados con la mano de obra existente en estas industrias.
V. Problemas relacionados con el traslado de mano de obra a los nuevos sitios reubicados fuera de Delhi en la NCR.
Las propuestas anteriores se harán aplicables a aquellas unidades que se ubiquen en la propia NCR, para que en su posición reubicada generen actividades económicas en las localidades prioritarias y en la NCR para brindar oportunidades de empleo a la población desviada. Para garantizar esto debemos encajarlos con el plan de cambio. Dado que las ciudades de la NCR están dentro del rango de desplazamiento de Delhi y entre sí, la mano de obra puede trasladarse a los nuevos sitios o al menos puede seguir viajando hasta que finalmente se traslade al nuevo lugar. Si las industrias se llevan demasiado lejos fuera de la región, no ayudarán al desarrollo de la región ni podrán ayudar al traslado de la fuerza laboral al nuevo sitio.
VI. Creación de una ventanilla única para facilitar la deslocalización de industrias.
El asunto fue discutido en el Comité Consultivo Parlamentario adscrito al Ministerio de EE.UU. y E. celebrado el 22-8-95 y se tomó la siguiente decisión:
Para facilitar el traslado de industrias desde Delhi, es necesario que se forme una agencia unificada compuesta por todos los Estados participantes que actúe como agencia nodal para resolver todos los problemas de dichas industrias, desde el uso de sus tierras desocupadas hasta su establecimiento en nuevos sitios”.
Sería útil en esta etapa citar las disposiciones del Plan Maestro según las cuales las industrias migratorias tienen derecho a incentivos adecuados.
"CONDICIONES GENERALES
i) En la asignación de nuevas parcelas industriales, la Autoridad dará prioridad a las que se haya recomendado el traslado, ofreciendo parcelas a las unidades industriales antes del traslado.
ii) Se proporcionarían incentivos adecuados al cambio de industrias.
iii) Se suspenderá el otorgamiento de licencias ad hoc a unidades industriales”.

14. Hay constancia de una declaración jurada presentada por el Sr. CD Tripathi en nombre del Departamento de Desarrollo Urbano, Ministerio de Asuntos Urbanos y Empleo del Gobierno de la India, que proporciona los siguientes detalles de las áreas industriales vacantes en la NCR:
15. El material presentado ante este Tribunal muestra claramente que hay un gran número de parcelas disponibles en varios polígonos industriales de la NCR. Algunos de los polígonos industriales se encuentran en el AMP. Las industrias H(a) y H(b) no pueden tener dificultades para seleccionar una parcela adecuada para su reubicación. La adjudicación de las parcelas se realizará con carácter prioritario. No tenemos ninguna duda de que los incentivos razonables, que normalmente se ofrecen a las nuevas industrias en los nuevos polígonos industriales, se extenderán a las industrias migratorias. Este Tribunal mediante auto de 10 de mayo de 1996 en IA 22 (WP (Civil) 4677 de 1985) ya ha ordenado y establecido la forma en que los terrenos que quedarían disponibles con motivo del traslado de H(a) y H( b) se utilizarán industrias. En vista del enorme aumento de los precios de la tierra en Delhi, la reutilización de los terrenos baldíos seguramente generará una gran cantidad de dinero que puede cubrir el costo de la reubicación.

