Foro, Prevención de la contaminación ambiental y acústica contra la Unión de la India y Anv., núm. 21851/03 (18 de julio de 2005) (contaminación acústica)

Aire contaminado Ruido

NO CASO.:
Petición de Auto (civil) 72 de 1998

PETICIONARIO:
In Re: Contaminación acústica Restringir el uso de altavoces

DEMANDADO:
…………….

FECHA DE SENTENCIA: 18/07/2005

BANCO:
CJI RC LAHOTI & ASHOK BHAN

JUICIO:
JUICIO
Implementación de las Leyes para restringir el uso de altavoces y alto volumen
produciendo sistemas de sonido
CON

RECURSO CIVIL NO. DE 2005
[Surgiendo de la SLP (C) N° 21851/2003]
Foro, Prevención del Envn. y Contaminación Sonora Apelante

Versus

Unión de la India y otros encuestados

RC Lahoti, CJI

Estos dos asuntos que tenemos ante nosotros plantean ciertas cuestiones de implicaciones de gran alcance en la vida cotidiana de la población de la India en relación con la contaminación acústica y el derecho a la vida consagrado en el artículo 21 de la Constitución tal como se interpreta en su amplio alcance. por los tribunales constitucionales del país. Aunque al principio se planteó una queja limitada, varios interventores y solicitudes interlocutorias mejoraron el alcance de la audiencia y los casos se escucharon en una perspectiva muy amplia centrada en el artículo 21 de la Constitución. También se han abordado varias cuestiones asociadas e incidentales.

Hechos en WP(C) No.72/98 CWP No. 72/98 está presentado por Shri Anil K. Mittal, un ingeniero de profesión que se presenta ante el Tribunal pro bono público. La provocación inmediata para presentar la petición fue que una niña de 13 años era víctima de violación (según lo informado en los periódicos del 3 de enero de 1998). Sus gritos de ayuda se hundieron y no fueron escuchados debido al ruido de la música a todo volumen por los altavoces en el vecindario. La niña víctima, más tarde esa noche, se prendió fuego y murió a causa de quemaduras 100%. La petición se queja del ruido creado por el uso de altavoces en actuaciones religiosas o canto de bhajans y similares en localidades comerciales concurridas en los días libres semanales. Se utilizan sistemas de audio de alta fidelidad de la mejor calidad. El espacio abierto, destinado a las escuelas de la localidad, se alquila para eventos matrimoniales y fiestas en las que se celebra diversión con amplificadores y altavoces de alta fidelidad sin tener en cuenta los horarios. Los residentes modernos de la localidad organizan fiestas en las terrazas para socializar y utilizan en abundancia sistemas estéreo de alta capacidad. Estos son algunos casos de contaminación acústica generados para disgusto de los estudiantes que toman exámenes, a quienes les resulta absolutamente difícil concentrarse en sus estudios antes y durante los exámenes. Los contaminadores acústicos no tienen en cuenta las molestias y el malestar de las personas de los alrededores. La contaminación acústica ha tenido víctimas en el pasado y sigue teniendo víctimas también en la actualidad. El peticionario pretende invocar la competencia procesal de este Tribunal para que en el futuro no haya víctimas de la contaminación acústica. La oración principal es que se ordene que se apliquen rigurosamente las leyes existentes para restringir el uso de altavoces y otros sistemas de audio y video que producen ruido de alto volumen.

Hechos en CA No. de 2005 (que surgen de SLP(C)
N°21851/03)

Licencia concedida.

El Gobierno de la India elaboró y publicó las Normas de regulación y control de la contaminación acústica de 1999. El 11 de octubre de 2002, el Gobierno de la India introdujo una enmienda a las Normas. La enmienda facultó al Gobierno del Estado para permitir el uso de altavoces o sistemas de megafonía durante las horas nocturnas (entre
22:00 y 24:00 horas) en o durante ocasiones culturales o religiosas por un período limitado que no exceda los 15 días. Los defectos de esta enmienda fueron cuestionados por el apelante al afirmar que la disposición no va acompañada de ninguna directriz y puede ser utilizada indebidamente hasta tal punto que el propósito detrás de la promulgación de las Reglas en sí puede verse frustrado. El Tribunal Superior de Kerala consideró que la petición carecía de fundamento y ordenó que se desestimara. Sintiéndose agraviado, se ha presentado esta petición mediante licencia especial.

La petición de permiso especial y, en particular, la petición de auto plantean cuestiones de amplias dimensiones relacionadas con la contaminación acústica y sus implicaciones. Tomando conocimiento de los asuntos como litigio de interés público, el Tribunal, en su orden de fecha 4 de junio de 1998, ordenó que el título de la causa de la petición presentada por Shri Anil Kumar Mittal se modificara como “In re. Contaminación Acústica Implementación de las Leyes para Restringir la Voz de los Altavoces y Sistemas de Sonido de Alto Volumen”. El Tribunal también nombró a Shri Jitender Sharma, abogado principal, y a Shri Pankaj Kalra, abogado, para que comparecieran como Amicus Curiae. Ambos letrados estuvieron presentes en el Tribunal y aceptaron el encargo. Lamentablemente, el abogado de Shri Pankaj Kalra expiró durante la tramitación del procedimiento. Shri Sandeep Narayan, abogado, compareció en su lugar y asistió al tribunal.

La Unión de la India y la Junta Central de Control de la Contaminación no se han opuesto a la oración hecha en la petición judicial y en la apelación y más bien han apoyado al peticionario. La Junta Central de Control de la Contaminación ha aportado valiosas aportaciones en forma de alegatos, publicaciones auténticas, documentos de investigación y otros artículos. La Unión de la India, si bien no se opone a la solución solicitada por el peticionario, ha señalado varias dificultades prácticas para regular completamente y, cuando sea necesario, eliminar la contaminación acústica.

Aunque, como ya hemos señalado, el alcance de la audiencia en estos asuntos ha sido muy amplio, el principal impulso del peticionario y del erudito Amicus se ha dirigido hacia el ruido creado por petardos, altavoces utilizados por partidos políticos, en lugares religiosos. y en ocasiones o festivales religiosos y sociales.
Hindu Bokta Jana Sabai, la Asociación de Fabricantes de Fuegos Artificiales y Amorces de Tamil Nadu, la Sociedad Universal Performance, la Federación de Asociaciones de Fuegos Artificiales de toda la India, la Asociación de Fabricantes de Fuegos Artificiales de la India y algunas personas han solicitado intervenciones. No es necesario fijarse detalladamente en el contenido de las solicitudes de intervención. Baste decir que las soluciones solicitadas en las solicitudes son contradictorias. Algunos de los intervinientes han buscado:
i) se prohíbe el ruido creado por las bocinas de los motores, las bocinas de presión de los automóviles, los altavoces, las abolladuras de la pintura de los automóviles, en particular, en zonas residenciales y en locales no autorizados; (ii) el uso de altavoces en lugares religiosos como templos, mezquitas, iglesias, gurudwaras y otros lugares está siendo descontinuado o al menos regulado; (iii) los petardos explotan durante el festival de Diwali y en otras ocasiones con fines de diversión o alegría, estando completamente prohibidos si el ruido generado excede ciertos decibelios y estando regulados de manera que impidan estallar durante las horas de la noche.

Otro grupo de interventores busca reparaciones similares:
(i) conceder una exención a favor del estallido de petardos en o durante festivales sin tener en cuenta el límite de tiempo, ya que dicho estallido de petardos está asociado con la celebración de ceremonias relacionadas con la religión u ocasiones sociales; (ii) establecer un mecanismo para regular la fabricación misma de petardos, de modo que se pueda evitar que aquellos que aumentan injustificadamente la contaminación acústica entren en los mercados y hagan el juego a la gente.

Es obvio que durante el transcurso de la audiencia se amplió el alcance y se abordó al Tribunal sobre muchas cuestiones desde muchos ángulos.

El artículo 21 de la Constitución garantiza la vida y la libertad personal a todas las personas. Está bien establecido por repetidos pronunciamientos de este Tribunal, así como también de los Tribunales Superiores, que el derecho a la vida consagrado en el artículo 21 no es de mera supervivencia o existencia. Garantiza el derecho de las personas a una vida con dignidad humana. En él se incluyen todos los aspectos de la vida que hacen que la vida de una persona sea significativa, completa y digna de ser vivida. La vida humana tiene su encanto y no hay razón por la que no deba disfrutarse junto con todos los placeres permisibles. Cualquiera que desee vivir en paz, comodidad y tranquilidad dentro de su casa tiene derecho a impedir que le llegue el ruido como contaminante. Nadie puede reclamar el derecho de crear ruido, ni siquiera en sus propias instalaciones, que se extienda más allá de su recinto y cause molestias a los vecinos u otras personas. Cualquier ruido que tenga el efecto de interferir materialmente con las comodidades ordinarias de la vida, juzgadas según el estándar de un hombre razonable, es una molestia. Cómo y cuándo una molestia creada por el ruido se vuelve procesable debe responderse en referencia a su grado y las circunstancias circundantes, el lugar y el momento.

Quienes hacen ruido suelen refugiarse detrás del artículo
19(1)A abogando por la libertad de expresión y el derecho a la expresión.
Sin duda, la libertad de expresión y el derecho a la expresión son derechos fundamentales pero no son absolutos. Nadie puede reclamar el derecho fundamental a crear ruido amplificando el sonido de su discurso con la ayuda de altavoces. Si bien uno tiene derecho a hablar, otros tienen derecho a escuchar o negarse a escuchar. Nadie puede ser obligado a escuchar y nadie puede afirmar que tiene derecho a hacer que su voz traspase los oídos o la mente de los demás. Nadie puede entregarse a la agresión auditiva. Si alguien aumenta el volumen de su discurso, y además con la ayuda de dispositivos artificiales, para obligar a personas que no lo desean a escuchar un ruido elevado a niveles desagradables o desagradables, entonces la persona que habla está violando el derecho de los demás a una vida pacífica, cómoda y contaminada. -vida libre garantizada por el artículo 21. El artículo 19(1)A no puede utilizarse para derrotar el derecho fundamental garantizado por el artículo 21. No necesitamos insistir más en este aspecto. Se nos han comunicado dos decisiones a este respecto dictadas por Tribunales Superiores en las que se ha confirmado el derecho a vivir en una atmósfera libre de contaminación acústica como el que garantiza el artículo 21 de la Constitución. Estas decisiones son la Célula de Asistencia Legal Gratuita Shri Sugan Chand Aggarwal alias Bhagatji v. Govt. de NCT de Delhi y otros, AIR (2001) Delhi 455 (DB) y PA Jacob v. Superintendent of Police, Kottayam, AIR (1993) Kerala 1. Hemos analizado detenidamente el razonamiento adoptado en las dos decisiones y el principio de ley que en él se establece, en particular, la exposición del artículo 21 de la Constitución. Estamos totalmente de acuerdo con ello.

Los presentes casos brindan la oportunidad de examinar varias cuestiones, como por ejemplo, ¿qué es el ruido? ¿Cuáles son sus efectos adversos? ¿La contaminación acústica entra en conflicto con los derechos fundamentales de las personas? ¿Y qué alivio se puede permitir mediante instrucciones dictadas en interés público?

Ruido ¿Qué es?

La palabra ruido deriva del término latino “náuseas”. Se ha definido como “un sonido no deseado, un peligro potencial para la salud y las comunicaciones vertido al medio ambiente por el efecto adverso que puede tener en los oídos no deseados”.

El ruido se define como sonido no deseado. El sonido que agrada a los oyentes es música y el que causa dolor y molestia es ruido. A veces, lo que para unos es música puede ser ruido para otros.

Sección 2(a) del Aire (Prevención y Control de la Contaminación)
La Ley de 1981 incluye el ruido en la definición de "contaminante del aire".

Sección 2(a) “contaminante del aire” significa cualquier sustancia sólida, líquida o gaseosa, incluido el ruido, presente en la atmósfera en una concentración tal que pueda ser o tienda a ser perjudicial para los seres humanos u otras criaturas vivientes, plantas, propiedades o el medio ambiente.

Según la Encyclopaedia Britannica: “En acústica se define ruido como cualquier sonido no deseado”.

Según el Diccionario Chambers del siglo XX, ruido significa sonido especialmente fuerte, áspero o confuso; un sonido de cualquier tipo; un sonido demasiado fuerte o perturbador; conversación frecuente o pública.

En el Diccionario Chambers 21st Century, la definición de ruido ha sufrido un cambio. La contaminación acústica se destaca como una frase separada del ruido. Los dos se definen como en:

“Ruido un sonido; un sonido áspero y desagradable, o un sonido similar; un estrépito. contaminación un grado excesivo o molesto de ruido en un área particular, por ejemplo, proveniente del tráfico o de los motores de los aviones”.

“Contaminación” es un sustantivo derivado del verbo “contaminar”. Sección
2(c) de la Ley (Protección) del Medio Ambiente de 1986 define "contaminación ambiental" como la presencia en el medio ambiente de cualquier contaminante ambiental. El artículo 2 (b) de dicha Ley define "contaminante ambiental" como cualquier sustancia sólida, líquida o gaseosa presente en una concentración tal que pueda ser o tienda a ser perjudicial para el medio ambiente.
Así, la perturbación producida en nuestro entorno por el sonido indeseable de diversa índole se denomina “contaminación acústica”.

II El ruido como molestia y peligro para la salud El ruido es algo más que una simple molestia. Constituye un peligro real y presente para la salud de las personas. Día y noche, en casa, en el trabajo y en el juego, el ruido puede producir un estrés físico y psicológico grave. Nadie es inmune a este estrés. Aunque parece que nos adaptamos al ruido ignorándolo, el oído, de hecho, nunca se cierra y el cuerpo aún responde, a veces con extrema tensión, como a un sonido extraño en la noche.

