India — L. Krishnan c. Estado de Tamil Nadu, WPNo.20186 de 2000 (27/06/2005) (Intrusiones en el almacenamiento natural de agua de Odai Poromboke)

Derecho a... Agua
Recursos hídricos

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EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE LA JUDICATURA DE MADRAS

Fecha: 27/06/2005

coram

El Honorable Sr. MARKANDEY KATJU, JUEZ PRESIDENTE
y
El Honorable Señor Juez FMIBRAHIM KALIFULLA

WPNo.20186 de 2000
y
WPMPNo.29342 de 2000

L. Krishnan … peticionario

-Vs-

1. Estado de Tamil Nadu representado
por su Secretario,
Departamento de Ingresos (Desarrollo de Tierras)
Fuerte San Jorge,
Madrás – 600 009.

2. El Comisionado Especial y
Comisionado de Administración de Tierras,
Chepauk, Chennai – 600 005.

3. El recaudador del distrito
Distrito de Villupuram,
Villupuram.

4. El Tahsildar,
Kallakurichi Taluk,
Kallakurichi,
Distrito de Villupuram.

5. El Oficial Administrativo de la Aldea,
Correo de Thatchur,
Kallakurichi Taluk,
Distrito de Villupuram – 606202.

6. Señor Govida Naicker
7. Sr. Muthusamy
8. Sr. Chinnasamy
9. Sr. L. Maya Krishnan
10. Sr. Ganesh Gounder
11. Pariyammal
12. L. Sekhar... Encuestados

Oración: Esta petición judicial se presenta en virtud del artículo 227 de la Constitución para ordenar a los encuestados 1 a 5 que eliminen la invasión realizada por los encuestados 6 a 12 en la tierra de Kodi Poromboke en Iyan Punjai Survey No.100/1, No.247, Thatchur. Pueblo, Kallakurichi Taluk, distrito de Villupuram, que mide 5 acres y 70 centavos.

!Por el apelante ::: Sr.E.Vijay Anand

^Para los encuestados
1 a 5 ::: Sr.V.Raghupathy
Defensor del gobierno

:ORDEN
FMIBRAHIM KALIFULLA,J

Se trata de un litigio de interés público, en el que el peticionario solicita instrucciones contra los encuestados 1 a 5 para eliminar las usurpaciones realizadas por los encuestados 6 a 12 en Odai Poromboke en la encuesta Iyan Punji No.100/1 en el No.247, Tatchur Village. Kallakurichi Taluk, distrito de Villupuram, mide 5 acres y 70 centavos.

2. De hecho, en una ocasión anterior, el peticionario acudió a este Tribunal en el documento WPNo.9562 de 1998, en el que la Primera Sala de este Tribunal dictó una orden de fecha 13.7.1998 disponiendo de la petición de auto, dando libertad al peticionario para acudir al mismo mismos encuestados 1 a 5 para la eliminación de la invasión. En dicha orden, se ordenó al recaudador y al Tahsildar, es decir, a los demandados 3 y 4, que decidieran la representación aprobando una orden de palabra en el plazo de un mes y también informaran de la misma al peticionario.

3. Esta vez, cuando se llevó el asunto a la audiencia, el abogado experto que compareció en nombre del sexto demandado nos informó que el cuarto demandado, a saber, Tahsildar, había llevado a cabo una investigación después de las órdenes de este Tribunal mencionadas anteriormente y que también presentó su informe el 10.12.2004 y se nos entregó una copia de dicho informe. Al examinar dicho informe, encontramos que la investigación realizada por el cuarto demandado ha puesto de manifiesto el hecho de que no sólo los demandados 6 a 12 sino también el peticionario han invadido Odai Poromboke. El Tahsildar finalmente informó que todas las usurpaciones, incluida la del peticionario, pueden eliminarse tomando las medidas necesarias en virtud de la Ley de Invasión de Tierras de Tamil Nadu.