16. En lo que respecta a la categorización, este Tribunal ha brindado repetidas oportunidades a las industrias para presentar su caso ante diversas autoridades. En primera instancia, el Comité preparó una lista de las categorías H(a) y H(b) después de brindar plenas oportunidades a las industrias. Posteriormente, este Tribunal mediante orden del 13 de diciembre de 1995 permitió a las industrias presentar nuevas objeciones ante la Junta Central de Control de la Contaminación (la Junta) con respecto a la categorización. Incluso después de que la Junta finalmente decidió la categorización, las industrias no quedaron satisfechas. Este Tribunal dio más oportunidades mediante la siguiente orden: -
“Detalles de Áreas Industriales Vacantes”
UP Sub Región No. de parcelas Área
Vacante (En acres)
GAZIABAD
1. BSR Carretera 33 30,78
2. Loha Mandi 83 5,39
3. SSGT Carretera 20 8.11
4. Sitio de Loni Road-II 43 832,00
5. Sitio de Meerut Road-III 25 11.27
6. Sitio Sahibabad-IV 64 40,74
7. Kavi Nagar, Sector-17 1 0,59
8. Udyog Kunj 56 13,82
9. Gran Noida 30 200,00
10. UPSIDC (Gran Noida) 563 155,80
11. Noida Fase-II + Extn 37 29,70
12. Noida Fase III 18 5.00
BULANDSHAR
13. Sikanderabad 325 250,36
14. Gopalpur 129 29,63
15. Khurja 4 0,79
MEERUT
16. Meerut Mahanagar 3287,97
SUBREGIÓN DE RAJASTÁN
1. Zona industrial de Matsya, Alwar 33 33,10
2. Bhiwadi 2 0,44
3. Neemrana 30 268,00
4. Behror 1 0.12
Además, se están adquiriendo suelos de uso industrial en las siguientes zonas
Ubicación Terreno en adquisición (acres)
1. Zona industrial de Matsya, Alwar 485,00
2. Bhiwadi 958.12
3. Khuskhera 855,62
4. Neemrana 631,50
5. Behror 11.77
6. Sotanalá 153,65
Área total en adquisición: 3095,66
“Los abogados expertos que se presentaron para algunas de las industrias que han sido clasificadas como peligrosas han sostenido que las industrias han sido categorizadas erróneamente como 'H'. También se afirma que industrias similares han quedado fuera de dicha categorización. El Sr. Panjwani afirma que él, junto con el equipo técnico, escuchará personalmente las objeciones y presentará una nota a este Tribunal. El Sr. PN Lekhi afirma que pondría a disposición a tal efecto la sala del Comité del Colegio de Abogados del Tribunal Superior. Los abogados podrán reunirse con el Sr. Panjwani a las 4:30 pm del lunes 29 de enero de 1996 en la sala del Comité de la Sala del Comité del Colegio de Abogados del Tribunal Superior de Delhi”.
16A. Se completó el ejercicio anterior y se presentó ante este Tribunal una lista final de industrias H(a) y H(b).

17. Somos de la opinión de que a pesar de los mejores esfuerzos del Comité y la Junta, es posible que no haya sido posible identificar todas las industrias H(a) y H(b) en Delhi. Continuaremos identificándolos y reubicándolos.

18. Este Tribunal ha brindado varias oportunidades a las industrias H(a) y H(b) identificadas para representar y presentar objeciones contra su categorización. Las industrias de las que finalmente nos ocupamos han sido escuchadas más de una vez y luego, mediante investigación y escrutinio, han sido categorizadas como H(a) y H(b).

19. La Junta emitió avisos a 9164 industrias en Delhi para mostrar las razones por las que no se les ordenaba trasladarse desde Delhi. En respuesta a las notificaciones se presentaron ante el Comité 2.225 objeciones. Después de considerar las objeciones y brindar la oportunidad de audiencia, 171 unidades fueron categorizadas como industrias "H" según el Plan Maestro. Posteriormente, según las órdenes de este Tribunal, se permitió a 24 industrias más presentar sus objeciones y de las cuales seis fueron declaradas industrias "H". El Comité identificó 341 industrias más como industrias H. El Comité identificó otras 708 industrias como categoría "H". Por tanto, es obvio que 1226 (171+6+341+708) industrias fueron identificadas como industrias de categoría "H". Bajo instrucciones de este Tribunal, se publicó un aviso público mencionando todas las 1226 industrias en el Indian Express, Jansatta, Nav Bharat Times y Times of India con fecha 19, 20 y 21 de noviembre de 1995. Aunque a la mayoría de las industrias se les había dado anteriormente avisos individuales y fueron escuchados, pero a pesar de eso, en interés de la justicia, se dio un nuevo aviso mediante publicación a todas las 1226 industrias.