El ruido es un tipo de contaminación atmosférica. Es un enemigo público oscuro cuya creciente amenaza ha aumentado en la era moderna de industrialización y avance tecnológico. Aunque un sonido suave y rítmico en forma de música y danza estimula la actividad cerebral, elimina el aburrimiento y la fatiga, su exceso puede resultar perjudicial para los seres vivos. Las investigaciones han demostrado que un ruido fuerte durante las horas punta de comercialización genera cansancio, irritación y perjudica la actividad cerebral, reduciendo así la capacidad de pensar y trabajar. Anteriormente, la contaminación acústica se limitaba a unas pocas áreas especiales como fábricas o molinos, pero hoy envuelve todos los rincones del mundo y alcanza su punto máximo en las áreas urbanas. Las industrias, los automóviles, las locomotoras, los aviones, las radios, los altavoces, los magnetófonos, los vendedores de lotería, los vendedores ambulantes, los cantantes pop, etc., son los principales contaminantes de los oídos de la zona de la ciudad y de su mercado. El ruido regular de los motores y el sonido intermitente de las bocinas que emanan de la caravana de automóviles no nos permiten ningún respiro ante los ruidos irritantes, incluso en las zonas suburbanas.

En la actualidad, el ruido se ha convertido en uno de los principales contaminantes y tiene graves efectos sobre la salud humana. Los efectos del ruido dependen del tono del sonido, su frecuencia y patrón de tiempo y la duración de la exposición. El ruido tiene efectos tanto auditivos como no auditivos dependiendo de la intensidad y la duración del nivel de ruido. Afecta el sueño, la audición, la comunicación, la salud física y mental. Incluso puede llevar a la locura de la gente.

Sin embargo, los ruidos melodiosos, ya sean naturales o provocados por el hombre, no siempre pueden considerarse factores que conduzcan a la contaminación.

El ruido puede perturbar nuestro trabajo, descanso, sueño y comunicación.
Puede dañar nuestra audición y provocar otras reacciones psicológicas y posiblemente patológicas. Sin embargo, debido a la complejidad, la variabilidad y la interacción del ruido con otros factores ambientales, los efectos adversos del ruido para la salud no se prestan a un análisis sencillo.

Pérdida de audición “La sordera, al igual que la pobreza, atrofia y adormece a sus víctimas”, dice Helen Keller. La pérdida de audición puede ser temporal o permanente.
El cambio de umbral temporal inducido por ruido (NITTS) es una pérdida temporal de agudeza auditiva que se experimenta después de una exposición relativamente corta a un ruido excesivo. La audición previa a la exposición se recupera con bastante rapidez una vez que cesa el ruido. El cambio de umbral permanente inducido por ruido (NIPTS) es una pérdida irreversible de audición causada por una exposición prolongada al ruido. Ambos tipos de pérdida, junto con la presbiacusia, la discapacidad auditiva permanente atribuible al proceso natural de envejecimiento, pueden experimentarse simultáneamente.

Los NIPTS se producen normalmente a altas frecuencias, normalmente con una pérdida máxima de alrededor de 4000 Hz. Actualmente se acepta que el riesgo de pérdida auditiva es insignificante con niveles de exposición al ruido inferiores a 75 dB(A) Leq (8 horas). Con base en juicios nacionales sobre el riesgo aceptable, muchos países han adoptado límites de exposición al ruido industrial de 85 dB(A) +5 dB(A) en sus regulaciones y prácticas recomendadas. [NB-Hz. es la abreviatura de Hertz que es la unidad de frecuencia, igual a un ciclo por segundo. Hercios (Hz)
es el nombre, por acuerdo internacional, para el número de repeticiones de variaciones de presión similares por segundo de tiempo; esta unidad de frecuencia se llamaba anteriormente “ciclos por segundo” (cps o c/s)].

Interferencia con la comunicación La interferencia del ruido con la comunicación verbal es un proceso en el que uno de dos sonidos simultáneos hace que el otro sea inaudible. Un aspecto importante de la interferencia de la comunicación en situaciones ocupacionales es que el hecho de que los trabajadores no escuchen las señales de advertencia o los gritos puede provocar lesiones. En oficinas, escuelas y hogares, las interferencias en el habla son una importante fuente de molestias.

Alteración del sueño.

La intrusión de ruido puede causar dificultad para conciliar el sueño y puede despertar a las personas que están dormidas.

Molestia La molestia por ruido puede definirse como un sentimiento de disgusto provocado por el ruido. La capacidad de un ruido para inducir molestias depende de muchas de sus características físicas y de sus variaciones con el tiempo. Sin embargo, las reacciones de molestia son sensibles a muchos factores no acústicos de naturaleza social, psicológica o económica y existen diferencias considerables en las reacciones individuales ante un mismo ruido.

Efecto sobre el rendimiento El ruido puede cambiar el estado de alerta de un individuo y puede aumentar o disminuir la eficiencia. El ruido no siempre degrada la realización de tareas que implican actividades motoras o monótonas. En el otro extremo, las actividades mentales que implican vigilancia, recopilación de información y procesos analíticos parecen ser particularmente sensibles al ruido.

Efectos fisiológicos Se ha determinado que el ruido tiene un efecto explícito sobre los vasos sanguíneos, especialmente los más pequeños conocidos como precapilares.
En general, el ruido estrecha estos vasos sanguíneos. El ruido hace que los vasos sanguíneos periféricos de los dedos de los pies, las manos, la piel y los órganos abdominales se contraigan, disminuyendo así la cantidad de sangre que normalmente llega a estas zonas.

Las posibles manifestaciones clínicas de estrés concomitantes con el ruido son: (i) respuesta galvánica de la piel, (ii) aumento de la actividad relacionada con la formación de úlceras, (iii) cambios en la motilidad intestinal, (iv) cambios en la tensión del músculo esquelético, (v) respuesta subjetiva de irritabilidad. percepción del volumen, (vi) aumento de azúcar, colesterol y adrenalina, (vii) cambios en la frecuencia cardíaca, (viii) aumento de la presión arterial, (ix) aumento de las hormonas suprarrenales, (x) vasoconstricción. No sólo puede haber consecuencias nocivas para la salud durante el estado de alerta, sino que las investigaciones también sugieren que pueden ocurrir efectos cuando el cuerpo está inconsciente o dormido. (Fuente; MANUAL DE EFECTOS DEL RUIDO, Referencia documental sobre los efectos del ruido en la salud y el bienestar, elaborado por la Oficina del Asistente Científico, Oficina de Reducción y Control del Ruido, Agencia de Protección Ambiental de EE. UU., octubre de 1979, revisado en julio de 1981)

Las investigaciones han revelado que los vasos sanguíneos que alimentan el cerebro se dilatan en presencia de ruido. Esta es la razón por la cual los dolores de cabeza resultan de escuchar un ruido alto y persistente.

También se han realizado estudios de campo en varios otros grupos, como personas que viven cerca de aeropuertos y escolares expuestos al ruido del tráfico, lo que demuestra que puede haber algún riesgo para estas personas. Además, estudios de laboratorio en animales y humanos han demostrado una relación entre el ruido y la presión arterial alta. Otros estudios han demostrado que el ruido puede provocar ataques cardíacos.

El ruido crónico prolongado también puede producir úlceras de estómago, ya que puede reducir el flujo de jugo gástrico y cambiar su acidez.

¿Con qué otros efectos del estrés se puede asociar el ruido?

El estrés puede manifestarse de diversas formas, incluidos dolores de cabeza, irritabilidad, insomnio, trastornos digestivos y trastornos psicológicos. Los trabajadores que están expuestos a un ruido excesivo con frecuencia se quejan de que el ruido simplemente los cansa.

Se han realizado bastantes estudios de campo sobre trabajadores en Europa, examinando la relación entre el ruido y la enfermedad. En estos estudios el ruido se ha relacionado con lo siguiente:

Morbilidad general (enfermedad); Alteraciones neuropsicológicas___
Dolores de cabeza, fatiga, insomnio, irritabilidad, neuroticismo; Trastornos del sistema cardiovascular___ Hipertensión, hipotensión, enfermedad cardíaca; Trastornos digestivos___ Úlceras, Colitis; Trastornos endocrinos y bioquímicos; El ruido y el no nacido.

Existe amplia evidencia de que el ambiente influye en la configuración del físico, el comportamiento y la función de los animales, incluidos los hombres, desde la concepción y no simplemente desde el nacimiento. El feto es capaz de percibir sonidos y responder a ellos mediante actividad motora y cambios en la frecuencia cardíaca.

Efectos especiales sobre el feto, los niños y las personas en general. El feto no está completamente protegido del ruido. El ruido puede amenazar el desarrollo fetal. El ruido se ha relacionado con el bajo peso al nacer. Los niveles de ruido que no interfieren con la percepción del habla de los adultos pueden interferir significativamente con la percepción del habla de los niños, así como con la adquisición del habla, el lenguaje y las habilidades relacionadas con el lenguaje. Como recién están aprendiendo, los niños tienen más dificultades que los adultos para comprender el lenguaje en presencia de ruido. La capacidad de lectura también puede verse seriamente afectada por el ruido. Aparte de los niños, la contaminación acústica provoca varios efectos adversos en los seres humanos en general.
Algunos de estos son: (i) pérdida de audición, (ii) respuesta fisiológica no auditiva como estrés, respuesta de excitación, efectos cardiovasculares, etc., (iii) interferencia en la comunicación, (iv) interferencia en el rendimiento y (v) alteración del sueño, etc. .

III Fuentes de contaminación acústica.

La contaminación acústica, como otros contaminantes, también es un subproducto de la industrialización, la urbanización y la civilización moderna.

En términos generales, la contaminación acústica tiene dos fuentes, es decir
industriales y no industriales. La fuente industrial incluye el ruido de diversas industrias y grandes máquinas que trabajan a muy alta velocidad y alta intensidad de ruido. Las fuentes de ruido no industriales incluyen el ruido creado por el transporte/tráfico de vehículos y el ruido del vecindario generado por diversas contaminaciones acústicas también se puede dividir en categorías, a saber, natural y provocada por el hombre.

La mayoría de las principales fuentes de ruido se clasificarán en las siguientes categorías: tráfico rodado, aviones, ferrocarriles, construcción, industria, ruido en edificios y productos de consumo.

1. Ruido del tráfico rodado El ruido de los motores y sistemas de escape de los camiones grandes proporciona la mayor parte del impacto acústico en las carreteras y también supone un peligro potencial para el conductor. Además, el ruido de la interacción de los neumáticos con la carretera lo generan camiones, autobuses y automóviles privados.

En la ciudad, las principales fuentes de ruido del tráfico son los motores y sistemas de escape de automóviles, camiones más pequeños, autobuses y motocicletas. Este tipo de ruido puede verse aumentado por calles estrechas y edificios altos, que producen un “cañón” en el que reverbera el ruido del tráfico.

2. Ruido de los aviones Hoy en día, el problema de los aviones militares que vuelan a baja altura ha añadido una nueva dimensión al malestar de la comunidad, a medida que la nación busca mejorar sus capacidades bélicas de “siesta de la tierra”. Además, en los últimos años, la cuestión de las operaciones de aeronaves sobre parques nacionales, áreas silvestres y otras áreas que antes no se veían afectadas por el ruido de las aeronaves ha acaparado la atención nacional.

3. Ruido de los ferrocarriles El ruido de los motores de las locomotoras, las bocinas y silbatos, y las operaciones de cambio y maniobras en los patios de ferrocarriles pueden afectar a las comunidades vecinas y a los trabajadores ferroviarios. Por ejemplo, los retardadores de vagones de ferrocarril pueden producir un chirrido de alta frecuencia y alto nivel que puede alcanzar niveles máximos de 120 dB a una distancia de 100 pies, lo que se traduce en niveles tan altos como 138 o 140 dB en el oído del trabajador ferroviario.

4. Ruido de la construcción El ruido de la construcción de carreteras, calles de la ciudad y edificios contribuye de manera importante a la escena urbana. Las fuentes de ruido de la construcción incluyen martillos neumáticos, compresores de aire, topadoras, cargadoras, camiones volquete (y sus señales de respaldo) y rompedores de pavimento.

5. Ruido en la industria Aunque el ruido industrial es uno de los problemas de ruido comunitario menos prevalentes, los vecinos de plantas de fabricación ruidosas pueden verse molestados por fuentes como ventiladores, motores y compresores montados en el exterior de los edificios. El ruido interior también puede transmitirse a la comunidad a través de puertas y ventanas abiertas, e incluso a través de las paredes de los edificios. Estas fuentes de ruido interior tienen impactos significativos en los trabajadores industriales, entre los cuales el ruido
Desafortunadamente, la pérdida auditiva inducida es común.

6. Ruido en los edificios A los habitantes de apartamentos a menudo les molesta el ruido en sus casas, especialmente cuando el edificio no está bien diseñado y construido. En este caso, el ruido interno del edificio proveniente de plomería, calderas, generadores, aires acondicionados y ventiladores puede ser audible y molesto. Las paredes y techos mal aislados pueden revelar el sonido de música amplificada, voces, pisadas y actividades ruidosas de las unidades vecinas. El ruido externo de los vehículos de emergencia, el tráfico, la recogida de basura y otros ruidos de la ciudad pueden ser un problema para los residentes urbanos, especialmente cuando las ventanas están abiertas o no tienen suficiente acristalamiento.

7. Ruido procedente de productos de consumo Ciertos equipos domésticos, como las aspiradoras y algunos electrodomésticos de cocina, han sido y siguen siendo ruidosos, aunque su contribución a la dosis diaria de ruido no suele ser muy grande.

IV La contaminación acústica en el contexto especial de los fuegos artificiales.

Los fuegos artificiales se utilizan en todo el mundo para celebrar ocasiones especiales. En la India, los fuegos artificiales explotan en festivales como Dussehra, Diwali y en ocasiones especiales como reuniones sociales, matrimonios, Día de la Independencia, Día de la República, Año Nuevo, etc. En otros países del mundo, los fuegos artificiales generalmente explotan en Año Nuevo. día o en el cumpleaños de sus respectivos países.
Sin embargo, la explosión de petardos supone un peligro para la salud, ya que es responsable tanto de la contaminación del aire como de la contaminación acústica.

El uso de fuegos artificiales ha provocado la contaminación del aire en forma de ruido y humo. Su uso excesivo ha comenzado a ser un peligro público y una violación de sus derechos fundamentales consagrados en la Constitución de la India.

Se ha sostenido en el caso “Om Birangana Religion Society v. State, 100 CWN 617” que la “libertad de expresión garantizada por el artículo 19(1)(a) de la Constitución de la India incluye, por implicación necesaria, libertad de no escuchar y/o permanecer en silencio. Un ciudadano tiene derecho al ocio, derecho a dormir, derecho a no oír y derecho a permanecer en silencio. También tiene derecho a leer y hablar con los demás”. Debido al tremendo sonido y ruido, los ciudadanos no pueden ejercer todos estos derechos fundamentales.