4. Constatamos también que el terreno en cuestión ha sido clasificado como "Odai Poromboke" en los registros de ingresos. Aunque se basa en el informe del Tahsildar de fecha 10 de diciembre de 2004, esta petición de auto puede resolverse sumariamente ordenando al tercer demandado que tome las medidas necesarias para eliminar las usurpaciones. Consideramos apropiado aprobar esta orden y dar otras instrucciones al gobierno del primer estado demandado para que haga un estudio general de todas esas invasiones con respecto a las tierras que han sido clasificadas como tierras destinadas al almacenamiento de agua (es decir, estanques, tanques, lagos, etc.). Somos de la opinión de que en el contexto actual, es necesario que el Estado adopte esa medida para mejorar las instalaciones de almacenamiento de agua existentes en este Estado, ya que en muchas partes de Tamil Nadu la población sufre una grave escasez de agua. agua.

5. Desde tiempos inmemoriales los habitantes de nuestro País han utilizado estanques, tanques y lagos, especialmente en las zonas rurales, para recoger el agua de lluvia y utilizarla con diversos fines. Por lo tanto, esos estanques, tanques y lagos han sido una parte esencial de los recursos naturales del pueblo. Sin embargo, en los últimos años estos han sido invadidos ilegalmente en muchos lugares por personas sin escrúpulos que han construido allí sus construcciones o las han desviado para otros usos. Esto ha tenido un efecto adverso en la vida de la gente.

6. También es relevante señalar que día tras día, muchas de estas peticiones se presentan a modo de "litigio de interés público" alegando usurpaciones de estanques/tanques/lagos/porambokes odai, etc. en diferentes partes de este Estado, más particularmente en los pueblos. Teniendo en cuenta la grave escasez de agua que prevalece en el estado de Tamil Nadu en su conjunto, creemos que ha llegado el momento en que el Estado tiene que tomar algunas medidas definitivas para restaurar los tanques, estanques y lagos de almacenamiento de agua que ya están marcados, como se reveló. en los registros de ingresos a su estado original como parte de su plan de recolección de agua de lluvia. También tomamos conocimiento judicial de la acción iniciada por el Gobierno del Estado al implementar el plan de recolección de agua como un programa con plazos determinados para garantizar que la frecuente escasez aguda de agua que prevalece en este Estado se resuelva como una medida de largo plazo. De hecho, las clasificaciones como Ooranis, Odais y Lagos en los registros de ingresos son todas áreas identificadas en las aldeas donde se almacena el agua de lluvia, lo que permite a los aldeanos locales utilizarla para diversos fines durante todo el año, ya que la mayor parte del estado dependen únicamente de las lluvias estacionales tanto para las operaciones agrícolas como para otras necesidades de agua. Por lo tanto, es imperativo que el Gobierno del Estado mantenga los recursos naturales que proporcionan instalaciones de almacenamiento de agua tomando todas las medidas posibles, tanto tomando medidas preventivas como eliminando las invasiones ilegales.

7. En este contexto, será apropiado hacer referencia a la sentencia de la Honorable Corte Suprema informada en Hinch Lal Tiwari v. Kamala Devi y otros, AIR 2001 SC 3215. Los párrafos 12 y 13 son relevantes para nuestro presente propósito, que lea como sigue: –
12. Sobre esta conclusión, en nuestra opinión, el Tribunal Superior debería haber confirmado
la orden del Comisario. Sin embargo, procedió a considerar que considerando
Según dicho informe, sólo se pudo asignar la superficie de 10 biswas y el resto
cinco biswas de tierra que todavía tienen el carácter de un estanque, no podrían ser
asignado. En nuestra opinión, resulta difícil sostener el auto impugnado del
Suprema Corte. Hay hallazgos simultáneos de que existe un estanque y el área
cubierto por él varía en la temporada de lluvias. En tal caso, ninguna parte de él podría
han sido asignados a cualquier persona para la construcción de viviendas o cualquier afín
propósitos.