20. De 171 industrias (parte de 1226 industrias) que fueron identificadas como industrias de categoría "H", 59 no presentaron más objeciones en respuesta al aviso público. El Comité las escuchó anteriormente y, tras una investigación exhaustiva, se las clasificó como industrias "H". Allí, 59 industrias, en términos, aceptaron su categorización como industrias H.

21. En respuesta al aviso público se recibieron 433 objeciones (10 objeciones estaban duplicadas). Las objeciones fueron consideradas y las industrias fueron escuchadas por la Junta. Finalmente, la Junta identificó 104 unidades como industrias de categoría "H".

22. La Junta consideró las objeciones de las siguientes cinco industrias que operan en áreas no conformes y llegó a la conclusión de que eran industrias de categoría "H":
“(1) Pritam Singh Hari Singh 31/1A, Calle No. 2, Área Industrial Anand Parbat Nueva Delhi – 5.
(2) Bansal Plywood Industry (P) Ltd. 37, Small Scale Co-operative Industrial Estate Ltd. GT Karnal Road, Delhi-33.
(3) Industrias Gupta 150, G-1, opp. Comisaría de policía, Casa de descanso, Badarpur, Nueva Delhi - 44.
(4) Philips Rubber Industries 299, Gokulpur, Delhi-94.
(5) Philips Rubber Industries, 626-627, Loni Road, East Gokulpur, Delhi-94”.

23. Cabe mencionar que Vikas Rubber Oils and Chemical, Mundka, Delhi-41, CR Leather, Resalgarden, Nangloi, Delhi y Varun Dychem, 309, Naya Katra, Chandni Chowk, Delhi son las tres unidades industriales que no se incluyeron en la lista de 1226 industrias y, como tal, no fueron notificadas públicamente. Estas industrias, sin embargo, presentaron objeciones ante la Junta en respuesta a notificaciones individuales que la Junta consideró que estaban clasificadas como industrias "H". Estos están incluidos en la lista de 104 finalizada por la Junta.

24. El panorama que surge es que 104 unidades identificadas por la Junta, 59 unidades identificadas anteriormente por el Comité y 5 unidades que están operando en áreas no conformes – por un total de 168 (104 + 59 + 5) – han sido, como en la actualidad , categorizadas como industrias H.