Se ha visto que el ruido de los petardos es un ruido impulsivo y peligroso. La explosión de un petardo cerca del oído puede provocar a veces una pérdida auditiva irrecuperable.

Diwali es el festival más importante de la India. El estallido de petardos durante este período es una práctica muy extendida. El ruido impredecible, intermitente e impulsivo producido por el estallido de galletas a su alrededor, convierte el festival de luces en una cacofonía de ruido. La gente no puede ni siquiera dormir debido a esta excesiva contaminación acústica. Varias personas resultan heridas cada año debido al ruido que producen los petardos.

Los petardos no sólo aumentan el nivel de ruido ambiental sino que también contribuyen significativamente a aumentar la contaminación del aire mediante gases y partículas tóxicas debido a su onda expansiva resultante de una rápida liberación de energía.

Para evaluar la situación de la contaminación acústica causada por los petardos en la época de Diwali, la Junta Central de Control de la Contaminación (CPCB) ha estado monitoreando regularmente el nivel de ruido ambiental durante el festival de Diwali en varios lugares de Delhi desde
1993, para encontrar un mayor nivel de ruido ambiental causado por la quema intensiva de galletas saladas. Como en el pasado, el monitoreo del ruido y la calidad del aire se llevó a cabo en los años 1999, 2000, 2001 y 2002. Los lugares de monitoreo del ruido se seleccionaron para cubrir casi todas las áreas de Delhi.

Un análisis de los informes elaborados en los años 1999, 2000,
2001 y 2002 revela que el nivel de ruido ambiental el día de Diwali superó el límite en casi todos los lugares durante esos años. El nivel de ruido fue mayor durante Diwali-2000 en comparación con los valores registrados durante el festival de Diwali en los años 1999, 2001 y
2002 .

El porcentaje de infracción en L.eq. El nivel de ruido varió de 02 a 49% en el año 2002, 12 a 55% en el año 2001, 11 a 58% en el año 2000 y 22 a 47% en el año 1999 con respecto a los estándares diurnos en todas las áreas. [NB Nivel de presión sonora continua equivalente, Leq es el nivel de ese sonido constante que, durante el mismo intervalo de tiempo, contiene la misma energía (o dosis) total que el sonido fluctuante. El nivel de sonido continuo equivalente ha ganado amplia aceptación como escala para medir la exposición al ruido a largo plazo.] El nivel de ruido ambiental realizado durante los años 1999 a
2002 en el festival Diwali, superó el límite en todos los lugares cada año y el porcentaje de infracción varía de 2% a 58%.

Así, el estudio sí revela que los niveles de ruido que se han medido en todas estas ocasiones han superado las normas prescritas. Este es un motivo de preocupación, ya que se ha discutido que la contaminación acústica tiende a tener efectos adversos en una persona.
Por lo tanto, es necesario tomar medidas inmediatas en esta dirección.

El problema de la contaminación acústica provocada por los petardos no se limita sólo a la India. También se están experimentando problemas similares en otros países. De hecho, en el Reino Unido, en Nottingham se lanzó la campaña “Be Safe Not Sorry” después de que la publicación se inundara de cartas de lectores al periódico diciendo que estaban hartos del ruido, las molestias y la angustia que causan los fuegos artificiales.

V Metodología adoptada en otros países para el control de la contaminación acústica.

Diferentes países del mundo han promulgado diferentes legislaciones para controlar la contaminación acústica. Por ejemplo, en Inglaterra existe una Ley de reducción del ruido de 1960. La sección 2 de esta ley establece que los altavoces no deben utilizarse entre las horas de
9:00 de la noche y 8:00 de la mañana siguiente para cualquier fin y en cualquier otro horario con fines de publicidad y entretenimiento, comercio o negocios. La Ley de Control de la Contaminación de 1974 contiene disposiciones para controlar la contaminación acústica y establece que el ruido, para ser procesable, debe constituir una molestia en el sentido jurídico ordinario. El artículo 62 de la Ley de Control de la Contaminación inglesa de 1974 funciona como un control perfecto del "ruido callejero". Esta disposición ha sido definida como una carretera y cualquier otro camino, acera o plaza o patio que por el momento esté abierto al público. En Japón existe una Ley Básica Anticontaminación, que ayuda a controlar la contaminación, incluida la contaminación acústica.

Algunas de las legislaciones notables pueden mencionarse a título ilustrativo.

Ley de ruido de 1996 - Reino Unido

Esta Ley establece disposiciones sobre el ruido emitido por las viviendas durante la noche; sobre el decomiso y confiscación de equipos utilizados para hacer ruido ilegalmente; y para fines relacionados. Se trata de la denuncia que realiza cualquier persona que se encuentre en una vivienda durante las horas de la noche porque desde otra vivienda se está emitiendo un ruido excesivo. “Horario nocturno” significa el período que comienza a las 11 p.m. y termina a las 7 am. La Ley prevé que el oficial competente avise al infractor si considera que el ruido que se está emitiendo supera los límites permitidos.

En los casos en que el nivel de ruido no disminuya a pesar de la notificación, el funcionario podrá confiscar los equipos que, en su opinión, sean la fuente de dicho ruido.

Ley de ruido y molestias reglamentarias de 1993 Ley que prevé que el ruido en una calle sea una molestia reglamentaria; tomar disposiciones con respecto al funcionamiento de altavoces en una calle; tomar disposiciones con respecto a alarmas audibles contra intrusos; prever que los gastos incurridos por las autoridades locales para reducir o prevenir la recurrencia de una molestia legal sean un cargo en las instalaciones a las que se refieren; y para fines relacionados.

La Ley de Reducción y Contaminación Acústica de los Estados Unidos de 1970 es una legislación importante para regular el control y la reducción del ruido.
En virtud de esta Ley, el organismo de protección del medio ambiente, actuando a través de la oficina de Reducción y Control del Ruido, celebra reuniones públicas en ciudades seleccionadas para recopilar información sobre la contaminación acústica.

Salud y bienestar públicos: - Capítulo 65 - Control de ruido (EE. UU.)

El Congreso declara que es política de los Estados Unidos promover un entorno para todos los estadounidenses libre de ruido que ponga en peligro su salud o bienestar. Con ese fin, el propósito de este capítulo es establecer un medio para la coordinación efectiva de la investigación y las actividades federales en el control del ruido, autorizar el establecimiento de estándares federales de emisión de ruido para productos distribuidos en el comercio y proporcionar información al público respetando las características de emisión y reducción de ruido de dichos productos.

La ley prevé además
1. Identificación de las principales fuentes de ruido
2. Normas de emisión de ruido para productos distribuidos en el comercio
3. Etiquetado
4. Comunidades tranquilas, investigación e información pública.
5. Desarrollo de productos con bajas emisiones sonoras
6. Normas sobre emisiones de ruido de los transportistas Ley de regulación del ruido de Japón.

El objetivo de esta Ley es preservar el medio ambiente y contribuir a la protección de la salud de las personas regulando el ruido generado por el funcionamiento de fábricas y otros tipos de lugares de trabajo, así como por las obras de construcción que afecten a una superficie considerable, y estableciendo límites máximos permisibles. niveles de ruido de los vehículos de motor.

El gobernador de la prefectura designará áreas residenciales concentradas, zonas escolares y hospitalarias, y otras áreas en las que se considere necesario proteger el ambiente de vida de los residentes del ruido, como áreas sujetas a la regulación del ruido producido por fábricas y construcciones específicas. trabajar.

El gobernador de la prefectura, al designar las áreas de conformidad con el párrafo 1 del artículo anterior, establecerá normas reglamentarias para horas y zonas específicas de dichas áreas dentro del alcance de las normas establecidas por el Director General de la Agencia de Medio Ambiente en el grado necesario. de control del ruido en determinadas fábricas durante horas y zonas específicas.

Las personas que instalen instalaciones específicas están obligadas a informar de ello al gobernador de la prefectura en un plazo de 30 días.

El gobernador tiene facultades para ordenar cambios en los gastos de la fábrica cuando no se ajusten a las normas de ruido.

Cualquier parte que planee emprender proyectos de construcción que impliquen trabajos de construcción específicos en áreas designadas deberá presentar un informe al gobernador de la prefectura a más tardar siete (7) días antes del comienzo de dicha construcción.

El gobernador de la prefectura será responsable del control de los niveles de ruido en las zonas designadas.

Para la regulación del ruido causado por anuncios mediante el uso de altavoces y el ruido emitido durante el funcionamiento nocturno de bares y restaurantes, el gobierno local deberá tomar las medidas necesarias para proteger el entorno de vida, incluidas restricciones en los horarios de funcionamiento, de acuerdo con las condiciones físicas locales. y condiciones sociales.

La normativa también establece los niveles de ruido permitidos para las distintas zonas, así como los períodos de tiempo entre los cuales
Se pueden utilizar máquinas emisoras.

Ley de la República Popular China sobre Prevención y Control de la Contaminación por Ruido Ambiental (adoptada el 29 de octubre de 1996)

Esta Ley se promulga con el propósito de prevenir y controlar la contaminación acústica ambiental, proteger y mejorar el medio ambiente, garantizar la salud humana y promover el desarrollo económico y social.

Para efectos de esta Ley, se entiende por “ruido ambiental” el sonido que se emite en el curso de la producción industrial, la construcción, el transporte y las actividades sociales y que perjudica el entorno de vida del vecindario.

El departamento administrativo competente para la protección del medio ambiente dependiente del Consejo de Estado, de conformidad con las normas nacionales de calidad ambiental acústica y las condiciones económicas y tecnológicas del Estado, fijará los límites nacionales para la emisión de ruido ambiental.

Todo proyecto en construcción, renovación o ampliación debe ajustarse a las normas del Estado que regulan la protección del medio ambiente.

El ruido industrial emitido al entorno de vida del vecindario dentro de un área urbana se mantendrá dentro de los límites establecidos por el Estado para la emisión de ruido ambiental dentro de los límites de una empresa industrial.

El ruido de la construcción emitido al entorno habitacional del vecindario dentro de un área urbana se mantendrá dentro de los límites establecidos por el Estado para la emisión de ruido ambiental dentro de los límites de un sitio de construcción.

Está prohibido fabricar, vender o importar automóviles que emitan ruidos más allá de los límites establecidos en materia de niveles de ruido.

Todas las unidades e individuos tienen prohibido el uso de altavoces de tono alto en áreas urbanas donde se concentran estructuras sensibles al ruido.

Cualquier unidad o individuo que sufra los peligros de la contaminación acústica ambiental tendrá derecho a exigir del contaminador la eliminación de los peligros; si se ha causado un daño, será indemnizado conforme a la ley.

“Emisión de ruido” significa la emisión de ruido desde la fuente al entorno de vida del vecindario.
"Estructuras sensibles al ruido" significa estructuras que requieren un entorno silencioso, como hospitales, escuelas, oficinas gubernamentales, instituciones de investigación y edificios residenciales.

“Áreas donde se concentran estructuras sensibles al ruido” significa áreas tales como áreas de tratamiento médico, distritos culturales, educativos y de investigación y áreas donde las oficinas gubernamentales o los edificios residenciales constituyen los edificios principales.

“Por la noche” significa el período comprendido entre las 22:00 horas y las 6:00 horas

Australia En Nueva Gales del Sur (NSW), ninguna autoridad gubernamental tiene la responsabilidad o la capacidad de poder minimizar todas las formas de contaminación acústica. La legislación del Commonwealth excluye al Estado del control del ruido en varias zonas. Entre ellos se incluyen el ruido de los aviones, cuyos límites podrían afectar al comercio, y el establecimiento de normas para las emisiones de ruido de los vehículos nuevos. En áreas donde el Estado tiene poderes para controlar el ruido, la Autoridad de Protección Ambiental (EPA) tiene una responsabilidad general por el ruido ambiental (a diferencia del ruido ocupacional), según la Ley de Control del Ruido de 1975. La Ley se ocupa de la prevención, minimización y reducción. de ruido y vibración y faculta a la EPA, la Autoridad de Vías Navegables, el gobierno local y la policía para estos fines.

La EPA controla el ruido de las instalaciones programadas, aquellas que según la Ley de Control de Ruido requieren tener una licencia y el ruido asociado con el tráfico ferroviario y la construcción o mejora de autopistas y carreteras de peaje. La policía y el consejo local son generalmente responsables de los problemas de ruido del vecindario y tienen autoridad para emitir instrucciones de reducción de ruido para controlar el ruido de las instalaciones y el ruido de las alarmas antirrobo. Los ayuntamientos tienen un papel esencial a la hora de minimizar los efectos del ruido excesivo, especialmente en sus zonas residenciales locales, procedente de fábricas más pequeñas, locales no programados y lugares públicos. La Autoridad de Vías Navegables tiene responsabilidades específicas en relación con el ruido de los buques en aguas navegables.

Según las disposiciones de la Ley de Control de Ruido de 1975 en Nueva Gales del Sur, el sistema ferroviario está clasificado como instalaciones programadas y, como tal, la EPA tiene una función reguladora y busca alcanzar objetivos de ruido para las operaciones ferroviarias en todo el estado para minimizar el impacto en los residentes locales.

La EPA emite licencias para la gestión de locales programados. Al emitir una licencia, la EPA establece límites de ruido iniciales que se pueden alcanzar con la operación de la planta y el equipo actualmente instalados, operados y mantenidos de manera efectiva. Para lograr mayores mejoras en la exposición al ruido de los residentes, se llevan a cabo negociaciones con los locales autorizados que pueden incorporarse en la licencia como Programas de Reducción de la Contaminación (PRP). Actualmente, la EPA está trabajando con la industria para reducir los niveles de ruido de las principales fuentes.

El Reglamento sobre control del ruido (artículos varios) de 1995 se introdujo para cubrir cuestiones de ruido comunitario que no estaban cubiertas por la legislación anterior. Incluye limitaciones a las alarmas antirrobo para locales residenciales y comerciales. Se han realizado cambios en el control nocturno de fuentes comunes de ruido doméstico, como herramientas eléctricas, aires acondicionados, música amplificada y cortadoras de césped. Según el nuevo reglamento, sólo se requiere una advertencia al infractor y la advertencia es válida por 28 días. Si se comete una infracción dentro de este plazo, se podrá imponer una multa sin más advertencias. La advertencia reglamentaria anterior solo estuvo activa durante 12 horas, lo que significaba que no era muy efectiva en caso de infracciones repetitivas típicas de las zonas suburbanas.