13. Es importante señalar que los recursos materiales de la comunidad
como bosques, tanques, estanques, montículos, montañas, etc., son bienes de la naturaleza.
Mantienen un delicado equilibrio ecológico. Necesitan ser protegidos por un
entorno adecuado y saludable que permita a las personas disfrutar de una vida de calidad
que es la esencia del derecho garantizado en virtud del artículo 21 de la
Constitución. El Gobierno, incluidas las autoridades tributarias, es decir
Los encuestados 11 a 13, habiendo notado que un estanque está cayendo en desuso, ¿deberían
han prestado su atención para desarrollar lo mismo que, por un lado,
han evitado desastres ecológicos y, por otro, han proporcionado mejores
medio ambiente en beneficio del público en general. Tal vigilia es la mejor.
protección contra intentos maliciosos de buscar adjudicaciones en sitios que no son abadi”.

8. De la lectura de los pasajes antes referidos de dicha Sentencia se desprende que
El esfuerzo del Estado debe ser proteger los recursos materiales como
bosques, tanques, estanques, montículo, montaña, etc., con el fin de mantener el
Balance ecológico. La Honorable Corte Suprema ha resaltado que tales
El mantenimiento del equilibrio ecológico allanaría el camino para proporcionar alimentos saludables.
ambiente que permita a las personas disfrutar de una vida de calidad que sea
esencia del derecho garantizado por el artículo 21 de la Constitución. Mientras
Por un lado, el Estado está obligado a mantener los recursos naturales con una
objetivo de mantener intacto el equilibrio ecológico y así proporcionar un entorno saludable
medio ambiente para el público en general en el estado de Tamil Nadu, teniendo en cuenta
debido a la precaria situación hídrica que prevalece durante la mayor parte del año,
Es imperativo que los recursos de almacenamiento de agua mencionados, como tanques, odais,
Los invasores no destruyen los oornis, canales, etc.

9. A este respecto cabe hacer referencia al artículo 48A del
Constitución que establece: –
“Protección y mejora del medio ambiente y salvaguardia de los bosques y
vida silvestre: – El Estado se esforzará por proteger y mejorar el medio ambiente
y salvaguardar los bosques y la vida silvestre del país”.

10. Sin duda la disposición anterior se encuentra en los Principios Rectores de
Política de Estado, pero ahora está bien establecido que los derechos fundamentales y
Los principios rectores deben leerse juntos, ya que se ha mencionado en
Artículo 37 que los principios establecidos en los Principios Directivos son
fundamental en la gobernancia del país y es deber del Estado
aplicar estos principios al elaborar leyes. Los Principios Directivos encarnan la
finalidad y objeto del Estado según una Constitución republicana, es decir, que es
un Estado de bienestar y no un mero Estado policial, véase Kesavananda Bharati vs.
Estado de Kerala, (197 3) 4 SCC 225 (vide párrafos – 134, 139 y 1714) y
encarna el ideal de justicia socioeconómica, véase Unión de la India vs.
Corporación de Desarrollo Hindustan, AIR 1994 SC 988 (990).

11. Aunque las primeras decisiones de la Corte Suprema pagaron
atención comparativamente escasa a los Principios Directivos en la Parte - IV del
Constitución, ya que se decía que no eran justiciables ni ejecutables en el
Tribunales (ver artículo 37), las decisiones posteriores de la Corte Suprema
Cambió esta tendencia y esta nueva tendencia alcanzó su culminación en los 13 miembros.
Sentencia del Tribunal Supremo en el caso Kesavananda Bharati (supra),
que estableció que no hay discordia entre los principios directivos
y derechos fundamentales porque se complementan mutuamente al apuntar al
mismo objetivo de provocar una revolución social y el establecimiento de una
Estado de bienestar, previsto en el Preámbulo de la Constitución. El
La Constitución apunta a una síntesis de ambos, y los Principios Rectores
constituyen “la conciencia de la Constitución”. Juntos forman el núcleo
de la Constitución, vide Markandeya, V. Vs. Estado de AP, AIR 1989 SC 1308
(párrafo – 9). No son excluyentes, sino complementarios entre sí.
otro, véase Unnikrishnan, JP vs. Estado de AP, AIR 199 3 SC 2178.
Por lo tanto, los tribunales deben respetar, en la medida de lo posible,
legislación promulgada por el Estado que busca eliminar las desigualdades y alcanzar
`justicia distributiva`, vide, Lingappa Pochanna Appealwar vs. Estado de
Maharashtra, AIR 1985 SC 389 (párrafos 1, 6 y 20), Manchegowda vs. Estado
de Karnataka, AIR 1984 SC 1151, Fateh Chand Himmatlal vs. Estado de
Maharashtra, AIR 1977 SC 1825, etc. En decisiones recientes la Corte Suprema ha
estado emitiendo diversas instrucciones al Gobierno y a la administración
autoridades a tomar medidas positivas para eliminar los agravios que han sido
causado por la no implementación de los Principios Directivos, vide Contraloría y
Auditor General de la India vs. Jagannathan, AIR 1987 SC 537 (párrafos 20-21),
Mukesh Advani vs. Estado de MP, AIR 1985 SC 1363, Bandhua Mukti Morcha Vs.
Unión de la India, AIR 1984 SC 802, Fondo de Defensa Legal Animal y Ambiental vs.
Unión de la India, (1997) 3 SCC 549, etc.