25. Por lo tanto, sostenemos que 168 industrias enumeradas a continuación son industrias peligrosas/nocivas/pesadas/grandes y se clasifican en las categorías H(a) y H(b) según el Plan Maestro:
1. Krishna Chemicals, 3481, Gali No.1, Colonia Narang, Tri Nagar, Delhi – 35.
2. Delhi Stone Crushing Co. Rajokari, ND 38.
3. Nueva trituradora de piedra Kalkaji, K. No. 1229, Rajokari, ND-38.
4. TR Sethi & Sons, Rajokari, Dakota del Norte – 38.
5. Ahuja Stone Crushing Co. 1234/9, Rajokari, ND-38.
6. Raj Stone Crushing Co. K. No. 1249, Rajokari, ND-38.
7. Lucky Stone Enterprises, Parcela No.1, Luthra Forms, Rajokari, ND-38.
8. Laxmi Stone Crushing Co. K.No. 1620, VP Rajokari ND 38.
9. PS Sachdeva & Co. K. No. 1237, Rajokari, ND-38.
10. Raj Grit Udyog, K.No. 1249, Rajokari, ND-38.
11. DP Sharma & Co. No. 1238, Rajokari, ND-38.
12. Piedra Jagdish, Rajokari, ND-38
13. Neelam Stone Crushing Co., K.No. 1161, 1162, V y PO. Rajokari, ND-38.
14. Bhagirithi Stone Co. K. No. 1234/8, Rajokari, ND-38.
15. Asha Stone Crushing Co. K. No. 1251, Rajokari, ND-38.
16. Pinturas Glaxi, Shahabad Daulatpur, Delhi-42.
17. Cerámicas y refractarios de Amba, PO Gurgaon Road, ND-37.
18. Daulat Cerámica Indl. PO Gurgaon Road, Nangal Dairy, N.Delhi-110 037.
19. Delhi Color of Chemical Inds., 466/6, Aggarwal Gali, Pandara Road, Mahabir Block, Shahadra, Delhi-32.
20. Anup Gupta, Alipur Garh, Narela Road, ND-36.
21. Pawan Stone Crushing Co., Rajokari, ND-38.
22. Inds de color Centrury. 29, Netram Marg, Begampur, Delhi-41.
23. Thermal Coating P. Ltd., RZ-718, Prem Ngr, Uttam Ngr, ND-59.
24. Gunjan Gupta, Gupta Stone, Rajokari, ND-38.
25. Kulbir Singh, Rattan Singh & Co., Rajokari, Delhi-38.
26. Yadav Bros., Kh.No.1234/7, Vill, Rajokari, Delhi-38.
27. Guru Nanak Stone Crushing, Kh.No.1234/6, Vill, Rajokar, Delhi-38.
28. Apex Chemi Colors, 232, Karawal Ngr, Delhi-94.
29. KC Dyers, 649/2, Devi Village, Delhi-62.
30. Pinturas Monark, 678/2, Nai Basti, Devli, ND -62.
31. New Metal Co., 22/1/1, Kirari Road, Nangloi, DLH-41.
32. Baterías Manoj, 1/59, 6A, Jauharipur Road, Karawal Ngr, Delhi-94.
33. Gupta Metal Works, Kh.No. 459, Alipurgarh, Alipur, Delhi-36.
34. Mejor metal, Kh.No.39, GTK Rd, Budhpur, Alipur, Delhi-36.
35. Gulshan Metal, Kh. No. 38/18, Alipur, Budhpur, Delhi-36.
36. Dinesh Metal Inds. Kh.NO.1/59, Hecho. No. 3, Water Works Road, PO Gokulpuri, Shahadra, Delhi-94.
37. Colorantes orgánicos, Gaji No.1-A, Chowk Samaipur, Delhi-42.
38. Hindustan Insecticides Ltd., Guru Gobind Singh Marg, Delhi-15.
39. Swatantra Bharat Mills, Shivaji Marg, Delhi-15.
40. DCM Silk Mills, Shivaji Marg, Delhi-15.
41. Fábrica textil Birla, Birla Lane, Subji Mandi, Delhi-7.
42. Sri Ram Foods & Fertilizers, 15, Shivaji Marg, POB6219, Delhi-15.
43. Molinos de laminación de acero Mahabir, 658, Kabool Nagar, GT Road, Shahadra, Delhi-32.
44. Cerámicas Lajpat, Gali No.1, Friends Colony, Indl.Area, GT Road, Sahadra, Delhi-95.
45. Industrias Algha, Gurgaon Road, Mahipalpur, Delhi-37.
46. Daya Ram & Sons, B.325/2, Nihal Vihar, Nangloi, Delhi-41.
47. Sunchem Pvt. Limitado. Ltd., F-2, DI Bldg., Indl. Complejo, Rohtak Road, Nangloi, Delhi-41.