El Reglamento de control del ruido (vehículos de motor y accesorios para vehículos de motor) de 1995 controla el ruido de los distintos vehículos de motor. Incluye una disposición para controlar el ruido de una variedad de accesorios que incluyen bocinas, alarmas, unidades de refrigeración y sistemas de sonido. También asigna la responsabilidad de garantizar el cumplimiento de las reparaciones/modificaciones de vehículos a los reparadores de vehículos.

Además de las medidas introducidas para reducir la fuente y la transmisión del ruido, se pueden tomar medidas para aislar los edificios del ruido, reduciendo así la exposición de los ocupantes al ruido.

Ordenanza de Control de Ruido del Condado de Montgomery La Ordenanza de Control de Ruido del Condado de Montgomery permite actividades normales durante el horario regular; sin embargo, intenta eliminar la interferencia del ruido cuando la mayoría de nosotros queremos descansar y relajarnos. También busca controlar los niveles de ruido molestos e insalubres en general. Disposiciones clave de la Ordenanza de control de ruido:
(i) Proporcionar límites de nivel de sonido día/noche.
(ii) Establecer “horas de tranquilidad”.
(iii) Definir sonidos que constituyen perturbaciones acústicas.
(iv) Establecer una “disposición sobre molestias” que prohíba ciertos ruidos en cualquier momento.
Una perturbación acústica, según lo define la ordenanza, es cualquier sonido desagradable, molesto o fuerte; anormal para el tiempo o lugar; y perjudicial para la salud, la comodidad, la propiedad o la realización de negocios. Según la ordenanza, es ilegal crear molestias sonoras en cualquier lugar durante las “horas tranquilas”, incluidas las múltiples
Edificios familiares y casas adosadas. La “disposición sobre molestias” prohíbe algunas molestias por ruido en cualquier lugar y en cualquier momento.

La Ordenanza de Control de Ruido del Condado de Montgomery promueve la paz y la tranquilidad para todos al cubrir una amplia variedad de situaciones residenciales y comerciales. La Ordenanza no cubre el ruido de aviones, ferrocarriles o vehículos de motor en las vías públicas, ya que los gobiernos federal y estatal reemplazan las regulaciones locales. También están exentas las operaciones de emergencia de los servicios públicos.

Entre otras disposiciones, la Ordenanza de Control de Ruido del Condado de Montgomery declara ilegal:
(i) Operar, o permitir que se opere, una radio, televisión u otro dispositivo electrónico que produzca sonido en propiedad pública o privada si el sonido excede los 55 decibeles en la línea de propiedad receptora.
(ii) Crear una perturbación acústica durante las “horas tranquilas” en una zona residencial o estructura multifamiliar.
(iii) Operar cualquier equipo que exceda los límites de nivel de sonido de la línea de propiedad receptora.
(iv) Permitir que un animal o ave genere una molestia sonora en cualquier momento.
(vi) Cargar o descargar material durante las “horas tranquilas”.
(vi) Crear una perturbación de ruido a través de los límites de la propiedad durante las “horas tranquilas” al operar equipos eléctricos montados en un vehículo de motor; por ejemplo, camiones frigoríficos o aspiradoras comerciales.
(vii) Permitir que el ruido de la construcción exceda los 75 decibeles, con concesiones para niveles más altos de decibelios bajo un “Plan de Supresión de Ruido” aprobado.
VI Leyes estatutarias en la India No es que la Legislatura y el Ejecutivo de la India sean completamente inconscientes de la amenaza de la contaminación acústica. El Ejecutivo ha promulgado leyes y elaborado reglamentos para llevar a cabo los fines de la legislación. El verdadero problema es la implementación de las leyes. Lo que se necesita es voluntad de implementar las leyes. Sería útil tener un breve resumen de algunas de las leyes que ya están disponibles en el Libro de Estatutos.
El tratamiento del problema de la contaminación acústica puede abordarse en el marco de la Ley Penal y del Derecho Civil. El derecho civil se puede dividir en dos títulos (i) El derecho de daños (ii) El derecho civil general. Los casos relacionados con el ruido no han llegado a los tribunales en gran cantidad. La razón detrás de esto es que muchas personas en la India no consideran el ruido como un tipo de contaminación y no son muy conscientes de las malas consecuencias de la contaminación acústica. El nivel de contaminación acústica es relativo y depende de una persona y de un lugar en particular. La ley no se ocupa de una persona súper sensible, pero el estándar es el de un ser humano promedio y racional en la sociedad.

Normas (regulación y control) de la contaminación acústica de 2000 Para frenar el creciente problema de la contaminación acústica, el Gobierno de la India promulgó las Normas (regulación y control) de la contaminación acústica de 2000. Antes de la promulgación de estas normas, la contaminación acústica era no ser abordado específicamente por una ley en particular.

“Considerando que los crecientes niveles de ruido ambiental en lugares públicos provenientes de diversas fuentes, entre otras, la actividad industrial, la actividad de construcción, los grupos electrógenos, los altavoces, los sistemas de megafonía, los sistemas de música, las bocinas de los vehículos y otros dispositivos mecánicos, tienen efectos nocivos para la salud humana y el bienestar psicológico de las personas; se considera necesario regular y controlar las fuentes productoras y generadoras de ruido con el objetivo de mantener el estándar de calidad del aire ambiente en materia de ruido;”

Las principales disposiciones de las normas sobre ruido son las siguientes:

1. El Gobierno del Estado podrá clasificar las áreas en áreas/zonas industriales, comerciales, residenciales o de silencio con el fin de implementar estándares de ruido para diferentes áreas.

2. Los estándares de calidad del aire ambiente con respecto al ruido para diferentes áreas/zonas se especifican en el Anexo al Reglamento.

3. El Gobierno del Estado tomará medidas para reducir el ruido, incluido el ruido que emana de los movimientos de vehículos, y garantizará que los niveles de ruido existentes no excedan los estándares de calidad del aire ambiente especificados en estas reglas.

4. Un área que comprenda no menos de 100 metros alrededor de hospitales, instituciones educativas y tribunales podrá ser declarada área/zona de silencio a los efectos de estas reglas.

5. No se utilizará un altavoz o un sistema de megafonía excepto después de obtener el permiso por escrito de la autoridad y no se utilizará por la noche, es decir, entre las 22:00 y las 22:00 horas.
6.00 am

6. La persona que infrinja las disposiciones relativas al ruido máximo permitido en una zona determinada podrá ser sancionada por ello según lo dispuesto en estas normas y en cualquier otra ley vigente.

Código Penal de la India La contaminación acústica puede contemplarse en los artículos 268, 290 y 291 del Código Penal de la India como molestia pública. Según el artículo 268 de este Código, se menciona que ``Es culpable de alteración del orden público quien realice cualquier acto o sea culpable de una omisión ilegal que cause cualquier daño, peligro o molestia común al público o a las personas en general que habitan u ocupar bienes en las proximidades, o que necesariamente deban causar lesión, obstrucción, peligro o molestia a las personas que tengan ocasión de hacer uso de cualquier derecho público.

Una molestia común no se excusa por el hecho de que cause alguna conveniencia o ventaja. Los artículos 290 y 291 del Código Penal de la India tratan del castigo por molestias públicas.

Código de Procedimiento Penal En virtud del artículo 133 del Código de Procedimiento Penal de 1973, el magistrado tiene la facultad de dictar una orden condicional exigiendo a la persona que causa molestias que las elimine.

Ley de fábricas de 1948.

La Ley de Fábricas no contiene ninguna disposición específica para el control del ruido. Sin embargo, según el Tercer Anexo, Secciones 89 y
El artículo 90 de la ley menciona la "pérdida de audición inducida por el ruido" como enfermedad de declaración obligatoria. Según el artículo 89 de la ley, todo médico que detecte cualquier enfermedad de declaración obligatoria, incluido el ruido,
pérdida de audición inducida, en un trabajador, tiene que comunicar el caso al Inspector Jefe de Fábricas, junto con toda la demás información pertinente. No hacerlo es un delito punible.

De manera similar, en virtud de las Reglas Modelo, se han prescrito límites de exposición al ruido para el área de la zona de trabajo.

La Ley de Vehículos Motorizados de 1988 y las normas formuladas en virtud de ella, las Normas 119 y 120 de las Normas Centrales de Vehículos Motorizados de 1989, se ocupan de la reducción del ruido.

Regla 119. Bocinas (1) A partir del vencimiento de un año contado a partir de la fecha de inicio de la Central de Vehículos Automotores (Modificación)
Normas de 1999, todos los vehículos de motor, incluidos los vehículos para equipos de construcción y los tractores agrícolas fabricados, deberán estar equipados con una bocina eléctrica u otros dispositivos que cumplan con los requisitos de IS: 1884-1992, especificados por la Oficina de Normas de la India para uso del conductor del vehículo y capaz de dar un aviso audible y suficiente de la aproximación o posición del vehículo:
Siempre que a partir del 1 de enero de 2003, la instalación de la bocina se realice según las especificaciones AIS-014, según puedan modificarse periódicamente, hasta el momento en que se notifiquen las especificaciones correspondientes de la Oficina de Normas de la India.
(2) Ningún vehículo de motor estará equipado con una bocina de múltiples tonos que produzca una sucesión de notas diferentes o con cualquier otro dispositivo productor de sonido que produzca un ruido excesivamente áspero, estridente, fuerte o alarmante.

Regla 120. Silenciadores (1) Todo vehículo de motor, incluido el tractor agrícola, deberá estar provisto de un dispositivo (en adelante denominado silenciador).
que, por medio de una cámara de expansión o de otro modo, reduce en la medida de lo posible el ruido que de otro modo se produciría por el escape de los medidores de escape del motor.

(2) ¿Estándares de ruido? Todo vehículo de motor deberá construirse y mantenerse de manera que cumpla con las normas de ruido especificadas en la Parte E del Anexo VI del Medio Ambiente (Protección).
Normas de 1986, cuando se prueban según IS: 3028-1998, con sus modificaciones periódicas.

Ley de Daños La tranquilidad y la ausencia de ruidos son indispensables para el disfrute pleno y libre de una vivienda. Ningún propietario tiene un derecho absoluto a crear ruidos en su propia tierra, porque cualquier derecho que otorga la ley está condicionado por la condición de que no debe ejercerse en perjuicio de sus vecinos o del público. El ruido creará una molestia procesable sólo si interfiere materialmente con el confort ordinario de la vida, juzgado por nociones ordinarias, simples y simples, y teniendo en cuenta la localidad; la cuestión es de grado en cada caso.

Ley del Aire (Prevención y Control de la Contaminación) de 1981. El ruido se incluyó en la definición de contaminante del aire en la Ley del Aire (Prevención y Control de la Contaminación) de 1987. Así, las disposiciones de la Ley del Aire pasaron a ser aplicables con respecto a la contaminación acústica. , también.

Ley (de protección) del medio ambiente de 1986.
Aunque no existe una disposición específica para abordar la contaminación acústica, la Ley confiere poderes al Gobierno de la India para tomar medidas para abordar diversos tipos de contaminación, incluida la contaminación acústica.

Fuegos artificiales La Ley de Explosivos de 1884 regula la fabricación, posesión, uso, venta, transporte, importación y exportación de explosivos. Los petardos se rigen por el presente Estatuto. La Regla 87 de la Regla de Explosivos de 1983 prohíbe la fabricación de cualquier explosivo en cualquier lugar, excepto en fábricas o locales autorizados según las Reglas.

En la India no existe ninguna ley independiente que regule la fabricación, posesión, uso, venta, fabricación y transacciones de petardos. Todo esto está regulado por la Ley de Explosivos de 1884.
El ruido producido por estos fuegos artificiales está regulado por la Ley de Protección Ambiental de 1986 y las Normas (regulación y control) de la contaminación acústica de 2000.

VII OPINIÓN JUDICIAL EN LA INDIA En Kirori Mal Bishambar Dayal v. The State AIR 1958 Punjab 11, el acusado/peticionario fue declarado culpable y sentenciado en virtud del artículo 290 del Código Penal indio de 1860 y se le impuso una multa de Rs. 50 por causar ruido y emitir humo y vibraciones por el funcionamiento de maquinaria pesada en zona residencial. Las órdenes del tribunal de primera instancia fueron confirmadas por el magistrado de distrito en apelación. El Tribunal Superior de Punjab y Haryana también confirmó la decisión de los tribunales inferiores y desestimó la petición de revisión. En el caso de Bhuban Ram & Ors. contra Bibhuti Bhushan Biswas AIR 1919 Calcuta 539, se sostuvo que el funcionamiento nocturno de una máquina descascaradora de arroz provoca molestias por el ruido y se consideró que el ocupante podía ser castigado en virtud del artículo 290 del IPC. En Ivour Heyden contra el Estado de Andhra Pradesh 1984 Cri LJ (NOC) 16, el Tribunal Superior de Andhra Pradesh excusó el acto de poner la radio a todo volumen alegando que era un acto trivial. Una lectura cuidadosa de la Sección 95 del IPC muestra que sólo se excusa el daño que no se espera que sea reclamado por una persona de temperamento y sentido común.

En Rabin Mukherjee contra el Estado de Bengala Occidental AIR 1985 Cal. 222 el tribunal prohibió el uso de bocinas de aire para evitar la contaminación acústica. El Tribunal observó:
“Se ha descubierto que la atmósfera y el medio ambiente están muy contaminados por el ruido indiscriminado emitido desde diferentes lugares y las investigaciones han demostrado que las personas que se alojan cerca del aeropuerto son víctimas de diversas dolencias. Estas personas incluso se convierten en víctimas de enfermedades mentales. En dichas investigaciones también se descubrió que los trabajadores de varias fábricas incluso se vuelven sordos y tienen problemas de audición. Además, en dichas investigaciones se descubrió que, como resultado de esta excesiva contaminación acústica, las personas sufren pérdida de apetito, depresión, inquietud mental e insomnio.
La gente también sufre quejas de presión arterial excesiva y problemas cardíacos. No es necesario entrar en la cuestión del efecto directo de dicha contaminación acústica debido al uso indiscriminado e ilegal de tales bocinas eléctricas y de aire, ya que se admite que son perjudiciales para la salud y, entre las diferentes causas de la contaminación ambiental, el sonido La contaminación es motivo de grave preocupación”.