12. Aparte de lo anterior, también podemos referirnos al artículo 51A(g) de la
Constitución que establece como deber fundamental de todo ciudadano “proteger
y mejorar el entorno natural, incluidos bosques, lagos, ríos y zonas silvestres.
vida". Este deber puede ser hecho cumplir por el Tribunal, ver Animal and Environment
Fondo de Defensa Legal Vs. Unión de la India (supra, vide párr. 15).

13. En MCMehta vs. Unión de la India, (1997) 3 SCC 715 (vide párrafo – 1
0) la Corte Suprema observó:-
“Los artículos 21, 47, 48-A y 51-A(g) de la Constitución de la India dan una
mandato claro al Estado para proteger y mejorar el medio ambiente y
salvaguardar los bosques y la vida silvestre del país. Es deber de cada
ciudadano de la India para proteger y mejorar el medio ambiente natural, incluido
bosques, lagos, ríos y vida silvestre y tener compasión por vivir
criaturas. El “Principio de Precaución” hace obligatorio para el Estado
Gobierno para anticipar, prevenir y atacar la causa del medio ambiente
degradación. No dudamos en sostener que para proteger la
dos lagos de la degradación ambiental es necesario limitar la
actividad de construcción en las proximidades de los lagos.

14. Por lo tanto, indicamos a los encuestados 1 a 5 que tomen las medidas necesarias
medidas legales para eliminar las supuestas usurpaciones realizadas por los demandados 6 a
12, así como el peticionario sobre Odai Poramboke en la encuesta Iyan Punji No.100/1
en el número 247, aldea de Tatchur, Kallakurichi Taluk, distrito de Villupuram, midiendo
5 acres y 70 centavos. Dado que esta petición de escrito ha llegado ante nosotros por
vía de un litigio de interés público, aprovechamos esta oportunidad para dirigir la
Gobierno del Estado para identificar todos esos recursos hídricos naturales en diferentes
partes del Estado y dondequiera que se encuentren invasiones ilegales, iniciar
medidas apropiadas de conformidad con las disposiciones pertinentes de la ley para
restaurar los recursos naturales de almacenamiento de agua que han sido clasificados como
tal en los registros de ingresos a su posición original para que el sufrimiento de
la población del Estado debido a la escasez de agua se mejora.

15. La petición de auto se resuelve con las instrucciones anteriores. No
costos. En consecuencia, el WPMP está cerrado.

Índice: Sí
Internet: Sí

pv/

Copiar a:

1. Estado de Tamil Nadu representado
por su Secretario,
Departamento de Ingresos (Desarrollo de Tierras)
Fuerte San Jorge,
Madrás – 600 009.

2. El Comisionado Especial y
Comisionado de Administración de Tierras,
Chepauk, Chennai – 600 005.

3. El recaudador del distrito
Distrito de Villupuram,
Villupuram.

4. El Tahsildar,
Kallakurichi Taluk,
Kallakurichi,
Distrito de Villupuram.

5. El Oficial Administrativo de la Aldea,
Correo de Thatchur,
Kallakurichi Taluk,
Distrito de Villupuram – 606202.