48. Narankari Crushing Co. 22/7, Kala Pahar, New Rohak Road, Delhi-5.
49. Pratap Stone Crushing Co. Gali No.12, New Rohtak Road, Delhi-5.
50. Pigmentos Algha, S-19/A, Badli Indl. Finca Delhi-42.
51. M/s. Colores Ashoka, 14/05/2, Karawal Nagar, Delhi-94.
52. Cerámica Bholi Ram & Sons, 254, Indl. Finca, Nangli Sakrawati, Delhi-43.
53. Industrias Ambica, WZ-10, Todapur, Delhi-42.
54. UK Paint Ltd., 365 Mallnand, Gurgaon Road, Delhi-30.
55. Molinos de piedra Guru Nanak. Khasra No. 1234/6, Rajouri Garden Road, Nueva Delhi-110 038.
56. Sardar Singh Chadha, 7249, Aram Nagar, Qutab Road, Nueva Delhi-35.
57. Sai Química. Kh. No. 461. Sahibabad, Daulatpur, Delhi-43.
58. Gain Singh Pratap Singh, 7249, Arun Nagar, Qutab Road, Nueva Delhi – 35.
59. Pintor y productos químicos Laxmi, 490/1-2-3-N. Pipal Wala Krion, Mal-Orband Badarpur, Nueva Delhi – 44.
60. Bharat Colorantes y pigmentos Pvt. Limitado. Ltd. Radhepuri, Delhi-51.
61. Tarun Trading Co., Nihal Vihar, Delhi-41.
62. DM Cuero, Nihal Vihar, Delhi-41.
63. Cuero moderno, Jwalapuri, Delhi-41.
64. Pinturas del norte de la India, MIAPh.II.
65. Frineds Chemicals, Munka Village, Rohtak Road, Delhi-41.
66. Ramesh Oil Co., Munka Village, Rohtak Road, Delhi-41.
67. Lubricantes Saini, Munka Village, Rohtak Road, Delhi-41.
68. Friends Chemicals, Mayapuri, Indl. Área. Ph-II, Delhi-64.
69. Delhi Paint Corporation, MIA Ph-1, Delhi-64.
70. JJ Espumas Pvt. Limitado. Ltd., Okhla Indl. Finca, Delhi.
71. Techno Plast India, Karampura, Delhi-15.
72. Bhatia Chemical Inds., GT Road, Shahdara, Delhi.
73. Bhatia Rasayan Udyog, GTRoad, Shahadara.
74. Ashoka Udyog, Loni Road, Shahdara, Delhi.
75. Industrias Tex Dyes, GT Road, Shahadara.
76. Osra Engg. Pvt. Ltd., Hastal Village, Uttam Nag. Delhi.
77. Pigmentos Novex, Madipur Village, Delhi-63.
78. Hindustan Petrochemicals Vill. Mithapur, Badarpur.
79. Gases BOC, Shivaji Marg, ND-15.
80.m/s. Hans Paints, trabajos de color y barniz, Okhla Indl. Área.Ph-11.
81. M/s. Pinturas Essel, Gadhaipur, Mehrauli, Delhi.
82. Metropaint Inds. MIAPh-1, ND-64.
83. Lala Ram e hijos. Nehal Vihar, ND-41.
84. Hari Mohan & Co. Motia Khan, ND-55.
85. Cueros Rishi, Nehal Vihar, ND-41
86. Swastik Enterprises, (anteriormente Samir Enterprises), Samaipur, Indl. Área, Delhi-32.
87. NK Cuero, Hasthal Road, Rehnolla, Delhi-41.
88. Industrias químicas Mahalakshmi. Bhorgarh, Narella, Delhi-40.
89. Arora Internacional, Jwalaheri Mkt. Paschim Vihar, Nueva Delhi – 63.
90. Uma Shankar, Khandelwar & Co., Okhla Indl. Área, Ph-II, Nueva Delhi - 20.
91. PMC Neumáticos y Cámaras Indl. Área, Karaval Nagar, Delhi-94.
92. Cerámicas de Punjab, Gurgaon Road, ND-37.
93. Puneet Internacional, Nangloi, ND-41.
94. Laboratorio de investigación de sindicatos comerciales, Najafgarh Road, Nueva Delhi-15.
95. Industrias Bindal, Narella, Alipur Rd; Delhi-40.
96. Ashoka Pulp & Paper, Jawahar Nagar, Loni Road, Delhi-94.
97. Dhawan Engg. Obras, Tahirpur Indl. Área, Shahdara, Delhi-95.
98. Super King, Mfg. (Neumáticos) Pvt. Limitado. Ltd., Jhilmil Indl. Área, Shahadara.