En el caso People United for Better Living in Calcutta v. State of West Bengal (AIR 1993 Cal. 215), el Tribunal Superior de Calcuta observó:
“En un país en desarrollo tendrá que haber desarrollo, pero ese desarrollo tendrá que estar en la mayor armonía posible con el medio ambiente, ya que de lo contrario habría desarrollo pero no medio ambiente, lo que resultaría en una devastación total, aunque, sin embargo, puede no ser así. sentir en el presente sino en algún momento futuro, pero entonces sería demasiado tarde para controlar y mejorar el medio ambiente. De hecho, debería haber un equilibrio adecuado entre la protección del medio ambiente y el proceso de desarrollo. La sociedad tendrá que prosperar, pero no a costa del medio ambiente y, de manera similar, el medio ambiente tendrá que ser protegido pero no a costa del desarrollo de la sociedad y, como tal, se debe encontrar un equilibrio administrativo y las acciones deben proceder en consecuencia”.

En el caso Asociación de Comerciantes de Fuegos Artificiales de Burrabazar v.
Comisionado de policía, Calcuta, AIR 1998 Cal. 121 se ha sostenido “Art. 19 (1) (g) de la Constitución de la India no garantiza el derecho fundamental a realizar negocios o negocios que generen contaminación o que quiten a las comunidades seguridad, salud y paz. Un ciudadano o un pueblo no pueden convertirse en oyentes cautivos para escuchar los tremendos sonidos causados por los ruidosos fuegos artificiales. Puede resultar placentero para una o dos personas que lo explotan, pero otros tienen que ser oyentes cautivos cuyos derechos fundamentales están garantizados por el artículo
19(10(a) y otras disposiciones de la Constitución se eliminan, suspenden y pierden sentido. Según el artículo 19(1)(a), leído en relación con el artículo 21 de la Constitución de la India, los ciudadanos tienen derecho a una vida digna. medio ambiente y tienen derecho a vivir en paz, derecho a dormir por la noche y derecho al ocio, todos ellos necesarios en virtud del artículo 21 de la Constitución.”(Nota principal)

En Appa Rao, MS v. Govt. de TN, (1995) 1 LW 319 (Mad), el Tribunal Superior de Madrás, tomando nota del grave peligro para la salud y la alteración del orden público y la tranquilidad causados por la contaminación acústica incontrolada que prevalece en el estado, emitió una orden de mandamus para dirigir El Gobierno del Estado impondrá condiciones estrictas para la expedición de licencias para el uso de amplificadores y altavoces y ordenará al Director General de Policía (Ley y Orden) que imponga una prohibición total del uso de altavoces y amplificadores tipo bocina y bocinas de aire en los automóviles.

En PA Jacob contra el Superintendente de Policía, AIR (1993)
En Kerala 1, se dijo: “El derecho a la expresión implica el derecho al silencio. Implica libertad, no escuchar y no ser obligado a escuchar. El derecho comprende la libertad de estar libre de aquello de lo que uno desea estar libre. La libertad de expresión no debe tratarse como una promesa hecha a todas las personas con opiniones y creencias de reunirse en cualquier lugar y en cualquier momento y expresar sus puntos de vista de cualquier manera. El derecho está subordinado a la paz y el orden. Una persona puede negarse a leer una publicación o apagar una radio o un televisor. Pero no puede evitar que le llegue el sonido de un altavoz. Podría verse obligado a oír lo que no desea oír. Eso sería una invasión de su derecho a que lo dejen en paz, a escuchar lo que quiere escuchar, o a no escuchar, lo que no desea escuchar. Uno puede utilizar su mente o su oído para su propio uso, pero no para el de otro.
Nadie tiene derecho a traspasar la mente o el oído de otro y cometer agresión auricular o visual. Un altavoz es un dispositivo mecánico y no contiene mente ni proceso de pensamiento. El reconocimiento del derecho de palabra o expresión es un reconocimiento otorgado a una facultad humana. Un derecho pertenece a la personalidad humana y no a un dispositivo mecánico. Uno puede dar usos razonables a sus facultades.
Pero no puede darles el uso que quiera a sus máquinas. No puede utilizar sus máquinas para herir a otros. La intervención con una máquina no es intervención ni invasión de una facultad o derecho humano. Ningún dispositivo mecánico puede convertirse en una facultad humana. No se puede conceder a un ordenador o a un robot el derecho previsto en el art. 19 (aunque pueden ser útiles al hombre para expresar sus facultades). No más, un altavoz. El uso de un altavoz podrá ser accesorio al ejercicio del derecho. Pero su uso no es una cuestión de derecho, ni parte del derecho”.

En la Célula de Asistencia Legal Gratuita, Shri Sugan Chand Aggarwal alias Bhagatji v. Govt. de NCT de Delhi y otros, AIR (2001) Delhi
455, se dijo que “siendo la contaminación ilícita del medio ambiente que causa daños materiales a los derechos de un individuo, el ruido bien puede considerarse un contaminante porque contamina el medio ambiente, causa molestias y afecta la salud de una persona y, por lo tanto, , ofender el art. 21, si excede de un límite razonable”.

La Corte Suprema en Iglesia de Dios (Evangelio Completo) en India contra KKR Majestic Colony Welfare Assn., (2000) 7 SCC
282 sostuvo que el Tribunal puede emitir instrucciones con respecto al control de la contaminación acústica incluso si dicho ruido fuera un resultado directo de actividades religiosas y estuviera relacionado con ellas. Además se celebró: -

“Sin lugar a dudas, ninguna religión prescribe que las oraciones deben realizarse perturbando la paz de los demás ni predica que deban realizarse a través de amplificadores de voz o tambores. En nuestra opinión, en una sociedad civilizada, en nombre de la religión, no se pueden permitir actividades que molesten a las personas mayores o enfermas, a los estudiantes o a los niños que duermen en las primeras horas de la mañana o durante el día, ni a otras personas que realizan otras actividades. No hay que olvidar que los bebés del barrio también tienen derecho a disfrutar de su derecho natural a dormir en un ambiente tranquilo. Un estudiante que se prepara para su examen tiene derecho a concentrarse en sus estudios sin que esto suponga ninguna molestia innecesaria por parte de los vecinos. Del mismo modo, los ancianos y los enfermos tienen derecho a disfrutar de una tranquilidad razonable durante sus horas de ocio sin que haya ninguna molestia de contaminación acústica. Se considera que los ancianos, los enfermos, las personas que padecen trastornos psíquicos y los niños de hasta 6 años son muy sensibles (sic sensibles) al ruido. También es necesario que se respeten sus derechos.

“En virtud de la Ley (de protección) del medio ambiente de 1986, se establecen normas para los niveles de contaminación acústica que prescriben límites permisibles de ruido en zonas residenciales, comerciales, industriales o zonas de silencio. La cuestión es si se puede permitir que el recurrente viole dichas disposiciones y aumente la contaminación acústica. En nuestra opinión, reclamar ese derecho en sí mismo sería injustificable. Hoy en día, el problema de la contaminación acústica se ha vuelto más grave con la creciente tendencia hacia la industrialización, la urbanización y la modernización y está teniendo muchos efectos nocivos, incluido el peligro para la salud. Puede causar interrupción del sueño, afectar la comunicación, pérdida de eficiencia, pérdida de audición o sordera, presión arterial alta, depresión, irritabilidad, fatiga, problemas gastrointestinales, alergia, distracción, estrés mental y molestia, etc. Esto también afecta a los animales por igual. La magnitud del daño depende de la duración y la intensidad del ruido. A veces conduce a graves problemas de orden público. Además, en una sociedad organizada, los derechos están relacionados con los deberes hacia los demás, incluidos los vecinos...

..debido a la urbanización o la industrialización, la contaminación acústica puede en alguna zona de una ciudad/pueblo exceder los límites permisibles prescritos bajo las Reglas, pero eso no sería motivo para permitir que otros aumenten la misma mediante el golpe de tambores o mediante el uso. de amplificadores de voz, altavoces u otros instrumentos musicales y, por lo tanto, normas que prescriben restricciones razonables, incluidas las Normas para el uso de altavoces y amplificadores de voz formuladas en virtud de la Ley sobre molestias en la ciudad de Madras de 1889 y también las Normas (regulación y control) de la contaminación acústica , 2000 deben aplicarse”.

En Charan Lal Sahu contra la Unión de la India (AIR 1990 SC 1480)
la Corte Suprema reiteró la necesidad de crear tribunales separados y afirmó la necesidad de nombrar un cuerpo de expertos para asesorar al Gobierno en cuestiones ambientales.

En MC Mehta v. Union of India (2004) 1 SCC 571, este Tribunal enfatizó la necesidad de crear conciencia ambiental entre los estudiantes a través de la educación.

Nos hemos referido a algunas sentencias disponibles, no a todas.
Baste observar que la opinión judicial india ha sido uniforme al reconocer el derecho a vivir libre de contaminación acústica como un derecho fundamental protegido por el artículo 21 de la Constitución y la contaminación acústica más allá de los límites permisibles como un avance en ese derecho. Estamos de acuerdo y hacemos constar nuestra aprobación del punto de vista adoptado y de la opinión expresada por los distintos Tribunales Superiores en las decisiones mencionadas anteriormente.

VIII Órdenes provisionales Durante el transcurso de la audiencia de este caso, la Corte dictó varias órdenes provisionales teniendo en cuenta la importancia de la cuestión.

Merece especial mención el auto provisional de 27/09/2001, que disponía lo siguiente:

“(1) El Gobierno de la Unión, los Territorios de la Unión y todos los Gobiernos estatales deberán tomar medidas para cumplir estrictamente con la Notificación No. GSR 682 (E) del 5 de octubre de 1999 mediante la cual las Reglas (de protección) del medio ambiente de 1986 enmarcadas en el Se modificó la Ley (de protección) del medio ambiente de 1986. En particular, deberán respetar el artículo 89 modificado de dicho Reglamento, que dice lo siguiente:

“89. Normas de ruido para incendios.
petardos A.(i) La fabricación, venta o uso de petardos que generen un nivel de ruido superior a 125 dB(AI) o 145 dB( C)pk en
Se prohibirá una distancia de 4 metros desde el punto de explosión.

ii) Para los petardos individuales que constituyen la serie (petardos unidos), el límite antes mencionado se reducirá en 5 log 10(N) dB, donde N = número de petardos unidos”.

(2) No se permitirá el uso de fuegos artificiales o petardos excepto entre
6:00 am y 22:00 pm No se permitirán fuegos artificiales ni petardos entre
22.00 y 6.00 horas

(3) No se utilizarán petardos en ningún momento en las zonas de silencio, tal como se definen en SO
1046(E) emitido el 22.11.2000 por el Ministerio de Medio Ambiente y Bosques. En dicha Zona de Silencio de Notificaciones se ha definido como:
“Zona de Silencio es un área que comprende no menos de 100 metros alrededor de hospitales, instituciones educativas, juzgados, lugares religiosos o cualquier otra zona que sea declarada como tal por la autoridad competente.”

(4) Los Centros Estatales de Recursos Educativos en todos los estados y territorios de la Unión, así como la administración/directores de las escuelas en todos los estados y territorios de la Unión, tomarán medidas apropiadas para educar a los estudiantes sobre los efectos nocivos de la contaminación del aire y el ruido y evaluar las direcciones (1) a (3) anteriores”.

También se ordenó que estas direcciones provisionales recibieran amplia publicidad tanto en los medios electrónicos como impresos. Se dijo que Doordarshan y otros canales de televisión darán publicidad a estas instrucciones, al menos una vez al día durante el horario de máxima audiencia, durante la quincena anterior a Dussehra y Diwali. Se pidió al Ministerio de Información y Radiodifusión que difundiera estas instrucciones al público en general mediante anuncios apropiados publicados en los periódicos. Se pidió a All India Radio que transmitiera estas instrucciones en horario de máxima audiencia en FM y otras frecuencias para información del público en general.

Debido a la imposición de restricciones a la explosión de petardos, se presentaron ante el Tribunal varias solicitudes provisionales. El Tribunal en su orden provisional de 10 de septiembre de 2003 declaró:

“A través de las AI presentadas ante este Tribunal, las siguientes dos sugerencias merecen atención.

En primer lugar, se afirma que determinadas fiestas y celebraciones locales van acompañadas habitualmente del estallido de petardos, que en ocasiones se produce a horas que no están permitidas en virtud del auto de este Tribunal de fecha
27.9.2001. En segundo lugar, se señala que la industria de los fuegos artificiales puede enfrentarse a graves dificultades, incluso a un cierre parcial, a causa de las instrucciones dadas por este Tribunal.

Tenemos serias dudas sobre si las consideraciones antes mencionadas pueden obstaculizar el cumplimiento de los derechos fundamentales garantizados por la Constitución para los ciudadanos y el pueblo de la India a vivir en paz y comodidad, en una atmósfera libre de contaminación de cualquier tipo, como la causado por ruido y gases viciados/venenosos. Sin embargo, sin expresar ninguna opinión final sobre las alegaciones presentadas, permitimos a las partes adversamente afectadas la libertad de hacer representaciones ante sus respectivos gobiernos estatales y los gobiernos estatales pueden, a su vez, si están satisfechos con la autenticidad de la representación realizada, invitar la atención del Gobierno. de la India, a las sugerencias hechas”.

Nos complace observar que la renuencia inicial a acatar las instrucciones provisionales dadas por este Tribunal, como lo demostraron las solicitudes interlocutorias posteriores, pronto dio paso al cumplimiento.
En general, se cumplieron las instrucciones provisionales dictadas por el Tribunal. La policía y la administración civil permanecieron alerta durante el Festival de Diwali para garantizar que se cumplieran las instrucciones del Tribunal. Las Asociaciones de Bienestar de Residentes y los escolares dieron una respuesta muy alentadora que desistieron voluntariamente de hacer estallar petardos en horas prohibidas de la noche y también de hacer estallar aquellos que producen un alto nivel de ruido.

IX Dificultad en la implementación de una metodología de control de la contaminación acústica en la India.

La India ha pasado por la etapa de ser caracterizada como un país en desarrollo y está lista para entrar y situarse en la línea de los países desarrollados. Sin embargo, la cuestión de la contaminación acústica en la India no se ha abordado con la seriedad que debería haber sido. En primer lugar, como hemos dicho anteriormente, hay una falta de voluntad por parte del Ejecutivo para implementar las leyes. Esto ha contribuido a la falta de infraestructura esencial para lograr el cumplimiento de las leyes. En segundo lugar, falta la necesaria concienciación por parte de los ciudadanos. Los efectos nocivos de la contaminación acústica no son bien conocidos por la gente y no son inmediatamente perceptibles. La gente generalmente acepta la contaminación acústica como parte de la vida, una consecuencia necesaria del progreso y la prosperidad.

Los problemas que se enfrentan en el control de la contaminación acústica son:-
1. Los Estatutos y las Normas que se enmarcan en ellos no son lo suficientemente completos como para abordar todos los problemas y cuestiones relacionados con la contaminación acústica. Esta impresión nuestra se reafirma al realizar una lectura comparativa de la legislación de la India con la de otros países del mundo a los que nos hemos referido brevemente anteriormente en esta sentencia.

2. Las autoridades responsables de implementar las leyes aún no están completamente identificadas. Los que han sido designados no parecen estar especializados en la tarea de regular la contaminación acústica. Falta el personal necesario técnicamente calificado para actuar con eficacia. Lo que se necesita es una combinación de personal técnicamente calificado y administrativamente competente con el deseo y la dedicación necesarios para la implementación de las leyes.

3. Faltan aparatos y equipos adecuados y otras infraestructuras, como laboratorios para medir los niveles de ruido. Debido a la escasez de instrumentos necesarios para medir el sonido, los policías que están en el trabajo generalmente terminan midiendo el sonido con sus propios oídos y no con el uso de instrumentos técnicos.

X Petardos.

En particular, en el contexto de los petardos, surgen varias preguntas para las que habrá que encontrar respuestas. ¿Cuál debería ser el nivel sonoro máximo permitido para los petardos? ¿Cuál debería ser el método para comprobar si un petardo determinado debe emitir un sonido que esté dentro de los límites permisibles? ¿A qué autoridad corresponderá la responsabilidad de garantizar la aplicación efectiva de estos niveles de ruido? ¿Cuál debería ser el plazo durante el cual debería permitirse el estallido de petardos? ¿Deberían flexibilizarse los horarios fijados para la explosión de petardos durante las fiestas? ¿Deberían modificarse las Normas (de protección) medioambientales de 1986 de tal manera que los petardos fabricados para la exportación en otros países queden exentos de las normas indias sobre ruido?

¿Cuál es el nivel sonoro máximo que debería permitirse para los petardos?

Actualmente, el nivel sonoro máximo permitido para petardos según la norma de ruido lo establece el artículo 89, Sch.
I, Tabla 1.5 de las Normas (Protección) del Medio Ambiente, 1986:
“89. Norma sobre ruido para petardos A. (i) La fabricación, venta o uso de petardos
galletas que generan un nivel de ruido superior a 125 dB(AI) o 145 dB(C)pk en
Se prohibirá una distancia de 4 metros desde el punto de explosión.

(ii) Para los petardos individuales que constituyen la serie (pirotecnia unida
crackers), el límite mencionado anteriormente se reducirá en 5 log 10 (N)dB, donde N=
Número de galletas unidas”.

El docto animus curiae había presentado el 17 de septiembre de 2001 ciertas sugerencias para la emisión de instrucciones para su consideración por el Tribunal. En él sugería que el nivel máximo de ruido de los petardos podría fijarse en 65 dB(A).

Se alega que el límite de emisión de ruido prescrito en el Reglamento es demasiado liberal y peca por exceso. Se sugiere que los fabricantes de petardos o quienes se ocupan de ellos garanticen que sólo se produzcan y comercialicen petardos que no emitan un ruido superior a 65 dB(A).

El Gobierno de la India no había aceptado la sugerencia anterior del erudito Amicus. El gobierno respondió con las siguientes palabras.

“El nivel sonoro de 65 dB(A) para los petardos es un nivel demasiado bajo para prescribirlo. Los niveles de ruido prescritos en GSR 682 (E) del 5 de octubre de 1999 han sido elaborados por un comité técnico y deben cumplirse”.

La industria de los bomberos también presentó una solicitud al Ministro de Medio Ambiente y Bosques de la Unión en una reunión celebrada en Nueva Delhi el 15/04/2004, justificando el aumento propuesto en los estándares de ruido prescritos para los petardos de 125 dB(AI) a 135 db(AI) y de 145 dB(c)pk a 155(C)pk.

En un artículo sobre el ruido de los petardos, un peligro: una revisión de sus estándares, realizado por el Dr. SP Singhal, publicado en MAPAN, Revista de la Sociedad de Metrología de la India, vol. 17, núm. 3, 2002; Págs. 101-117, Dr.
Singhal ha declarado:

“El Reino Unido y muchos otros países de la Comisión Económica Europea (CEE) han adoptado un límite de exposición de 140 dB (lin) de nivel máximo de presión sonora para ruido impulsivo o de crack para una exposición máxima de
100 impulsos por día.

El Comité Europeo de Normalización CEN/TC/212 WG3 también está trabajando para establecer normas sobre fuegos artificiales.
Algunos países han deseado que el límite se establezca en 112 dB (AI) y varios otros han querido que se establezca en 125 dB (AI) o incluso en 126-127 dB (AI) a la distancia de prueba, con la presión sonora máxima El nivel debe ser 20 dB superior a estos límites. Ha fijado un nivel de ruido de 120 dB(AI) medido a la distancia de prueba ad hoc para los fuegos artificiales de categoría 2.

Canadá ha adoptado el criterio de riesgo de daños de
Nivel máximo de presión sonora de 140 dBA a una distancia de 5 m del punto de explosión del cracker. Es aplicable a todas las categorías de fuegos artificiales a menos que se especifique lo contrario”.

Teniendo en cuenta todas estas observaciones, parece que las actuales normas sobre ruido prescritas en la India por el Gobierno de la India son correctas y no es necesario modificarlas en este momento. Sin embargo, si el Gobierno considera que es necesario aumentar o reducir este nivel de sonido en una fecha posterior, es libre de hacerlo.

¿Se debe probar un petardo en función de su nivel sonoro o de su composición química para comprobar si cumple las normas prescritas?

Para una implementación efectiva del programa de prevención de la contaminación acústica, es esencial que se diseñe un método cuya aplicación no sea problemática. Una regla debe diseñarse de tal manera que sea posible para todos los interesados implementarla y, por lo tanto, nadie la viole debido a algún tipo de imposibilidad sobrevenida. Casi todas las partes interesadas han expresado su descontento por el actual sistema de control del nivel de ruido de los petardos. La falta de infraestructura debido a los dispositivos de medición del ruido, el alto costo de dichos dispositivos, los bajos niveles de ruido prescritos, las tarifas elevadas para analizar las muestras y el largo tiempo que tardan los laboratorios de pruebas son algunas de las dificultades que se han citado en la aplicación de la estándares de ruido.

El Departamento de Explosivos ha presentado dos declaraciones juradas ante el Tribunal, la primera el 1 de abril de 2003 y la segunda el 16 de febrero de 2004, además de una declaración jurada conjunta presentada por el Ministerio de Medio Ambiente y Bosques en nombre de la Unión de la India el
29.8.2003.

En las declaraciones juradas antes mencionadas, la posición adoptada por el Departamento de Explosivos ante la Corte es:
(i) que “la norma sobre el ruido de los petardos prescrita en las Normas (de protección) del medio ambiente de 1986 requiere instrumentos costosos, una amplia infraestructura y experiencia especial en los campos de la ciencia acústica”. (párrafo 8 de la declaración jurada de 1 de abril de 2003)

(ii) que “el Departamento no está preparado en términos de mano de obra, equipos e infraestructura para la implementación de la norma que se basa en la medición del nivel de ruido” (párrafo 9 de la Declaración jurada de fecha 1 de abril de 2003)

(iii) que “el Departamento de Explosivos opina que el nivel de ruido de los petardos puede controlarse eficientemente especificando el tamaño, la forma, la composición y la cantidad de productos químicos en los fuegos artificiales, que son los factores principales que determinan el nivel de ruido que implica mucho trabajo de I+D. El tamaño máximo permitido de los petardos y el peso máximo posible de los productos químicos para cada variedad se mencionarían en la lista de explosivos autorizados adjunta al Reglamento de Explosivos como consecuencia de la modificación del Reglamento de Explosivos.” (párrafo 15 de la Declaración jurada de fecha 1 de abril de 2003 .)

(iv) que “el departamento ya está publicando una Lista de Explosivos autorizada, que se actualiza periódicamente a medida que el Departamento aprueba nuevos artículos de explosivos. Las especificaciones de las variedades aprobadas se prescriben en dicha Lista Autorizada, en términos de tamaño permitido, composición permitida de productos químicos, masa de carga y otras propiedades físicas y químicas similares.
Los artículos que no figuran en la lista autorizada no pueden fabricarse, almacenarse, transportarse ni venderse según diversas disposiciones de las Reglas de Explosivos. Cualquiera que proponga fabricar una nueva variedad de fuegos artificiales deberá solicitarlo al Controlador Jefe de Explosivos de Nagpur junto con dibujos detallados, muestras y la tarifa prescrita para las pruebas y aprobación. Las normas sobre el ruido de los petardos se pueden implementar de manera efectiva a través de la Lista Autorizada en cuatro fases:

(i) El nivel de sonido permisible de 125 dB(AI) notificado conforme a las Reglas se toma como guía para su implementación por parte del Departamento de Explosivos.

(ii) Para lograr esto, el Departamento puede experimentar con varios tamaños, productos químicos y composiciones para diseñar el conjunto óptimo de factores para cada variedad, para dar como resultado el nivel de ruido deseado.

(iii) Este conjunto de factores o parámetros para cada variedad de petardos se notificará luego conforme a la Lista autorizada de explosivos según las Reglas de Explosivos de 1983.

(iv) Cualquier violación de la Lista autorizada que exceda el tamaño permitido, el contenido químico permitido y la composición química dará lugar a acciones legales.”(párrafo 16 de la declaración jurada de fecha 1 de abril de 2003).

En la Declaración Jurada presentada el 16.2.2004, el Contralor Jefe de Explosivos declaró:-
(1) Que dado que la función del Departamento de Explosivos es principalmente la administración y aplicación de las Reglas de Explosivos de 1983 y el estatus del Departamento es de naturaleza estatutaria, el Departamento de Explosivos ya se había ocupado del asunto y había asesorado a los fabricantes de fuegos artificiales de los países en desarrollo. y producir fuegos artificiales respetuosos con el medio ambiente, además de abogar por la promoción, venta y uso de fuegos artificiales y petardos que cumplan únicamente las normas de ruido prescritas en las Normas (de protección) medioambientales de 1986 y sus modificaciones.

(2) Que no es práctico para el Gobierno de la India fijar normas sobre la composición química y el tamaño de los petardos. Es deber y responsabilidad del fabricante controlar el tamaño y la composición de los petardos para cumplir con los límites de ruido prescritos en las Normas (de protección) del medio ambiente de 1986.

(3) Que no es práctico debido a la escasez de infraestructura disponible en el Departamento de Explosivos. La licencia para la fabricación de petardos se ajustará a la Ley de Explosivos de 1884.
La facultad del magistrado de distrito para expedir licencias se mantendrá según lo dispuesto en el Reglamento.

(4) Que el asunto ahora está abierto y los fabricantes tienen la libertad de fabricar, desarrollar, promover y vender solo aquellos fuegos artificiales que cumplan con los límites de ruido prescritos en las Normas (de protección) del medio ambiente.
1986 y Reglas de Explosivos, 1983.

(5) Que el Departamento de Explosivos ya había obligado a los fabricantes de fuegos artificiales a mencionar los niveles de ruido en unidades de decibeles en los petardos.
Los fabricantes también deben declarar en el embalaje de las cajas que los niveles de ruido se ajustan a las normas prescritas en el Reglamento (de protección) del medio ambiente de 1986. El Departamento ya había incluido los límites de ruido prescritos para los petardos como condiciones adicionales de las licencias emitidas en virtud de las Reglas de Explosivos de 1983. Las autoridades facultadas para hacer cumplir las Reglas de Explosivos de 1983 han sido claramente definidas en dichas Reglas.

Conveniencia de fijar la composición química de los petardos El experto Amicus Curiae ha sugerido que el Gobierno de la India debería fijar las composiciones químicas permitidas para los petardos. Presentó ___ “Para controlar los niveles de ruido de los petardos, se consideró que, aparte de que los petardos indiquen en su etiqueta el alcance de su nivel de emisión de ruido, podría ser apropiado que el Gobierno fijara normas sobre la composición química y el tamaño de los petardos. petardos para cumplir con las normas de emisión de ruido notificadas”.

También en el Reino Unido, el método para determinar el nivel de ruido de un petardo es fijando su contenido químico. El British Standard Institute ha desarrollado los fuegos artificiales estándar británicos, parte 2.
Especificación para fuegos artificiales (BS 7114: Parte 2) de 1988, que prescribe la cantidad máxima permitida de productos químicos en un fuego artificial en particular. Las normas prescriben las diversas especificaciones que deben cumplir los fuegos artificiales para poder fabricarlos o utilizarlos en el Reino Unido.

Durante el transcurso de la audiencia, se hicieron presentaciones in extenso sobre los méritos y deméritos comparativos de los dos sistemas, a saber (i) medir el nivel de ruido de los petardos en decibelios y garantizar así la implementación de las normas a este respecto, y (ii)
asegurar la implementación de las reglas restringiendo y prescribiendo el tamaño del contenido químico, la composición química, etc.
de petardos. La Asociación de Fabricantes de Fuegos Artificiales y Amorces de Tamil Nadu ha incluido en el expediente una declaración tabulada de dicha comparación.