99. Matadero de Idgah, Idgah Sadar Bazar, Delhi.
100. Pinturas asociadas, Libaspur, Delhi-42.
101. Prem Metal Works, APIA, Delhi-5.
102. Neumáticos Bajaj Badli Indl. Área, Ph-II, Delhi-42.
103. Resina de Delhi y productos afines, Prahladpur (cerca de Samaipur), Delhi-42.
104. Nav Bharat Glue Mfg. Co., Alipur, Narela Road, Nueva Delhi – 36.
105. Óxidos y productos químicos de Bhagwati, Jhilmill IA, Shahadara.
106. La Corporación de Pintura del Golfo. Carretera Gurudwara Bala Sahib, Nueva Delhi.
107. Bhagsons Paint Inds. (India), Badli Indl. Finca, Delhi-42.
108. Asociados Dyechem, Badli, Indl. Finca, Delhi-42.
109. Vital Chemicals Pvt. Limitado. Ltd., Najafgarh Road, Indl. Área, Nueva Delhi – 15.
110. Metalúrgicas Punjab S.A. Ltd., Nangloi, Delhi-41.
111. Janta Paint Marg, Jhilmil Indl. Área, Shahdara, Delhi-85.
112. New India Paint Inds., Jhilmil Tahirpur, Shahdara, Delhi-32.
113. Tintes y productos químicos alemanes, Jhilmil Indl. Área, Shahdara.
114. Sawhney Rubber Inds., Indl. Estate GT Rd., Shahadra, Delhi-95.
115. Revestimiento suizo (India), Karawal Ngr. Delhi-94.
116. KL Rathi, Steel Ltd., Shahadra, Delhi-32.
117. Gordhan Das Rathi Steels Ltd; Loni Rd., Shahadra, Delhi-32.
118. Nova Steels (India) Ltd., Loni Rd., Shahadra, Delhi-32.
119. Laminadores de acero de Delhi, Loni Rd., Shahadra, Delhi-32.
120. Krishchem Inds. Ojla, ND-20.
121. Continental Cueros, DLF Indl. Área, Delhi-15.
122. Monark Enterprises, DLF Indl. Área, Delhi-15.
123. Plastificantes Jindal Pvt. Limitado. Ltd., GTK Road, Delhi-33.
124. Bharat Insecticidas Ltd., BSIDC Indl. Complejo, Nangloi, Delhi-41.
125. Pesto Chem India Ltd., Ansal Dilkhush Indl. Complejo, GTK Rd.,
126. Molino pulverizador Hindustan, GTK Road, Bakoli, Delhi-36.
127. Durga Polymers, Kirari Rd., Nangloi, Delhi-41.
128. Polímeros Akay Pvt. Limitado. Ltd., Samaipur Badli, Delhi-42.
129. Polímeros Croda Pvt. Limitado. Ltd., Samaipur, Delhi-42.
130. Super Leathers, Najafgarh Road, Nangloi, Delhi-41.
131. RA Leathers, Rishal Garden, Najafgarh Rd., Nangloi, Dakota del Norte
132. MDR Leathers, Jwalapuri, Fase II, Delhi-41.
133. Dhingra Plastic & Platiscisers Pvt. Limitado. Ltd., Okhla IA Ph-II.
134. Sudershan Metal Co., New Rohtak Rd., ND-5.
135. Sunil Metal Works, 39, Alipur, Budhpur, GTK Road, Delhi-36.
136. KK Metal Works, Mayapuri, Ph-II, ND - 63.
137. Vikas Chemicals, Nangloi, Delhi-41.
138. Arun Chemicals Udyog, 126, DSIDC, Okhla Indl. Área, Delhi.
139. Productos Shinde Kit, S-92, Badli Indl. Área (SS Kethwaria).
140. S. Paul & Co. K. No. 1231, Rajokari, Dakota del Norte
141. Dal Chand Jajoria, A-24, Keshopur, Tannery Area, Nueva Delhi-18.
142. Dal Chand Maurya, 240, Keshopur, Tannery Area, Nueva Delhi – 18.
143. Satish Kumar, 447, A-16, Keshopur, Área de curtiduría, ND-18.
144. Khirmlar, Sh. Bhagwan Dass, A-31, Keshopur, Área de curtiduría, ND-18.
145. Chetram Dal Chand, A-6, Keshopur, Área de curtiduría, ND-18.
146. Khauji Lal, A-12, Keshopur, Indl. Área, Delhi-18.
147. Prabhu Dayal, A-16, Keshopur, Área de curtiduría, Delhi-18.
148. Raruram, S/o. sh. Gaja Ram, A-30, Keshopur, Curtiduría, Área, ND-

18.
149. Lata Devi, sin. Dal Chand, A/33, Keshopur, Tannery Area, Nueva Delhi.
150. Ramdhan, A-25, Keshopur, Área de curtiduría, ND-18.
151. Sanjay Bright Works, 31, DLF Indl. Área, Kirti Nagar, Dakota del Norte
152. Satpal & Sons, 59/1/7, Johripur Rd., Gokul Puri, Shahdara.
153. Om Prakash Puri & Sons, Johripur, Rd., Shahadra, Delhi.
154. Al-Ahad Leathers Pvt. Limitado. Ltd., K-52/2, Nihal Vihar, Nangloi Jat.
155. Aceites vegetales Hindustan, Corpn. Ltd., Subzi Mandi Delhi-7.
156. Industrias Generales Hindustan, Nangloi, Delhi.
157. Kumar Engg. & Allied Works, B-24, Okhla Indl. Área, Ph-I, Dakota del Norte
158. S. Paul & Co. 25/1/C Anand Parbat, Nueva Delhi – 5.
159. Balco Paint, 16-A, DLF, Área, Delhi.
160. Industria de pinturas Balsons, A-93, Okhla Indl. Área, Ph-II, Nueva Delhi.
161. Vikas Rubber Oil & Chemicals, Mundka, Delhi-41.
162. CR Leather, Resal Garden, Nangloi, Delhi.
163. Varun Dychem, 309, Naya Katra, Chandni Chowk, Delhi.
164. Pritam Singh Hari Singh, 31/1A, calle No.2, área industrial Anand Parbat, Nueva Delhi – 5.
165. Bansal Plywood Industry (P) Ltd., 37, Small Scale Co-operative Industrial Estate Ltd., GT Karnal Road, Delhi-33.
166. Industrias Gupta, 150, GI, opp. Comisaría de policía, casa de descanso, Badarpur, Nueva Delhi – 44
167. Philips Rubber Industries, 299, Gokulpur, Delhi-94.
168. Philips Rubber Industries, 626-627, Loni Road, East Gokulpur, Delhi-94”.