En pocas palabras, se señala que si se permite que los petardos se fabriquen en la forma en que se están haciendo ahora y se deja que el nivel de ruido se mida en el momento de la explosión de los petardos, surgirían varias dificultades en la implementación. frustrando la regulación. Para medir el nivel sonoro de los petardos se necesitan instrumentos y aparatos muy caros.
Un sonómetro con las capacidades requeridas puede costar alrededor de 3 rupias lacas o más. Factores como la velocidad del viento, la temperatura y la humedad influyen en la medición del nivel de ruido. También será necesario instalar en el campo de pruebas los dispositivos para controlar estos factores. Se requeriría que se apostaran personas técnicamente capacitadas en cada punto de medición. Probar el nivel sonoro de los petardos en el momento de estallar significaría que ya han llegado al mercado. Las personas que serían arrastradas serían minoristas o usuarios incautos y sería difícil responsabilizar a los fabricantes o distribuidores. También surgirían dificultades de prueba ante los tribunales. El nivel de ruido de un petardo no es estable. Un mismo petardo puede tener un nivel de ruido diferente en el momento de su fabricación y en el momento de su uso debido a los cambios climáticos que naturalmente se producirían por el transcurso del tiempo y el cambio de lugar. Si el nivel de ruido se probara en la fábrica, el petardo ya estaría fabricado. También habría otras dificultades, ya que la autorización de comercialización dependería de que los petardos cumplieran la prueba realizada y en ese momento los petardos ya hubieran sido fabricados y sólo tendrían que ser destruidos si no superaban la prueba. Aparte de eso, las manufacturas están repartidas por todo el país. Algunas de ellas son industrias de pequeña escala. Habrá que establecer muchas estaciones de prueba o, de lo contrario, se exigirá a los fabricantes que acudan a estaciones de prueba centralizadas que transporten petardos no probados. Ambas parecen ser situaciones difíciles.

Por otra parte, prescribir el peso y la composición de los productos químicos que se utilizarán en la fabricación de petardos significaría que se llevarían a cabo experimentos o pruebas analíticas en cualquier estación seguidas de la publicación de los resultados y las normas establecidas.
Los controles experimentales bastarían para satisfacer a las autoridades, si los fabricantes siguieran las normas establecidas en cuanto al tamaño de los petardos, el peso y la composición percentil de los productos químicos utilizados. Este sistema permitiría identificar petardos ilegales con comparativamente más facilidad. El tamaño y la masa de la carga son dos factores básicos que determinan el nivel de ruido de un petardo. Al restringir estos dos factores principales, se logra un nivel de ruido más eficaz. Aunque otros factores, como las condiciones climáticas, pueden afectar en cierta medida el nivel de ruido, este sistema nos parece más fiable y lógico, al menos en lo que respecta a los materiales que tenemos a nuestra disposición.

Si comparamos los dos sistemas, es decir, el actual sistema de evaluación de los petardos en función de sus niveles de ruido, y el otro en el que los petardos se evaluarán en función de su composición química, consideramos que un cambio en el método de evaluación de la Los petardos seguramente serán más beneficiosos. Reducirá los gastos que, de otro modo, habría que realizar en instrumentos costosos necesarios para medir el sonido. Los petardos deberán ser fácilmente identificables en función de su masa de carga, y el peso de las sustancias químicas contenidas en los petardos también podrá medirse fácilmente. No será necesario demasiado personal técnicamente cualificado para medir el sonido, ya que lo que se necesitaría sería simplemente pesar los componentes químicos. También conseguirá en gran medida acabar con los fuegos artificiales ilegales, que se venden en tamaños más grandes, ya que ahora serán más fácilmente identificables. En resumen, la aplicación de las normas relativas a los petardos será más sencilla y la autoridad de aplicación podrá llevarla a cabo con mayor facilidad.

Teniendo en cuenta todas estas consideraciones y las diversas alegaciones presentadas ante este Tribunal, opinamos que un método como el propuesto por el docto Amicus Curiae, de fijar la composición química máxima para todos y cada uno de los petardos, teniendo en cuenta el límite de 125 dB( AI) como límite máximo permitido. Cada fabricante debe mencionar también en la caja de cada petardo los detalles de su contenido químico. En caso de que el fabricante no mencione estos detalles o en los casos en que el contenido de la caja no coincida con las fórmulas químicas indicadas en su caja, el fabricante será responsable de un proceso penal.

En aras del interés público, el Departamento de Explosivos debería emprender las actividades de investigación necesarias para tal fin y elaborar las fórmulas químicas para cada petardo. Al momento de otorgar la licencia para fabricar un petardo en particular, el Departamento deberá especificar la proporción y el peso máximo permitido de cada producto químico utilizado para ese propósito.

Respuesta durante la audiencia La conciencia cívica hacia la prevención de la contaminación acústica en la India no es tan alta como se esperaba. Es lamentable ver que las personas se dedican a hacer ruido más allá de los límites tolerables y crean riesgos para la salud sin tener en cuenta las consecuencias que probablemente recaerán no sólo sobre los demás sino también sobre ellos mismos que crean el ruido. La promulgación de leyes no ha logrado crear la conciencia necesaria.
El mejor momento para crear conciencia es en la infancia. A medio-
La educación a nivel escolar y en la adolescencia los niños deben recibir educación en las escuelas y también en los hogares por parte de los padres___ ¿Cuáles son las consecuencias de la contaminación acústica y cuánto peligro para la salud genera el estallido de los petardos?

Es necesario crear en las mentes desde una edad más temprana una conciencia sobre la protección del medio ambiente de todo tipo de contaminantes y actividades destructivas. Es necesario idear cursos de estudio adecuados mediante la preparación de libros de texto que se transmitirán a los jóvenes en su edad de formación y mientras aún están en las escuelas.

Nos complace observar la forma en que el pueblo del país y especialmente la generación más joven ha respondido a la orden provisional dictada de vez en cuando por este Tribunal. Nos llegaron informes de noticias en los que se decía que ciertas escuelas habían organizado conferencias especiales para los niños señalando los efectos adversos de la contaminación acústica creada por los petardos justo antes de que las escuelas cerraran por el festival de Diwali. Los niños decidieron no hacer estallar petardos durante el Festival de Diwali. Algunos se ofrecieron como voluntarios y prometieron hacer estallar los petardos que no crearan un ruido intolerable y limitar su diversión y retozo sólo a las horas del día y no hacerlo durante las horas de la noche. Una respuesta de este tipo por parte de los niños y niñas que son nuestro futuro y de las instituciones educativas sobre las que recae la responsabilidad de dar forma al futuro de este país es muy bienvenida.

Es necesario abordar ciertas cuestiones incidentales y asociadas, y así lo haremos de ahora en adelante.

Fijación del tiempo límite para la explosión de petardos ___ ¿Es deseable la relajación en los festivales?

El docto Amicus Curiae, en sus sugerencias presentadas el 17 de septiembre de 2001, había sugerido que “se debería prohibir la explosión de galletas durante la noche, entre las 22.00 y las 22.00 horas”.
06.00 horas”. El Tribunal había acordado y ordenado, vide Auto de fecha
27.9.2001 ___ “No se permitirá el uso de fuegos artificiales ni petardos excepto entre las 6:00 a. m. y las 22:00 p. m. No se utilizarán fuegos artificiales ni petardos entre las 22:00 p. m. y las 6:00 a. m. El Gobierno de la India también ha expresado su opinión de que debería haber no se flexibilizará el plazo para hacer estallar los petardos.
Relajación de las restricciones a la rotura de galletas saladas de 22.00 a 22.00 horas.
No se darán las 6:00 am por ser de noche. Durante la noche la gente duerme y el alto nivel de ruido tiene efectos nocivos para la salud y el bienestar de la gente”.

Se han presentado varias demandas interlocutorias ante este Tribunal, en las que se alegaba que la restricción al estallido de petardos por la noche debería eliminarse durante el Festival de Diwali. Se exigió una relajación similar para otros festivales.
Estas solicitudes resaltaron prácticas prevalentes en algunos de los países occidentales donde se permite dicha relajación. No creemos que esté justificado conceder tal flexibilización.
La sociedad india es pluralista. La gente de este gran país pertenece a diferentes castas y comunidades, cree en diferentes religiones y costumbres y celebra diferentes festivales. Somos tolerantes unos con otros. Hay unidad en la diversidad. Si se permite la relajación a uno, no habrá justificación para no permitir la relajación a otros y si lo hacemos, la relajación se convertirá en la regla. Será difícil hacer cumplir la restricción.

El Tribunal Superior de Calcuta, en el caso Moulana Mufti Syed Md. Noorur Rehman Barkati contra el Estado de Bengala Occidental AIR (1999) Calcuta 15, expresó la siguiente opinión:

“La condición de los países europeos, Inglaterra y Estados Unidos no puede equipararse con la condición que prevalece en el estado de Bengala Occidental, particularmente en la ciudad de Calcuta. Bengala Occidental tiene su propio problema peculiar y este Tribunal no puede decidir un asunto mirando a Europa o América donde las comodidades y las instalaciones son mejores. La densidad de población es muy escasa. Las carreteras se mantienen en perfecto orden.
El ruido del tráfico es insignificante. El uso de bocinas por parte de los vehículos está prohibido allí, excepto en caso de emergencia. La gente es disciplinada. El tráfico se mueve de manera disciplinada. No hay cuernos ahí. El nivel de ruido ambiental en esos países no está a la par con el nivel de ruido en la ciudad de Calcuta y/o en diferentes partes del estado de Bengala Occidental.

Por consiguiente, cualquier decisión que adopten los países europeos o los Estados Unidos no puede tener ninguna relación directa con la fijación del nivel sonoro en el Estado de Bengala Occidental. En otros países civilizados los coches se mueven sin hacer ningún ruido ni sonido. El estado de las carreteras es tal que no puede generar ningún ruido más allá de lo tolerable. La gente de esos países no tiene la costumbre de crear sonidos innecesarios, pero en nuestro país, gracias al don de la tecnología, el sonido se ha convertido en una fuente de placer para pocas personas, incluidos algunos jóvenes. El uso innecesario de bocinas en los vehículos se ha convertido en parte integrante de la cultura india”.

La imagen de todo el país comparada con la del estado de Bengala Occidental no presenta ninguna diferencia sustancial. Por lo tanto, una norma, práctica o disposición relativa a la flexibilización en Europa o América puede no sernos de mucha ayuda. No tienen muchos festivales o celebraciones durante todo el año. Sus festivales y eventos son sólo a nivel nacional y para todos, a diferencia de los nuestros. Además, en los países europeos o incluso en América, un porcentaje insignificante de la población se da el gusto de reventar galletas saladas. Muy pocas familias, principalmente indias, en estos países celebran la fiesta de Diwali y revientan galletas saladas. Por tanto, la contaminación acústica producida por este pequeño uso de petardos no es motivo de preocupación en estos países.

La situación en la India es casi la contraria. Las calles están congestionadas y la densidad de población por kilómetro cuadrado es una de las más altas del mundo. En casi todas las casas se explotan petardos, lo que provoca una contaminación en forma de ruido y humo, ambos a gran escala, lo que es motivo de preocupación.

Es un hecho judicialmente notable que en los países avanzados existe una tendencia a la celebración colectiva de festivales. Por ejemplo, en Estados Unidos, el Primero de Mayo, se organiza un espectáculo de fuegos artificiales fuera de la ciudad. La gente se reúne en gran número para presenciar este espectáculo organizado oficialmente por el Estado. Un ejemplo así puede emularse en nuestro país. Se podrá alentar a las personas pertenecientes al sector de la sociedad que desee celebrar un festival o una ocasión a organizar dicho evento colectivamente y podrán realizar un espectáculo de fuegos artificiales fuera de la localidad residencial. Esta medida salvaría a la gente de los efectos peligrosos de la contaminación acústica causada por los fuegos artificiales y al mismo tiempo uniría a la gente y contribuiría a desarrollar la cercanía, la unidad y la hermandad.

En nuestra opinión, la restricción total de la explosión de petardos entre las 22.00 y las 6.00 horas debe continuar sin ninguna relajación a favor de nadie.

¿Es tal restricción una violación del artículo 25 de la Constitución?

La declaración jurada presentada por el Sr. Mariappan, secretario de la Asociación de Fabricantes de Fuegos Artificiales y Amorces de Tamil Nadu, alega que la restricción de la explosión de petardos equivale a una infracción de los derechos religiosos previstos en el artículo 25. Dice ___
“Por lo tanto, la interferencia con la fecha y hora de celebración de las festividades equivale a una infracción de los derechos religiosos según el artículo 25 y la limitación prevista en el artículo 21 no causa ningún peligro para la salud”.

Al restringir el tiempo de estallido de los petardos, el Tribunal no ha violado en modo alguno los derechos religiosos de ninguna persona consagrados en el artículo 25 de la Constitución. El festival de Diwali se asocia principalmente con la pooja realizada en el día auspicioso y no con los petardos. En ningún libro de texto religioso está escrito que Diwali deba celebrarse haciendo estallar galletas. Diwali se considera una fiesta de luces, no de ruidos. No se puede buscar refugio en nombre de la religión, para hacer estallar petardos y eso también a horas intempestivas.

Otro argumento que se ha esgrimido para eliminar la restricción durante las fiestas es que son celebradas por la mayoría de la gente y que una molestia para unos pocos no debería convertirse en motivo para restringir a una gran cantidad de personas.

En PA Jacob v. Superintendente de Policía, Kottayam, AIR 1993 Kerala 1, se dijo: “Por muy amplio que sea un derecho, no puede ser tan amplio como para destruir derechos similares o de otro tipo en otros.
Jefferson dijo: Nadie tiene el derecho natural de cometer una agresión contra los derechos iguales de otro. JS Mill dijo: Si toda la humanidad menos uno tuviera una misma opinión, y si sólo una persona tuviera la opinión contraria, la humanidad no estaría más justificada para silenciar a esa persona que él, si tuviera el poder, para silenciarla. humanidad."

Si la gente considera necesario hacer estallar petardos, pueden elegir y optar por petardos que, al explotar, emiten colores o luces principalmente y producen muy poco o ningún sonido. Se puede permitir su uso. El Departamento de Explosivos puede, mientras elabora fórmulas para los petardos, también clasificar los petardos en dos categorías que podrían ser: (i) petardos que emiten sonido y (b) petardos que emiten colores/luz. Algunos ejemplos de galletas que emiten colores son tabletas de serpientes, bengalas, lápices, cazadores, chakri, cohetes de colores, macetas, paracaídas, etc.
Los petardos de categoría (b) no podrán tener restricción en cuanto a horarios.
Sin embargo, se necesitaría un examen y una opinión de expertos si las galletas que emiten colores también emiten humos y gases que, aunque no son una fuente de contaminación acústica, causarían una contaminación del aire igualmente mala.
Hasta que el Departamento de Explosivos haga dicha clasificación, habrá una prohibición total de hacer estallar petardos entre las 10 p.m. y las 6 a.m.