26. Habiendo considerado las 168 industrias antes mencionadas como industrias de categoría "H", no dudamos en sostener que estas industrias no pueden operar en la ciudad de Delhi.

27. Por lo tanto, sostenemos y ordenamos lo siguiente: -

(1) No se puede permitir que las 168 industrias enumeradas anteriormente operen y funcionen en Delhi. Estas industrias pueden reubicarse o trasladarse a cualquier otro polígono industrial de la NCR. Ordenamos que las 168 industrias enumeradas anteriormente dejen de funcionar y operar en la ciudad de Delhi a partir del 30 de noviembre de 1996. Estas industrias cerrarán y dejarán de funcionar en Delhi a partir de dicha fecha.

(2) El Subcomisionado de Policía en cuestión, según nuestras instrucciones, efectuará el cierre de las unidades industriales antes mencionadas con efecto a partir del 30 de noviembre de 1996 y presentará un informe de cumplimiento ante este Tribunal dentro de los 15 días siguientes.

(3) La Junta de Planificación de la Región de la Capital Nacional prestará toda la asistencia a las industrias en el proceso de reubicación. Esta dirección se dirigirá al Consejo a través de su secretario. El Territorio de la Capital Nacional, la Administración de Delhi, a través de su Secretario Principal y Secretario de Industrias, el Estado de Haryana a través de su Secretario Principal y Secretario de Industrias, el Estado de Rajasthan a través de su Secretario Principal y su Secretario, Industrias y el Estado de Uttar Pradesh a través de su Secretario Principal y El Secretario de Industrias proporcionará toda la asistencia, ayuda y facilidades necesarias a las industrias que pretendan trasladarse a los polígonos industriales situados en sus respectivos territorios.
(4) La adjudicación de terrenos, la construcción de edificios de fábricas, etc. y la emisión de licencias/permisos, etc., se acelerarán y otorgarán con carácter prioritario.
(5) Para facilitar el traslado de industrias desde Delhi, los cuatro Estados que constituyen la NCR establecerán una agencia única unificada compuesta por todos los Estados participantes para actuar como agencia nodal para resolver todos los problemas de dichas industrias. Los cuatro Estados crearán la ventanilla única en el plazo de un mes a partir de hoy. Esta dirección a los cuatro Estados se realiza a través de los Secretarios Principales de los Estados interesados. La Secretaría transmitirá esta instrucción por separado a los Secretarios Jefes junto con una copia de esta sentencia. Dejamos claro que no se permitirá más tiempo para establecer la ventanilla única.
(6) El uso del terreno que quedaría disponible a causa del traslado/reubicación de las industrias se permitirá en términos de las órdenes de este Tribunal de fecha 10 de mayo de 1996 en IA 22 en el escrito de petición (C) 4677/ 85.
(7) Las industrias migratorias en su reubicación en los nuevos polígonos industriales recibirán incentivos en los términos de lo dispuesto en el Plan Maestro y también los incentivos que normalmente se extienden a las nuevas industrias en nuevos polígonos industriales.
(8) La orden de cierre con efecto a partir del 30 de noviembre de 1996 será incondicional. Incluso si la reubicación de las industrias no está completa, dejarán de funcionar en Delhi con efecto a partir del 30 de noviembre de 1996.
(9) Los trabajadores empleados en las 168 industrias antes mencionadas tendrán derecho a los derechos y beneficios que se indican a continuación: -
a) Los trabajadores tendrán continuidad de empleo en la nueva localidad y lugar de traslado de la industria. Los términos y condiciones de su empleo no serán alterados en su perjuicio;
(b) El período entre el cierre de la industria en Delhi y su reinicio en el lugar de reubicación se considerará empleo activo y los trabajadores recibirán su salario completo con continuidad en el servicio;
(c) Todos aquellos trabajadores que acepten cambiar de puesto con la industria recibirán un año de salario como “bono de cambio” para ayudarlos a establecerse en la nueva ubicación”.
(d) Los trabajadores empleados en las industrias que no se reubican y los trabajadores que no están dispuestos a trasladarse junto con las industrias reubicadas, se considerarán despedidos con efecto a partir del 30 de noviembre de 1996, siempre que hayan estado en servicio continuo ( tal como se define en la Sección 25B de la Ley de Conflictos Industriales de 1947) durante no menos de un año en las industrias en cuestión antes de dicha fecha. Se les pagará una compensación en términos de la Sección 25-F (b) de la Ley de Conflictos Industriales de 1947. Estos trabajadores también recibirán, además, un año de salario como compensación adicional;
(e) El “bono de desplazamiento” y la compensación pagadera a los trabajadores en términos de esta sentencia deberán ser pagados por la gerencia antes del 31 de diciembre de 1996.
(f) Se pagará además el monto de la gratificación pagadera a cualquier trabajador.
28. Antes de terminar con esta sentencia, podemos abordar brevemente 762 industrias que no respondieron al aviso público publicado en varios periódicos. Estas industrias están incluidas en la lista de 1.226 industrias que se dieron a conocer públicamente mediante su publicación en los periódicos. Estas 762 industrias no presentaron objeciones en respuesta al aviso público. Normalmente, deberían haber sido declaradas industrias de categoría H según el Plan Maestro, pero teniendo en cuenta la totalidad de las circunstancias, nos inclinamos a adoptar una postura indulgente. El Comité ha dejado constancia de una lista de estas 762 industrias. Ordenamos al Comité (Comité de Control de la Contaminación de Delhi) que emita avisos individuales a estas industrias dentro de los diez días siguientes a hoy pidiéndoles que demuestren dentro de los diez días siguientes la causa por la que no se las clasifica como industrias "H". Las objeciones, si las hubiere, serán resueltas por el Comité dentro de los diez días siguientes y el informe indicando la lista de industrias 'H' será presentado ante este Tribunal antes del 20 de agosto de 1996.