¿Se puede establecer una excepción para los petardos destinados exclusivamente a la exportación?

¿Deberían modificarse las Normas (de protección) medioambientales de 1986 de tal manera que los petardos fabricados para su exportación y uso en otros países queden exentos de las normas indias sobre ruido?

El Sr. Mariappan, secretario de la Asociación de Fabricantes de Fuegos Artificiales y Amorces de Tamil Nadu, tenía en su declaración jurada fechada
El 8 de febrero de 2002, solicitó al Tribunal que eliminara la restricción a la fabricación de fuegos artificiales destinados únicamente a la exportación y que excedan los niveles de sonido prescritos para los fuegos artificiales dentro del país. Se afirma que “las normas indias sobre el ruido de los petardos no tienen ninguna relevancia para los petardos destinados a la exportación. Pero la orden del Honorable Tribunal Supremo prohíbe la fabricación de petardos que generen un nivel de ruido superior a 125 dB(AI) o 145 dB(C)pk a una distancia de 4 metros desde el punto de explosión. Existe una restricción total a la fabricación de fuegos artificiales y petardos, sin que se haga ninguna discriminación entre los petardos que se fabrican para su uso en la India y los que se utilizan en países extranjeros. Al globalizarse el comercio, los petardos indios tienen necesariamente que cumplir con normas extranjeras si quieren entrar en los mercados internacionales. El Departamento de Explosivos ya cuenta con diversas disposiciones establecidas en virtud de la Ley de Explosivos de 1884 y el Reglamento de Explosivos de 1983, que rigen la exportación de fuegos artificiales. La aprobación previa del Departamento de Explosivos es imprescindible para toda exportación de fuegos artificiales. Por lo tanto, debería modificarse la posición integral ahora impuesta sobre los petardos, eximiendo a los petardos que se fabrican para su uso en países extranjeros, del ámbito de Medio Ambiente (Protección).
Ley de 1986 y su Reglamento.”

Sobre la petición antes mencionada, el Tribunal solicitó la opinión del Departamento de Explosivos. El Departamento ha expresado la opinión de que los petardos que se van a vender en países extranjeros pueden quedar excluidos del ámbito de las normas sobre ruido siempre que se ajusten a las normas de fabricación de los productos para la exportación. También presentaron ___ “Los petardos fabricados y vendidos con fines de exportación pueden quedar excluidos del ámbito de aplicación de las normas sobre ruido de los petardos siempre que sigan las normas para la fabricación de bienes para la exportación. Esto permitirá a los fabricantes competir en el mercado mundial con otros proveedores de petardos. Los petardos fabricados para la exportación tendrán un código de color diferente y una impresión clara que indique que no se venderán en la India”.

Nos inclinamos a estar de acuerdo con la opinión del Departamento de Explosivos. Los petardos destinados a la exportación podrán fabricarse y soportar niveles de ruido más elevados con sujeción a las siguientes condiciones: i) Se debería permitir al fabricante hacerlo sólo cuando tenga consigo una orden de exportación y no de otro modo; ii) Los niveles de ruido de estos petardos deben ajustarse a las normas de ruido prescritas en el país al que se pretende exportar según la orden de exportación; iii) Estos petardos deberían tener un color de embalaje diferente al de los que se pretenden vender en la India; (iv) Los petardos deben tener una impresión clara que indique que no deben venderse en la India. En caso de que se descubra que estos petardos se venden en territorio indio, el fabricante y el comerciante que vende estos productos deben ser considerados responsables.

Cómo comprobar/controlar la contaminación acústica Merece reconocimiento la necesidad de controlar la contaminación acústica, tal como destacan los peticionarios y varios intervinientes.

Aún es necesario hacer hincapié en la necesidad de una legislación específica para controlar y prevenir la contaminación acústica. Sin duda, se han promulgado algunas leyes. Sin embargo, en comparación con la legislación de los países desarrollados, la India todavía está rezagada en la promulgación de legislaciones científicas y adecuadas. Necesitamos una legislación sencilla pero específica y detallada que aborde varios aspectos relacionados con la contaminación acústica y prevea medidas de control de la misma.

Existe la misma necesidad de desarrollar mecanismos e infraestructuras para hacer cumplir las leyes vigentes. Quienes tienen encomendada la tarea de hacer cumplir las leyes destinadas a controlar la contaminación acústica, deben estar capacitados para adquirir experiencia en la lucha contra la contaminación acústica mediante la adopción de medidas tanto preventivas como disuasorias. Deben estar equipados con los equipos necesarios, como medidores de audio, que les ayudarán a detectar el nivel de contaminación acústica, especialmente cuando cruza los límites permisibles y su fuente.

Sobre todo, es necesario crear una conciencia general sobre los efectos peligrosos de la contaminación acústica. En particular, en nuestro país la gente generalmente no es consciente de los efectos nocivos que genera la contaminación acústica y de cómo la sociedad, incluidos ellos mismos, se beneficia al prevenir la generación y emisión de contaminación acústica. El ámbito objetivo deberían ser las instituciones educativas y, en particular, las escuelas. Se debe motivar a los niños pequeños en edad impresionable para que dejen de jugar con petardos, utilizar equipos e instrumentos que produzcan mucho sonido en festivales, funciones religiosas y sociales, reuniones familiares.
reuniones y celebraciones, etc. que provocan contaminación acústica.
Se pueden añadir capítulos adecuados a los libros de texto que enseñen sentido cívico a los niños y les enseñen cómo ser ciudadanos buenos y responsables, lo que incluiría aprender de memoria varios deberes fundamentales y, obviamente, aprender a no crear contaminación acústica y a prevenir si es generado por otros.
Se pueden organizar charlas y conferencias especiales en las escuelas para resaltar la amenaza de la contaminación acústica y el papel de los niños en su prevención. Para estos fines el Estado debe desempeñar su papel mediante el apoyo y la cooperación de organizaciones no gubernamentales (ONG).

Es necesario crear una conciencia similar en la policía y en la administración civil mediante una campaña especial para hacerles comprender las diversas medidas para frenar los problemas y las leyes en la materia. Asociaciones de bienestar para residentes (RAW), clubes de servicio (como Rotary International y Lions International)
y las sociedades que participan en la prevención de la contaminación acústica como parte de sus proyectos deben ser animadas e involucradas activamente por la administración local. Los festivales y ceremonias en los que habitualmente estallan fuegos artificiales y petardos pueden ir acompañados de la designación de un lugar y un momento en el que todas las personas puedan reunirse y presenciar o ver un espectáculo de fuegos artificiales, prescindiendo de la necesidad de estallar petardos en las zonas residenciales y también lo que se hace sin tener en cuenta los tiempos. Se puede alentar a los fabricantes a que fabriquen fuegos artificiales que muestren más colores en lugar de hacer ruido.

No sólo hay que regular el uso de altavoces y la ejecución de sistemas amplificadores de alta fidelidad, sino también la ejecución de instrumentos de alto sonido como tambores, timbales, trompetas, cornetas y similares, que generan ruido más allá de los límites tolerables.
Los organismos encargados de hacer cumplir la ley deben estar equipados con los instrumentos e instalaciones necesarios, de los cuales los sonómetros que cumplan con el código de la Oficina de Normas Indias (BIS) son una necesidad absoluta.

Las medidas preventivas deben dirigirse más eficazmente a la fuente. A modo de ejemplo, no se debe permitir que se fabriquen ni vendan en el mercado las bocinas que, si estuvieran instaladas en los automóviles, producirían un sonido de halcón más allá de los límites permisibles, ya que una vez que estén disponibles es probable que se utilicen.

Los altavoces y amplificadores u otros equipos o aparatos que produzcan ruido ofensivo una vez que se detecte que violan la ley, deberían ser susceptibles de ser incautados y confiscados mediante disposiciones legales al respecto.

Prohibir la venta de petardos que generan contaminación acústica al producir ruidos más allá de los límites permitidos es prácticamente ingobernable. Sin duda, una mejor opción es prescribir el contenido químico y la composición de cada tipo de petardos para frenar eficazmente la contaminación acústica. El Contralor Jefe de Explosivos también se ha mostrado dispuesto a tomar medidas a este respecto, pero ha señalado dificultades atribuibles a la escasez de personal y no
disponibilidad de instalaciones de laboratorio y equipos necesarios para este fin.

Nos apresuramos a agregar que durante el curso del procedimiento las partes en general estuvieron de acuerdo en solicitar instrucciones en el sentido indicado anteriormente. No debería haber ninguna dificultad para emitir instrucciones y garantizar el cumplimiento en la medida indicada anteriormente. Dondequiera que haya dificultades hay que resolverlas en aras del interés público general.

INSTRUCCIONES Por la presente se indica lo siguiente: -

I. Petardos
1. Tras una comparación de los dos sistemas, es decir, el sistema actual de evaluación de los petardos sobre la base de los niveles de ruido, y el otro en el que los petardos se evaluarán sobre la base de su composición química, consideramos que el último método es más práctico y viable en las circunstancias indias. Se seguirá a menos y hasta que sea reemplazado por un sistema mejor.

2. El Departamento de Explosivos (DOE) emprenderá las actividades de investigación necesarias para este fin y elaborará las fórmulas químicas para cada tipo, categoría o clase de petardos. El DOE especificará la proporción/composición así como el peso máximo permitido de cada producto químico utilizado en la fabricación de petardos.

3. El Departamento de Explosivos puede dividir los petardos en dos categorías: (i) petardos que emiten sonido, y (ii)
Petardos que emiten luz/color.

4. Quedará totalmente prohibida la explosión de petardos que emitan sonido y entre las 22.00 horas y las 6.00 horas. No es necesario imponer restricciones en cuanto al tiempo de explosión de los petardos que emiten luz o colores.

5. Cada fabricante deberá mencionar en la caja de cada petardo los detalles de su contenido químico y que cumple con los requisitos establecidos por el DOE. En caso de que el fabricante no mencione los detalles o en los casos en que el contenido de la caja no coincida con las fórmulas químicas indicadas en la caja, el fabricante podrá ser considerado responsable.

6. Los petardos destinados a la exportación podrán fabricarse con niveles de ruido más elevados, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: i) Se debería permitir al fabricante hacerlo únicamente cuando tenga consigo una orden de exportación y no de otro modo; ii) El ruido los niveles de estos petardos deben ajustarse a las normas de ruido prescritas en el país al que se pretende exportar según la orden de exportación; iii) Estos petardos deberían tener un color de embalaje diferente al de los que se pretenden vender en la India; (v)
Deben llevar impresa una declaración como "no para la venta en la India" o "sólo para exportación al país AB", etc.

II. Altavoces
1. El nivel de ruido en el límite del lugar público, donde se utilicen altavoces, megafonía o cualquier otra fuente de ruido, no excederá los 10 dB(A) por encima de los estándares de ruido ambiental de la zona o los 75 dB(A)
el que sea más bajo.

2. Nadie tocará un tambor o tam-tam ni tocará una trompeta ni tocará ni hará sonar ningún instrumento ni utilizará ningún amplificador de sonido por la noche (entre las 22.00 horas y las 6.00 horas), excepto en casos de emergencia pública.

3. El nivel de ruido periférico del sistema de sonido de propiedad privada no excederá en más de 5 dB(A) el estándar de calidad del aire ambiente especificado para el área en la que se utiliza, en el límite del lugar privado.

III. Ruido vehicular No se debe permitir el uso de bocina por la noche (entre las 10 p. m. y las 6 a. m.) en áreas residenciales, excepto en circunstancias excepcionales.

IV. Conciencia
1. Es necesario crear una conciencia general sobre los efectos peligrosos de la contaminación acústica. Se pueden añadir capítulos adecuados en los libros de texto que enseñen el sentido cívico a los niños y jóvenes en el nivel inicial/temprano de la educación.
Se organizarán charlas y conferencias especiales en las escuelas para resaltar la amenaza de la contaminación acústica y el papel de los niños y las generaciones más jóvenes en su prevención. Se debe capacitar a la policía y a la administración civil para que comprendan los distintos métodos para frenar el problema y también las leyes al respecto.

2. El Estado debe desempeñar un papel activo en este proceso.
La administración local debe alentar e involucrar activamente a las asociaciones de bienestar de residentes, los clubes de servicios y las sociedades que participan en la prevención de la contaminación acústica como parte de sus proyectos.

3. Es necesario llevar a cabo campañas especiales de sensibilización del público en previsión de festivales, eventos y ceremonias en las que es probable que se utilicen petardos.

Las directrices antes mencionadas se emiten en ejercicio de las facultades conferidas a este Tribunal en virtud de los artículos 141 y 142 de la Constitución de la India. Estos permanecerían vigentes hasta que sean modificados por este Tribunal o reemplazados por una legislación apropiada.

V Generalmente
1. Los Estados tomarán disposiciones para el embargo y el decomiso de los altavoces, amplificadores y otros equipos que generen ruido más allá de los límites permisibles.

2. Norma 3 de la Contaminación Acústica (Regulación y Control)
Las normas de 2000 prevén la especificación de normas de calidad del aire ambiente con respecto al ruido para diferentes áreas/zonas, la categorización de las áreas con el fin de implementar las normas de ruido y la autorización a las autoridades para hacer cumplir y alcanzar las normas establecidas. El Gobierno Central/Gobiernos Estatales tomarán medidas para establecer dichas normas y notificar a las autoridades cuando aún no se haya hecho.

Sin embargo, los asuntos se cierran de conformidad con las instrucciones emitidas anteriormente en interés público, habrá libertad de buscar instrucciones adicionales cuando sea necesario y, en particular, en caso de que surja cualquier dificultad en la implementación de las instrucciones.

El CWP, la CA y todas las AI pendientes se tratarán como eliminados.

Antes de despedirnos, nos gustaría dejar constancia de nuestro profundo agradecimiento por la valiosa asistencia brindada por Shri Jitendra Sharma, Defensor Principal, asistido por Shri Sandeep Narain, Defensor (y anteriormente por el fallecido Shri Pankaj Kalra, Defensor).

quien destacó varios aspectos relevantes de las cuestiones que tenemos ante nosotros y también ayudó a formular las directrices emitidas anteriormente.